La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. Imagen de archivo

Sociedad

Confirmado por el Gobierno: así será la subida del Ingreso Mínimo Vital (IMV) a partir del mes de enero

Te contamos cuál será la cuantía media a partir de 2026 y los requisitos y trámites a efectuar para ser beneficiario del mismo.

Más información: Confirmado por el Gobierno: estos ciudadanos tendrán un descuento de más del 50% en la factura de la luz en 2026

Publicada

Las claves

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) subirá un 11,4% a partir de enero, pasando de 485 a 540 euros mensuales por hogar.

La medida beneficiará a unos 800.000 hogares en los que viven alrededor de 2,4 millones de personas.

El 40,8% de los beneficiarios son menores y 133.078 hogares beneficiarios son monoparentales, en su mayoría encabezados por mujeres.

Para acceder al IMV, es necesario residir legalmente en España, estar en situación de vulnerabilidad económica y que la unidad de convivencia tenga al menos seis meses de antigüedad.

Alrededor de 800.000 hogares en los que viven 2.400.000 personas se van a beneficiar a partir del 1 de enero de la subida de esta prestación. Y será así gracias al incremento acordado por el último Consejo de Ministros.

¿Cuál será la subida? Pues de un 11,4%. De esta manera, la cuantía media del IMV da un salto desde los 485 euros actuales al mes por hogar, hasta los 540 euros. Dicho de otra manera, el crecimiento en la prestación será de 55 euros más mensuales.

Según explica la Seguridad Social en su web, “el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas”.

Beneficiarios

Continuando con la página de la Seguridad Social, esta expone que el IMV “se configura como un derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica”,

Y añade que su fin no es otro que “garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”.

Hay que tener en cuenta que, en algo más de dos tercios de las familias actualmente cubiertas por el IMV, hay menores de edad: 538.873 hogares, en concreto. Por lo tanto, el 40,8% de los beneficiarios son niños.

De ese más de medio millón de hogares, 133.078 son monoparentales. De esta última cantidad, la mayoría formados por mujeres que crían en solitario a sus hijos.

Volviendo a la página web de la Seguridad Social, los requisitos básicos para acceder al IMV son los siguientes:

-Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).

-Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.

-Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.

A dichos requisitos hay que añadir otra serie de condiciones “referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia”.

Para realizar el trámite, los interesados deben acceder a un formulario donde deben introducir los datos personales, facilitar una dirección de correo electrónico válida, una foto y adjuntar las fotografías del documento de identificación (DNI o NIE) para verificar la identidad.