Begoña Gómez y Pedro Sánchez en China.

Begoña Gómez y Pedro Sánchez en China. Efe / Moncloa Efe / Moncloa

Tribunales

La defensa de Begoña Gómez explica a Peinado que el control de pasaportes en Londres es telemático y le da los billetes

Recurre el requerimiento del juez para que "acredite" que no ha quebrantado la medida cautelar: eso "corresponde a la acusación, nunca a la defensa".

Más información: Peinado requiere a Begoña Gómez para que "acredite" que viajó a Gran Bretaña solo para asistir a la graduación de su hija

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Las claves

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La defensa de Begoña Gómez presentó un recurso contra el requerimiento del juez Peinado para que acredite el uso de su pasaporte tras viajar al Reino Unido.

El juez exigió a Gómez demostrar que utilizó el pasaporte solo para asistir a la graduación de su hija y que no quebrantó las medidas cautelares.

La defensa argumenta que el control fronterizo británico es telemático y la falta de sellos en el pasaporte no prueba que no viajó.

El abogado de Gómez aportó los billetes de avión y solicitó que, si se mantiene la exigencia, se pida confirmación a las autoridades británicas sobre su entrada y salida.

La defensa de Begoña Gómez ha presentado un recurso contra el "sorprendente" requerimiento del juez Juan Peinado para que la esposa del presidente del Gobierno "acredite" qué uso ha hecho del pasaporte que se le devolvió para que pudiera viajar al Reino Unido la pasada semana para asistir a la graduación universitaria de una de sus hijas.

El pasado 20 de junio, Peinado impuso a Begoña Gómez medidas cautelares consistentes en comparecencias quincenales en el Juzgado, la prohibición de salir de España y la entrega del pasaporte, apreciando un supuesto riesgo de fuga.

El pasaporte le fue devuelto por otro juez, Antonio Viejo, para que pudiera desplazarse a Gran Bretaña a la graduación universitaria de una de sus hijas en Bristol.

Devuelto el pasaporte, Peinado ha observado que el documento no tiene sellos de entrada ni de salida del Reino Unido.

Por ello, el lunes dictó una resolución para que "en el plazo improrrogable de cinco días, [Begoña Gómez] acredite que la disponibilidad del pasaporte objeto de retirada y que se le entregó el pasado día 8 de julio de 2026 ha sido hecho uso [sic] del mismo para el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar".

La esposa de Pedro Sánchez también fue requerida para acreditar "que no ha sido llevado a cabo acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar previsto en el artículo 468.1 del Código Penal".

La defensa, ejercida por el letrado Antonio Camacho, pone de manifiesto en su recurso que la inexistencia de un sello físico de entrada en el pasaporte no constituye, en la actualidad, un indicio de que el desplazamiento al Reino Unido no haya tenido lugar.

El abogado explica a Peinado que "la UK Border Force ha implantado de forma progresiva un sistema de control fronterizo basado en procedimientos electrónicos de verificación de identidad y registro digital de entradas, mediante la utilización de eGates (puertas automatizadas de control fronterizo), pasaportes biométricos y sistemas electrónicos de control migratorio".

De este modo, "la ausencia de un sello de entrada en el pasaporte carece, por sí sola, de valor acreditativo negativo y no permite inferir que el interesado no accediera al territorio británico", añade el letrado, que, para acreditar que Begoña Gómez ha hecho un uso correcto del levantamiento puntual de las medidas cautelares, aporta los billetes de avión: la ida a Londres y la vuelta desde Bristol.

Exigencia "imposible"

Además, la defensa rechaza que Peinado haya requerido que Gómez acredite que no ha llevado a cabo acto alguno constitutivo del delito de quebrantamiento de medida cautelar.

"Esta defensa, con el máximo respeto a la resolución judicial, debe denunciar que dicho requerimiento, en los términos en que ha sido formulado, invierte de forma manifiesta el principio cardinal del proceso penal: la carga de la prueba corresponde a la acusación, nunca a la defensa", argumenta.

El requerimiento "formula una exigencia que resulta materialmente imposible de cumplir en los términos en que ha sido planteada, por cuanto impone a la defensa la acreditación de un hecho negativo e indefinido: que no se hizo un uso inadecuado de la autorización de salida del territorio nacional", añade.

En el recurso se solicita al instructor que "reconozca" que la carga de acreditar la comisión del delito de quebramiento de medida cautelar "corresponde en exclusiva a la acusación, sin que pueda imponerse a esta defensa la obligación de probar la inexistencia de una conducta delictiva que nadie ha acreditado".

Para el caso de que Peinado mantenga la exigencia de acreditación, el defensor pide que se libre oficio a la UK Border Force o a la Embajada del Reino Unido en España, a través de los cauces de cooperación judicial internacional, para que certifiquen los registros digitales de entrada y salida correspondientes al pasaporte de Begoña Gómez durante el período en que se le concedió autorización para viajar.