En la imagen, una pareja conversando.

En la imagen, una pareja conversando. Foto de Andreea Avramescu en Unsplash

Qué hacer

Delia Rodríguez, abogada: "Puedes pasar de gananciales a separación de bienes incluso años después de casarte"

La experta explica de forma detallada la mejor manera de afrontar la conversación para tener una mejor salud financiera.

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Delia Rodríguez
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Hay decisiones trascendentales que tomamos casi sin reflexionar, como una especie de automatismo, porque en ese momento es lo normal, lo más práctico o lo esperable de nosotros.

Casarse bajo el régimen económico de gananciales ha sido, durante décadas, una de ellas, entre otros motivos porque es la opción que por defecto aplica según las leyes españolas.

Aunque parezca increíble, hoy día encontramos a muchas personas que no tienen del todo claro su régimen económico ni el alcance legal del mismo, a pesar de que esta elección impacta de lleno en el futuro de ambos cónyuges.

Así, muchas mujeres contrajeron matrimonio sin tomar una decisión informada y consciente en cuanto al modelo concreto que marcaría su nuevo proyecto familiar, desconociendo que existían otras posibilidades como la separación de bienes o la partición.

En concreto este último es el gran desconocido a pesar de sus evidentes ventajas, pues supone una alternativa intermedia por la que el cónyuge adquiere el derecho a participar de las ganancias del otro durante el tiempo que haya estado vigente.

De este modo, estas esposas, envueltas por la vorágine del día a día, la crianza de los hijos, el trabajo y las preocupaciones propias de la vida, de repente un día cayeron en la cuenta de que quizá esa forma de organización financiera familiar no era lo que esperaban o lo que más les conviene en este momento por un cambio sustancial en sus circunstancias.

También nos encontramos con casos en los que, a pesar de que el matrimonio está casado bajo el régimen de gananciales, la pareja (especialmente el de mejor posición económica) actúa como si sus economías fueran totalmente independientes y esto genera continuas discrepancias.

En la imagen, la clásica representación de la Justicia.

En la imagen, la clásica representación de la Justicia. Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

Un giro profesional clave, una charla íntima con una amiga que se está divorciando, emprender o simplemente una consulta esporádica a ChatGPT pueden ser el detonante por el que algunas mujeres se replanteen el rumbo de su economía personal y familiar.

Y es aquí donde surgen los interrogantes, las conversaciones aplazadas y, a veces, los problemas por esa falta de disciplina en el diálogo con la pareja de la que todos hemos pecado alguna vez. Entonces, la pregunta aparece con fuerza: ¿Y si este modelo ya no representa nuestra realidad o no es lo más beneficioso para mí?

Lo primero que conviene tener claro es que no estás 'atrapada' en el régimen económico que elegiste al casarte, puesto que no es una decisión irreversible. Hay que conocer los entresijos jurídicos de las opciones que tienes y, una vez analizadas, determinar qué es lo que más se ajusta a tus intereses.

Afortunadamente, el derecho ofrece una herramienta precisamente pensada para estos casos: la modificación del régimen económico matrimonial. Es decir, puedes cambiar de gananciales a separación de bienes (u otro) incluso años después de haberte dado el 'sí, quiero'. Y no, no necesitas divorciarte para hacerlo.

Entender esto suele ser un alivio enorme para muchas mujeres que asocian este cambio con una ruptura, como si replantearse la economía del matrimonio fuera un síntoma de crisis o desconfianza. Pero no tiene por qué.

De hecho, cada vez es más frecuente que parejas estables decidan pasar a separación de bienes por razones prácticas como iniciar un proyecto empresarial, organizar mejor sus finanzas, evitar conflictos o, sencillamente, adaptarse a una forma más individual de entender este aspecto de sus vidas.

Ahora bien, que sea posible no significa que sea automático o sencillo. El cambio exige, en primer lugar, un acuerdo entre ambos cónyuges, pues no es una decisión que pueda tomarse unilateralmente.

Esto puede generar cierta incomodidad, pero en realidad este proceso abre una oportunidad muy valiosa para iniciar o retomar conversaciones que deberían haber ocurrido hace mucho tiempo.

Hablar de dinero, autonomía, organización familiar y futuro fortalece cualquier relación afectiva al posibilitar que se alineen intereses, valores y expectativas de los proyectos personales de cada uno.

Es importante abordar este diálogo desde un lugar constructivo, pues no se trata de romper lo que hay, sino de reorganizarlo para que funcione mejor. Explicar por qué el régimen actual no encaja contigo requiere de honestidad y también claridad de conceptos, por lo que la reflexión previa sobre lo que verdaderamente quieres y necesitas es un paso indispensable.

Quizá has empezado a emprender y no quieres que tu pareja asuma riesgos que no le corresponden; o puede que uno de los dos tenga ingresos muy variables y el sistema común genera tensiones. Es posible también que, simplemente, necesitas sentir mayor independencia económica como parte de tu desarrollo personal. Ten claro que todas estas razones son muy legítimas.

Imagen de dos personas en un despacho gestionando documentos.

Imagen de dos personas en un despacho gestionando documentos. Foto de Scott Graham en Unsplash

El siguiente paso es que, una vez alcanzado el consenso, se otorgan capitulaciones matrimoniales ante notario, pues es la única fórmula para que este cambio tenga plena eficacia y pueda inscribirse en el Registro Civil.

Pero hay un matiz esencial que muchas veces se desconoce, y es que este paso no borra de tu vida financiera la etapa anterior, por lo que, además de quedar disuelto, el régimen económico de gananciales debe liquidarse, no siendo aconsejable dejar esta fase en el limbo. Esto implica hacer un auténtico 'cierre contable' de la vida común en ese plano hasta el momento, detallando el activo (bienes) y el pasivo (deudas).

Y aquí es donde el proceso adquiere un contenido más técnico y necesitarás de un abogado especialista que os ayude a diseñar el inventario y determinar el reparto, poniendo especial cautela en cada paso por las consecuencias fiscales que puede tener en el futuro.

También entra en juego una de las cuestiones más delicadas: distinguir entre bienes gananciales y privativos.

Son gananciales, en términos generales, los obtenidos por el trabajo o la actividad de cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio, así como los frutos o rendimientos de bienes comunes o privativos. Por ejemplo, el salario, los ingresos de un negocio o la renta de una vivienda privativa de uno de ellos que está alquilada.

En cambio, son privativos aquellos que pertenecen exclusivamente a uno de los cónyuges como las herencias o las donaciones a uno de ellos. También lo es el dinero que cada uno tenía antes de casarse.

El problema práctico surge cuando esa cuantía se mezcla con cuentas comunes o se utiliza para adquirir bienes durante el matrimonio. En esos casos, puede ser necesario acreditar el origen de los fondos para evitar que se consideren gananciales por el principio de presunción.

Hay conversaciones que son difíciles de asumir, pero que merecen la pena afrontar.

Hay conversaciones que son difíciles de asumir, pero que merecen la pena afrontar. Foto de Scott Graham en Unsplash

Las indemnizaciones laborales merecen una mención especial. Si compensan la pérdida de ingresos durante el matrimonio (por ejemplo, por despido), pueden tener carácter ganancial en la parte correspondiente a ese periodo. Pero si se deben a daños personales o conceptos más vinculados a la esfera individual, pueden determinarse privativas.

En cuanto a los préstamos familiares, es frecuente que padres u otros miembros de ese entorno ayuden económicamente a la pareja, por lo que la clave está en determinar si ese dinero fue una donación o un préstamo real.

Una vez delimitados activos y pasivos, y clarificado qué es común y qué es privativo, se procede al reparto, y esto puede hacerse adjudicando bienes concretos a cada cónyuge o compensando económicamente las diferencias.

Este proceso, bien gestionado, no sólo evita conflictos futuros, sino que aporta una fotografía clara de la situación de cada uno al iniciar el nuevo régimen económico.

Es, en cierto modo, un ejercicio de orden y transparencia del matrimonio que muchas veces, aunque parezca contradictorio, puede salvar una relación afectiva minada por las permanentes discusiones por estos motivos.

A partir de ahí, la economía deja de ser común para ser individual, aunque la vida en pareja continúe y sea necesario establecer cómo se van a afrontar las cargas familiares en función de la capacidad adquisitiva de cada uno y de los pactos que se alcancen al respecto.

Para muchas mujeres, este cambio tiene un componente profundamente transformador, pues sienten que, por fin, entienden sus finanzas, dirigen su destino y son capaces de planificar su futuro con conciencia y autonomía plena.

***Delia Rodríguez es CEO de VESTALIA ABOGADOS, experta en Derecho de Familia y en Planificación Patrimonial.