Yolanda Díaz este martes en el Senado.

Yolanda Díaz este martes en el Senado. Efe

Sociedad

Es oficial: los españoles que estén cobrando una prestación por desempleo están exentos de presentar la Renta este 2026

El Gobierno cambió de opinión a finales de 2025 y, finalmente, sólo tendrán que hacer la declaración aquellos parados que superen el umbral de ingresos.

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Las claves

Las personas que reciban una prestación por desempleo estarán exentas de presentar la declaración de la Renta en 2026, salvo excepciones indicadas por la Agencia Tributaria.

El Gobierno rectificó una normativa de 2024 que obligaba a los desempleados con prestación a presentar la declaración para mantener el subsidio.

Solo deberán presentar la Renta los parados que superen los 22.000 euros brutos con un pagador o 15.876 euros con dos pagadores en 2025.

En España hay 2,44 millones de personas en paro, cifra que ha disminuido pero sigue siendo alta en comparación con otros países europeos.

El próximo 8 de abril se abre el plazo para que millones de españoles presenten la declaración de la Renta y comprueben si el IRPF del ejercicio de 2025 les sale a pagar o a devolver.

Los contribuyentes que ya saben que no van a tener que realizar el trámite son las personas sin trabajo que reciben una prestación por desempleo. Estas son aquellas que están dadas de alta en el SEPE y que han cotizado el tiempo suficiente para acceder a una prestación que los ampare durante su búsqueda de un nuevo empleo.

Así lo confirma el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que en una publicación en su cuenta de X (antes Twitter) ha recordado que "si estás recibiendo una prestación o un subsidio por desempleo, no tienes la obligación de presentar la declaración del IRPF, excepto si la Agencia Tributaria te considera una persona obligada a ello".

El Gobierno rectificó

Históricamente, los parados sólo tenían que presentar la declaración del IRPF cuando superaban el umbral máximo en función de si tenían uno o dos pagadores. El Gobierno, en un decreto aprobado en 2024, optó por hacer obligatoria la declaración para todos los desempleados con prestación que quisieran mantener su subsidio.

El objetivo era aumentar el control fiscal de todos los contribuyentes, incluidos aquellos que carecían de un empleo. Sin embargo, a finales de 2025, el Ejecutivo dio marcha atrás y liberó al colectivo de enfrentarse al examen fiscal más importante del año.

Por lo tanto, teniendo en cuenta que la Renta computa el ejercicio fiscal anterior, para este 2026 sólo tendrán que presentarla los parados que con un pagador hayan ganado 22.000 euros brutos (algo altamente improbable) o que con dos pagadores hayan percibido un total de 15.876 euros brutos en 2025.

En España hay un total de 2,44 millones de personas en paro, una cifra que se ha ido reduciendo paulatinamente en los últimos años pero que sigue siendo una de las más altas de Europa, en especial entre los jóvenes.

Desde el 8 de abril hasta el 30 de junio los contribuyentes españoles podrán presentar el borrador de la declaración de la Renta ante la Agencia Tributaria. El proceso se puede realizar vía online, por teléfono o de forma presencial con cita previa.

En 2024, campaña correspondiente al ejercicio de 2023, se registró un total de 24 millones de declaraciones, aproximadamente la mitad de la población del país.