Baltasar Garzón./
El fiscal apoya que Garzón sea indemnizado y se borren sus antecedentes en aplicación de un dictamen de la ONU
La Fiscalía no respalda la restitución del exjuez a su puesto en la Audiencia Nacional y que el Ministerio de Justicia emita una "disculpa pública".
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional respalda en parte la demanda interpuesta por el exjuez Baltasar Garzón contra el silencio del Ministerio de Justicia respecto a su reiterada petición de que se implemente el dictamen emitido en julio de 2021 por el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Ese Comité, que en su día también acogió demandas de Oriol Junqueras, Jordi Cuixart y Jordi Sánchez por el 'procés', estableció que Garzón fue juzgado por un tribunal -siete magistrados de la Sala Penal del Supremo- que no era imparcial.
También indicó que el exmagistrado no pudo recurrir la condena que se le impuso por haber ordenado escuchas ilegales de las conversaciones mantenidas en prisión por los investigados del 'caso Gürtel' y sus abogados defensores.
Al ser juzgado por el más alto tribunal, el ordenamiento español no prevé ningún recurso ordinario. Y el recurso de amparo que presentó no fue admitido a trámite por el Tribunal Constitucional al apreciar una "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable".
El Comité de Derechos Humanos de la ONU consideró, además, "arbitraria" la condena de Garzón por basarse en actos que, a su parecer, en el momento de cometerse no eran delito.
En enero y febrero de 2022 y, de nuevo, en enero de este año, Garzón pidió al Ministerio de Justicia que implementase el dictamen de la ONU.
El Comité indicó que el Estado español debe "borrar los antecedentes penales" del exjuez, "proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido" y "adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro".
Además de esas tres medidas de reparación, Garzón pidió al Ministerio que le restituya en el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, que emita una disculpa pública por haberse vulnerado sus derechos y que el dictamen de la ONU se publique en el Boletín Oficial del Estado.
Tanto Pilar Llop como el actual titular de Justicia, Félix Bolaños, han desestimado las pretensiones de Garzón por silencio administrativo.
El exjuez ha promovido contra esa desestimación un recurso de protección de derechos fundamentales ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sobre el que acaba de pronunciarse la Fiscalía.
Desestimación "nula"
En un informe conocido este viernes, el fiscal de la Audiencia Nacional Manuel Campoy considera que las conclusiones del Comité de Derechos Humanos de la ONU "gozan de prevalencia, eficacia, ejecutividad, aplicación directa y debida observancia por todos los poderes públicos y sin excepción alguna", ya que "traen causa de una obligación internacional asumida por España".
Para el fiscal, la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de cumplimiento de las conclusiones del dictamen es “nula de pleno derecho", por cuanto "lesiona derechos fundamentales" y "se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”.
"El tiempo transcurrido sin cumplir las conclusiones y determinaciones del Comité, con la consiguiente necesidad de iniciar nuevos procesos administrativos y judiciales para tratar de alcanzar la obligada 'reparación integral', supone un proceso de 'revictimización' del demandante", sostiene Campoy.
A su juicio, hay responsabilidad patrimonial del Estado "por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia" al existir un daño o perjuicio efectivo que el exjuez no tiene el deber de soportar. "Ha sido, y sigue siendo, víctima, de una vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, conforme a los artículos 14.1, 5 y 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", afirma.
No obstante, el fiscal precisa que no se pretende dejar sin efecto y anular la sentencia firme de la Sala Penal del Tribunal Supremo, pues no se ejercita un recurso de revisión de sentencias.
Tampoco se plantea una reclamación de indemnización por error judicial ni se puede dejar sin efecto la “cosa juzgada material” ni la “cosa juzgada formal”, "pues no hay plena coincidencia entre lo resuelto judicialmente en firme y lo que suscita el dictamen de Comité de Derechos Humanos de la ONU".
El fiscal pide a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que declare la vulneración de los derechos fundamentales de Baltasar Garzón a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, conforme a los artículos 14.1, 5 y 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuya vulneración apreció el Comité de la ONU.
También insta la nulidad de la desestimación por silencio administrativo de las peticiones de Garzón para que se aplicase el dictamen del Comité.
Apoya, igualmente, que se condene al Ministerio de Justicia al pago de la indemnización por daños y perjuicios.
Para el fiscal, también debe condenarse a la Administración a eliminar los antecedentes penales de Garzón, a publicar en el BOE el dictamen del Comité de Derechos Humanos y a iniciar la elaboración de proyectos normativos para, entre otros extremos, establecer un cauce de recurso de las sentencias del Supremo.
El fiscal no incluye en su petición al tribunal las otras dos pretensiones de Garzón, posiblemente las que más le interesan: su restitución al cargo de juez y que el Estado le pida públicamente disculpas.