La Manada, en libertad bajo fianza.

La Manada, en libertad bajo fianza.

Reportajes

Los jueces alegan que la libertad de La Manada no perturba el "sosiego" de la víctima porque viven lejos

  • El auto destaca que los acusados viven a 500 kilómetros de la víctima y no tienen dinero para huir. 
  • Para el tribunal no es suficiente la sentencia condenatoria por abusos.
  • El presidente del tribunal ha emitido un voto particular abogando por que los cinco continuasen en prisión.
22 junio, 2018 09:08

El auto de la Audiencia Provincial de Navarra, que decreta la libertad provisional para los cinco miembros de La Manada, condenados en abril a nueve años de cárcel por abuso sexual, justifica la decisión con "que los acusados tienen residencia a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima" y que se puede tranquilizar el sosiego de la víctima con otras medidas "menos gravosas que la prolongación de la situación provisional". En el auto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, los tres magistrados hacen hincapié en que la sentencia condenatoria "no es condición suficiente" para prorrogar la estancia de los cinco sevillanos en prisión. 

La destrucción de pruebas o el riesgo de fuga son algunas de las premisas que se suelen seguir para prorrogar la estancia en prisión de un acusado o de un condenado. Los tres jueces, que ya hace dos meses condenaron a los que entonces eran acusados de una agresión sexual a una joven de 18 años, creen que este último ya no existe. Ya no hay peligro de que se escapen.

Los magistrados ya votaron tres veces a favor de mantenerles en prisión durante el proceso, pero ahora, explican, ese riesgo de fuga ya no está sobre la mesa. Su argumento es que este "se vinculaba a las altas penas solicitadas y a la inminencia de la celebración del juicio oral, estas razones han perdido notablemente la fuerza que, en su día, pudieron tener".

La Audiencia de Navarra deja a los miembros de La Manada en libertad provisional

En su auto, los magistrados Raquel Fernandino y Ricardo Javier González inciden en un detalle que destacan a su juicio como importante: debido a la "presión" y a la "repercusión" del caso, los cinco miembros de 'La Manada' no podrán desarrollar "una vida social normalizada en libertad".

La Audiencia Provincial de Navarra decretó este jueves la libertad provisional, bajo fianza de 6.000 euros y con el añadido de medidas cautelares, de los cinco hombres que permanecían en prisión tras haber sido condenados el pasado mes de abril a nueve años de cárcel por abusar sexualmente y en grupo de una joven madrileña en los Sanfermines de 2016. La sentencia cuenta con el voto particular discrepante del presidente del tribunal. En un escrito diametralmente opuesto al de sus colegas, José Francisco Cobo opina que los cinco condenados deben continuar en prisión. 

A 500 kilómetros de la víctima

¿Riesgo de reiteración delictiva? Los jueces que escriben el auto  de puesta en libertad explican algo que es, a su juicio, incontestable. A su entender, la pérdida del anonimato de los condenados “hace poco menos que impensable” el riesgo de reiteración delictiva. Lo explican así:

-"No puede desconocerse tampoco que la repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha desatado han alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social; todo ello, junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva”, destaca la Audiencia.

La magistrada Raquel Fernandino y el magistrado Ricardo González (que ya se posicionó a favor de la absolución en la sentencia) describen que ninguno de los condenados, ni Boza, ni Prenda, ni Guerrero, ni Cabezuelo ni Escudero, cuentan con delitos previos relacionados con los abusos sexuales o las agresiones sexuales:" Ninguno cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados".

A los cinco, en el auto, les imponen la medida de presentarse tres veces a la semana en el juzgado de Sevilla, y también la de no entrar en la Comunidad de Madrid, donde reside la víctima, bajo ningún concepto. En relación a este detalle, el tribunal resalta que los acusados tienen sus domicilios a más de 500 kilómetros del lugar en que vive la joven víctima. Para ellos, la medida impuesta de prohibición de entrada en la Comunidad de Madrid supone ya un importante gesto para "garantizar su tranquilidad y su sosiego". Para ello, entienden que no es necesario alargar su estancia en prisión. Basta, explican con que se presenten en los juzgados de Sevilla tres veces a la semana.

Los dos jueces consideran que el riesgo de fuga es un factor que ya se diluye, que no resulta importante en este momento del caso. Lo argumentan, sobre todo, en que los cinco miembros de 'La Manada' son insolventes. Que no tienen recursos económicos. Todos ellos carecen "de medios económicos para procurarse una fuga eficaz, instalándose en algún lugar en el que no pudieren ser hallados si tratasen de huir". 

Ponen el ejemplo del militar. Alfonso Jesús Cabezuelo, presente también en los presuntos abusos sexuales en el coche de Pozoblanco, tiene la casa embargada, ya que ha usado ese dinero para sufragar la defensa del caso. Los magistrados que abogan por su libertad inciden en que nadie en su entorno cuenta con los recursos para ayudarles. "Tampoco se les conocen, ni se mencionan por las acusaciones, amistades o relaciones que pudieran proporcionarles la ayuda o los medios de los que ellos carecen".

Una condena no es suficiente

Los miembros de 'La Manada', durante las fiestas de San Fermín.

Los miembros de 'La Manada', durante las fiestas de San Fermín.

"La sentencia es provisional". En uno de los apartados, los miembros del tribunal inciden en el hecho de que la sentencia por la que condenaron a los cinco sevillanos hace dos meses no es algo que todavía pise el suelo firme de una instancia superior como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra o el Tribunal Supremo. "Es provisional", dicen los magistrados. "Si bien la sentencia condenatoria puede añadir solidez a la consideración de la concurrencia de indicios racionales de la comisión de un delito por una persona (...) no puede desconocerse que, mientras el recurso contra la sentencia condenatoria no se haya resuelto, dicho pronunciamiento sobre la culpabilidad del procesado sigue siendo provisional".

Tras la sentencia condenatoria a 9 años de prisión, la sala explica cómo, a su juicio, “se ha producido, por tanto, una más que notable reducción de las penas solicitadas por las acusaciones y que éstas pretenden minimizar mediante un planteamiento en el que subyace la idea de que la sentencia condenatoria por un delito grave y con una pena grave, como es el caso, resulta suficiente, por sí sola, para justificar la prórroga de la prisión provisional, cuando, según la doctrina constitucional anteriormente expuesta, esta no legitima el automatismo con el que frecuentemente se aplica o pretende aplicarse el precepto en cuestión". 

Como la condena ahora es mucho más reducida de la que inicialmente se exigió, como ya se juega sobre un tablero diferente, el tribunal deja de lado que los acusados tienen otros delitos similares pendientes y que 9 años de cárcel no son cosa menor. Antes se partía de una petición por parte de la Fiscalía de 20 años de prisión para cada uno por delito de agresión sexual. Ahora la base sobre la que se parte es una condena por abusos sexuales. “Así, en primer lugar, entendemos que para valorar la situación actual ya no cabe retomar las razones que fundamentaron en un primer momento la adopción como medida cautelar de la prisión provisional, entre las que se indicaba la posibilidad de imponer a los acusados unas penas de 80 años de prisión; como tampoco las que sirvieron para desestimar los diferentes recursos que contra el auto de prisión o de denegación de la solicitud de libertad provisional se interpusieron”, explica la sala.

La decisión llega dos semanas antes de que el próximo 7 de julio arranque la fiesta mayor de Pamplona, cuando se cumplirán dos años de los hechos. La fiesta va a estar salpicada, por desgracia, por la polémica decisión. El año pasado, durante las jornadas sanfermineras, se repartieron folletos para evitar las agresiones sexuales. En los últimos meses, en Pamplona se ha generado un movimiento ciudadano para recuperar el espíritu positivo de la fiesta, para desterrar la imagen de las agresiones sexuales y los abusos como los perpetrados por 'La Manada'.

La Manada, en libertad bajo fianza.

La Manada, en libertad bajo fianza.