Pazo de Meirás.

Pazo de Meirás. Efe

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A Coruña

La Xunta quiere gestionar el Pazo de Meirás y recurrirá también la indemnización a la familia Franco

Alfonso Rueda ha confirmado este lunes que el Gobierno gallego se sumará a la Abogacía del Estado si decide recurrir la decisión del TS de indemnizar a los Franco por los gastos necesarios y útiles realizados en el inmueble durante el tiempo de su posesión

Más información: El Tribunal Supremo confirma que la familia Franco deberá devolver al Estado el Pazo de Meirás

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El Consello da Xunta celebrado este lunes, 23 de marzo, ha acordado sumarse al recurso presentado por la Abogacía del Estado en relación con la indemnización solicitada por la familia Franco por los gastos necesarios y útiles realizados durante el tiempo en que poseyeron el Pazo de Meirás, puesto que no habían sido poseedores de mala fe. Así lo recogía la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, confirmada por el Tribunal Supremo.

El titular de la Xunta ha pedido que se realicen visitas públicas en la totalidad del edificio y que el Gobierno central realice las obras necesarias para garantizar el acceso.

Asimismo, el gobierno gallego ha ratificado su intención, una vez el recurso esté resuelto, de manifestar al Gobierno central la intención de la Xunta de hacerse cargo del Pazo de Meirás. "La Xunta quiere gestionar el Pazo de Meirás, debemos retomarlo a las nuevas circunstancias, pero una vez estén terminadas estas obras, la Xunta se dirigirá al Gobierno central para decirle que desde la Consellería de Cultura se gestionará", señaló el presidente Alfonso Rueda.

En otra línea, Rueda a mostrado la disposición de la Xunta a llevar a cabo "alguna reformulación" del plan de 'Plan de usos de las Torres de Meirás' presentado en el 2020 por el departamento de Cultura: "El paso de los años puede obligar a alguna reformulación". De la misma manera, el presidente insistió en la importancia de poner de manifiesto toda la trayectoria del pazo. "Está vinculado a la memoria histórica y a Emilia Pardo Bazán. Todo tiene cabida, igual que la sociedad gallega es abierta, también lo es para disfrutar de este BIC siendo fiel a su trayectoria", manifestó.

La semana pasada, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, anunciaba que el Gobierno "dará la batalla" legal por la indemnización que el Tribunal Supremo concede a la familia Franco por el Pazo de Meirás y para lo que pedía la colaboración del "conjunto de las administraciones", entre ellas la propia Xunta.

Los recursos

En primer lugar, la sentencia de la Sala reproduce el complejo relato de hechos históricos y jurídicos contenido en la sentencia de la Audiencia Provincial y a continuación examina los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación formulados por las partes.

Respecto de los recursos interpuestos por los hermanos Martínez-Bordiú Franco, la Sala confirma la propiedad del Estado y concluye que desde 1938 el Pazo estuvo destinado al servicio de la jefatura del Estado, como una dependencia similar al Palacio del Pardo.

De esta forma, sus moradores no pudieron poseer la finca en concepto de dueños como mínimo hasta la década de los años 90 del siglo XX, en que dejó de prestarse todo tipo de servicio por la administración, por lo que no ha transcurrido el plazo legal de treinta años para poder adquirir la propiedad por esta vía.

Según el TS no concurren los requisitos para que pudiera apreciarse que hubiera una desafectación tácita que despojara al inmueble de ese carácter de bien de dominio público.

En cuanto a los recursos interpuestos por la Abogacía del Estado y las otras administraciones coadyuvantes, la Sala parte de la base de que en la demanda se indicó expresamente que no se discutía que los herederos de Franco fueran poseedores de buena fe y que, por tanto, una vez devuelta la posesión del Pazo, deberían ser indemnizados en los términos previstos para estos casos en el Código Civil.

Lo que, por lo demás, era perfectamente congruente con lo sostenido en el informe jurídico que se incorporó al informe de la Comisión de Expertos creada por el Parlamento de Galicia para estudiar la viabilidad de la reclamación de la propiedad del Pazo, que se pronunció expresa y taxativamente en tales términos.

La Sala considera que, si en la demanda se mantuvo de manera clara y expresa esta postura, no se puede modificar posteriormente para negar la buena fe y el derecho a la indemnización previamente reconocidos, puesto que los demandados contestaron a la demanda confiados en esas afirmaciones y un improcedente cambio posterior de las pretensiones de los demandantes les causaba una indefensión constitucionalmente proscrita.

Por todo ello, el Tribunal Supremo confirma en todos sus términos la sentencia dictada en segunda instancia por la Audiencia Provincial.