Elisa Mouliaá, el pasado 11 de abril, cuando acudió al Juzgado para entregar su teléfono móvil, según acordó el juez./

Elisa Mouliaá, el pasado 11 de abril, cuando acudió al Juzgado para entregar su teléfono móvil, según acordó el juez./ EP

Tribunales

La Audiencia de Madrid da la razón a Íñigo Errejón y deja sin efecto la orden del juez de que entregue su móvil

También acuerda que la actriz Elisa Mouliaá aporte un informe psiquiátrico pedido por la defensa del exportavoz del Sumar.

Más información: La defensa de Errejón pide al juez que actúe contra Elisa Mouliaá por su "actitud coactiva y amenazante" a una testigo

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La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado dejar sin efecto la orden del juez Adolfo Carretero para que el exdiputado y exportavoz de Sumar Íñigo Errejón entregara su teléfono móvil con el fin de analizar sus conversaciones con la actriz Elisa Mouliaá, que le acusa de una agresión sexual.

La Sección Cuarta de la Audiencia ha estimado un recurso de apelación de la defensa de Errejón, en el que se subraya que él ya aportó, mediante un acta notarial, el contenido de sus conversaciones. Entre ellas, varias que tuvieron lugar después de la supuesta agresión sexual.

En una de esas comunicaciones posterior al 8 de octubre de 2021, cuando según la denunciante Errejón le realizó tocamientos inconsentidos en la habitación de una vivienda donde ambos estaban de fiesta, Mouliaá le mandó la foto de un concierto de Silvio Rodríguez con el mensaje "mira a quién nos perdimos el otro día".

Errejón da al juez los mensajes que Mouliaá borró en los que ella le sugiere planes juntos tras la supuesta agresión sexual

Errejón da al juez los mensajes que Mouliaá borró en los que ella le sugiere planes juntos tras la supuesta agresión sexual

También después de la supuesta agresión Mouliaá contactó con Errejón para pedirle información sobre una licencia para la apertura de un negocio. Y en otra ocasión para que le facilitara el contacto de algún abogado para su defensa en otro procedimiento judicial.

"Ciertamente", señala la Audiencia, el acta notarial "recoge solo las manifestaciones de Errejón, que afirma que fue la denunciante la que borró el contenido de las suyas, lo que así ella misma ha reconocido indicando que lo hizo por consejo de su anterior abogada".

Mouliaá sí niega haber borrado las conversaciones previas a octubre de 2021 con Errejón y ella sí ha facilitado su teléfono a fin de que se certifiquen.

Por ello, señala la Sala, "no parece que sea necesario analizar el terminal telefónico de Errejón".

Ese análisis, que permitiría acceder al contenido íntegro de su móvil, no tiene "ningún sentido en el terminal del investigado, a quien no se atribuye borrado alguno".

Para la Audiencia, la diligencia acordada por el instructor en el caso de Errejón "no resulta proporcionada".

La Sala también ha estimado parcialmente otro recurso de Errejón y ha ordenado al juez que admita como prueba la aportación a la causa de un informe psiquiátrico emitido por la doctora Maria Teresa M. en relación con Elisa Mouliaá.

"Como ya informó el Ministerio Fiscal", argumentan los magistrados, "la relevancia de la aportación a la causa de los informes de la denunciante procede de su propia declaración judicial, en la que habló extendidamente tanto de su tratamiento psiquiátrico como de su terapia psicológica".

Mouliaá prestó declaración ante el Juzgado de Instrucción el día 16 de enero y señaló que en el momento de ocurrir los hechos no fue consciente de que había sido víctima de una agresión pero que, sin embargo, le afectaron mucho, hasta el punto de acudir meses más tarde a una psiquiatra y al psicólogo Omar R.

Esos informes "se presentan, por tanto, como un importante elemento de corroboración de los hechos que ella relata. De ahí que la pertinencia de su aportación en soporte documental a efectos de poder confirmar lo que ella misma califica como una consecuencia de los hechos, queda fuera de toda duda".

"Cuestión distinta", añade, es que Mouliaá, "pese a esa relevancia a efectos de corroboración, opte por no incorporar al procedimiento esos informes, con las consecuencias que ello pudiera conllevar para la defensa de sus intereses".

Por el contrario, la Sala no ha aceptado que se incorpore a las diligencias el procedimiento que se siguió a instancia de Mouliaá contra su exmarido. "No es éste el marco en el que deba valorarse ni su comportamiento desde el punto de vista procesal ni la credibilidad o no que pudiera ofrecerle al órgano judicial encargado de esa investigación", argumenta.

Precisamente hoy ha prestado declaración ante el instructor el psicólogo Omar R. Fuentes jurídicas han señalado que este psicólogo, contrariamente a lo manifestado por Mouliaá, ha asegurado que a él no le contó en ninguna sesión la supuesta agresión sexual de Errejón.

También ha señalado que él no le dijo a la actriz que esperara a estar preparada emocionalmente para denunciar. De hecho, se enteró por la prensa de la denuncia interpuesta por Elisa Mouliaá.

Descarta imputar a Mouliaá

Por otra parte, el juez Carretero ha descartado imputar a Mouliaá por presuntamente presionar a Soraya, una de las organizadoras de la fiesta.

De igual manera, tampoco investigará al exdirigente por hablar con Borja, pareja de Soraya y que también declaró en la causa como testigo.

El político había solicitado que se investigase a la actriz por un delito contra la Administración de Justicia y Mouliaá hizo lo propio con Errejón.