
A través de la plataforma Renta WEB es posible presentar una declaración complementaria o una rectificación.
Confirmado por Hacienda: así puedes corregir los errores en una declaración de la Renta ya presentada y sin multas
Te contamos cómo puedes corregir cualquier equivocación o cambiar cualquier dato una vez ya hayas presentado tus impuestos.
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La campaña de la Renta 2024-2025 comenzó hace unas semanas y, una vez más, los españoles tendrán que hacer todo lo posible para mostrar sus gastos e ingresos de forma transparente a Hacienda, y así evitar multas o sanciones.
No obstante, como todo ser humano, siempre existe la posibilidad de equivocarse y percatarse una vez presentada la declaración de la Renta. Estos errores u omisiones pueden cambiar completamente la cantidad a pagar o a devolver.
Así, la Agencia Tributaria (AEAT) explicó en su sede electrónica qué deben hacer los contribuyentes que cometen algún error en su declaración de la Renta, aclarando que es posible presentar una rectificación o una declaración complementaria a través de Renta WEB.
¿Cuándo tengo que presentar una u otra?
Hacienda explica que, en caso de que el error u omisión haya causado un perjuicio al contribuyente, porque la cantidad a devolver sea mayor o la cantidad a pagar deba ser menor, se debe presentar una rectificación.
Si, por el contrario, el error perjudica a Hacienda, es decir, si el contribuyente pagó menos impuestos o si le salió a devolver una cantidad mayor a la que le corresponde, hay que presentar una declaración complementaria.
¿Cómo presento una rectificación o una declaración complementaria?
En ambos casos, es posible hacerlo a través de Renta WEB, el servicio de ayuda habilitado por la AEAT para tramitar y presentar la declaración de la Renta.
En el caso de presentar una rectificación, Hacienda ha explicado que es preciso acceder al expediente de la renta a través de Renta WEB y, en el apartado de declaración, seleccionar “Modificar declaración presentada”.
También es posible presentar un recurso o solicitud de rectificación de la declaración de la Renta, en caso de no poder acceder a la plataforma de Renta WEB.
No obstante, se recalca que, si Hacienda ya actuó sobre el error que se busca corregir, o si han pasado 4 años, que corresponden al plazo disponible para rectificar, ya no es posible enmendar dicho error u omisión.
En el caso de presentar una declaración complementaria porque el error cometido afecta a Hacienda, es preciso acceder al mismo apartado anteriormente mencionado y seleccionar “Modificar declaración presentada”.
En esta declaración complementaria se deben incluir todos los datos: tanto los ya expuestos en la declaración inicial como los nuevos que se añadirán o modificarán.
La AEAT explica cómo calcular el dinero que se deberá pagar a Hacienda en este caso. Si la declaración presentada inicialmente salió a pagar, se debe restar la cantidad ya pagada a la AEAT del importe a pagar en la declaración complementaria. En otras palabras, se abona la diferencia entre ambas cantidades.
Por ejemplo, si en la declaración con errores el importe a pagar era de 100 euros y en la complementaria es de 150 euros, la cantidad que se debe abonar a Hacienda es de 50 euros.
Por otro lado, si la declaración presentada salió a devolver y ese dinero ya fue reembolsado, es preciso sumar la cantidad que aparece como a pagar en la declaración complementaria al dinero devuelto por Hacienda. Es decir, se debe devolver el importe recibido más el importe adicional que corresponda a Hacienda.
Para ilustrar mejor esta situación: si suponemos que en la declaración presentada la cantidad a devolver fue de 100 euros y en la declaración corregida dicha cantidad resulta ser de 200 euros, es preciso pagarle a Hacienda 300 euros.