Sociedad

¿Está tu empresa obligada a dar cesta de Navidad? Esto es lo que dice la ley y que te sorprenderá

Cada vez más empresas están perdiendo esta costumbre tan demandada por los empleados, quienes esperan a que llegue la Navidad para poder añadir estos productos a la mesa. Descubre qué dice el Tribunal Supremo. 

11 diciembre, 2023 10:14

Poco a poco se va acercando la Navidad y el final del año. Esta es una época muy especial para muchas personas, especialmente para aquellos que son amantes de las tradiciones. La parte más negativa es que algunas de ellas se están perdiendo como pasa con las icónicas cestas de Navidad que solían regalar las empresas a sus trabajadores.

Para muchas personas, estos regalos eran casi más importantes que el sueldo del mes de diciembre. No solo por el hecho de recibir un presente, sino porque ayudaban en gran medida a completar las compras navideñas y así poder poner un mejor menú sobre la mesa en esos días tan especiales. 

Muchos trabajadores reclaman durante estos días que sus compañías han dejado de dar o incluso sortear estas famosas cestas de Navidad y a la vez se preguntan si puede haber alguna defensa legal para recuperarlas. Y lo cierto es que sí, aunque como en todas las batallas, cada caso es un mundo. 

¿Qué dice la ley sobre las cestas de Navidad de las empresas?

Los trabajadores lo tienen claro: quieren cestas de Navidad. Y los empresarios también: si pueden, muchos de ellos se las ahorran. Sin embargo, conviene llegar a un punto medio de acuerdo para que no haya disputas y malentendidos. 

Algunas grandes compañías como Inditex no fallan a esta bonita tradición y cuando comienza diciembre reciben su tradicional cesta de Navidad. Se trata de uno de los momentos más esperados del año. Sin embargo, cada vez son más las empresas que aprovechan alguna excusa para ahorrarse este presente. 

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Desde la crisis a los malos resultados pasando por situaciones eventuales que, casualmente, siempre llegan a final de año para arruinar esta tradición cada vez más en peligro. Todo sirve para anular esta tradición. Sin embargo, lo que muchas personas no saben es que la ley puede llegar a amparar y proteger sus deseos. Algunas compañías sí están obligadas a dar cesta de Navidad a sus empleados. 

El Tribunal Supremo, en una sentencia, resolvió que la cesta de Navidad es un "derecho adquirido" de los trabajadores en los casos en los que la empresa lleve una cantidad de años reseñable entregando este detalle a sus empleados. Por lo tanto, si es una costumbre repetida en el tiempo, no se puede quitar de un año para otro. No valdría justificar ni una eventual crisis para no entregar este presente a sus trabajadores. Sin embargo, no está claro cuantos años debe llevar instaurada esta tradición y a eso se agarran muchas empresas. 

Imagen de archivo de cestas de Navidad.

Imagen de archivo de cestas de Navidad.

El hecho de dar cesta de Navidad se considera una "condición beneficiosa" para los trabajadores. Por lo tanto, se entiende que es un hecho de obligado cumplimiento. Para que esto sea así, el Tribunal Supremo indica que deben existir principios de reiteración y habitualidad. Si se trata de algo puntual y no de una costumbre, la empresa tiene potestad y libertad para decidir cuando sí y cuando no la entrega. 

Para que una empresa que cuenta con esta tradición decida no entregar cesta de Navidad deberá comunicárselo a sus empleados y llegar a un acuerdo con ellos. De lo contrario, estos estarían en potestad de acudir a la justicia. Por ello, son los comités de empresas los encargados de gestionar estas situaciones en la mayoría de los casos. 

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Además, la ley también aconseja a las empresas que eventualmente participan de esta costumbre que acrediten por escrito que se trata de un hecho aislado y no de una tendencia que se vaya a extender en el tiempo si pretenden suprimirla en algún momento. Añade también que estas cestas no se pueden intercambiar por otros regalos del mismo valor salvo que se haya llegado a ese acuerdo con los empleados. 

Para la empresa, la cuestión de las cestas de Navidad no es algo menor, ya que deben ser incluidas en las nóminas de los trabajadores al ser una retribución en especie. Además, se deben descontar del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e incluirlas en la base de cotización. Sin embargo, lo habitual es que estas se incluyan como gasto de personal adicional al mes de diciembre.