Montaje de Emilio Baena con el interior de una sede de la Agencia Tributaria (Europa Press).

Montaje de Emilio Baena con el interior de una sede de la Agencia Tributaria (Europa Press).

Sociedad

Emilio Baena, extrabajador de Hacienda, advierte a los contribuyentes: “Multa de hasta 20.000€ en la Renta”

Te contamos de la mano del experto fiscal por qué "declarar a cero en la Renta puede salir más caro que pagar”.

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Las claves

Emilio Baena, extrabajador de Hacienda, advierte que declarar la Renta a cero fuera de plazo puede acarrear sanciones de hasta 20.000 euros.

La ley considera infracción presentar la declaración a cero o en negativo fuera de plazo, incluso si no hay nada que pagar.

Declarar fuera de plazo con una cuota a ingresar solo implica un recargo proporcional, mientras que declarar a cero puede suponer una sanción fija desde 200 euros.

Las fechas clave para presentar la declaración de la Renta de 2025 serán entre abril y junio de 2026, con diferentes modalidades de presentación y cita previa.

La declaración de la Renta se acerca ‘a pasos agigantados’. Y todas aquellas personas que están obligadas a hacerla soñarán con que les salga a devolver y no a pagar.

También puede darse el caso que la declaración salga a cero. Y puede no ser una buena noticia. “Es la paradoja fiscal que más sanciones provoca. Declarar a cero puede salir más caro que pagar”, afirma Emilio Baena en LinkedIn.

A continuación, te explicamos de la mano del extrabajador de Hacienda el por qué de esta paradoja, como él mismo la define.

Declarar a cero

El experto fiscal pone el ejemplo de dos declaraciones fuera de plazo: una a cero y otra a ingresar, aunque sean céntimos. Desde su punto de vista, “no se tratan igual”. Veamos el por qué.

Así, cuando una persona declara a cero o en negativo, y si no hay cuota a ingresar, “no hay base para aplicar recargo. La ley lo convierte directamente en infracción. Y ahí viene el golpe con una sanción de 200 a 20.000 euros”.

Y es así, como dice el propio Baena, “aunque no debas nada. Aunque la declaración salga a devolver”.

¿Y qué sucede cuando declaras una cuota a ingresar? “Aquí el sistema es mucho más suave ya que no hay sanción, sólo un recargo. Y ese recargo se calcula sobre lo que debías pagar”, añade.

Por lo tanto, si la cuota es pequeña, el recargo también lo es. “La paradoja resumida. No deber nada puede costarte 200 euros. Deber 1 euro puede costarte unos céntimos”, remarca Emilio Baena.

¿Un fallo? “No lo es. Es exactamente así como está escrito en la norma. Y es una de las fórmulas más comunes de acabar sancionado”, resalta el experto.

Renta 2026

Para 2026 (declaración de la Renta de 2025), los contribuyentes deben tener en cuenta cuáles serán las fechas clave de presentación.

Así, y del 8 de abril hasta el 30 de junio, podrán presentarse las declaraciones por Internet. Del 6 de mayo al 30 de junio, quienes lo deseen podrán confeccionar su declaración de la Renta por teléfono a través de la propia Agencia Tributaria (AEAT).

Estas personas deben tener en cuenta que deberán solicitar la pertinente cita del 29 de abril hasta el 29 de junio.

Por último, y del 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026, la AEAT podrá realizar la declaración en sus oficinas de manera presencial a las personas interesadas. En este caso, la solicitud de cita estará abierta desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio.