Miquel Serra, tras su primera declaración judicial por la celebración del referéndum del 1-O en Alcarràs./

Miquel Serra, tras su primera declaración judicial por la celebración del referéndum del 1-O en Alcarràs./ ERC

Tribunales

El TS confirma la condena a un dirigente de ERC y exalcalde por favorecer la celebración del 1-O

Miquel Serra, que era regidor de Alcarràs cuando se produjo el referéndum de autodeterminación, fue inhabilitado por desobedecer al Constitucional.

21 febrero, 2024 02:52

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado este martes por unanimidad confirmar la condena a inhabilitación y multa impuesta al dirigente de ERC Miquel Serra, exalcalde de Alcarràs (Lleida), por no acatar la orden del Tribunal Constitucional de impedir la celebración del referéndum del 1-O.

Serra, presidente de la Federación Regional de ERC en Lleida, fue uno de los primeros alcaldes catalanes condenados por facilitar esa consulta ilegal.

El Juzgado Penal número 3 de Lleida y después de la Audiencia Provincial coincidieron en que Serra protagonizó una "abierta negativa, contumaz, rebelde y obstinada" a dar cumplimiento a lo acordado por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre de 2017.

El TC suspendió el referéndum independentista y ordenó a las autoridades catalanas que impidieran o paralizaran cualquier iniciativa que supusiera ignorar o eludir esa suspensión.

La resolución del Tribunal Constitucional fue trasladada a todos los alcaldes por una carta certificada de la Delegación del Gobierno y, además, se publicó en el BOE.

Pese a ello, Serra, que fue alcalde de Alcarràs entre 2011 y 2019, puso el Centro Cultural Municipal a disposición de la votación ilegal.

En la noche del 30 de septiembre de 2017 el regidor pronunció ante los congregados en el Centro Cultural una arenga, micrófono en mano, con el fin de instruirles y organizarles en cuanto al modo de proceder al día siguiente para impedir que la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía pudieran dar cumplimiento a los órdenes judiciales de impedir la celebración del referéndum.

El mismo 1 de octubre siguió dando instrucciones a las personas concentradas en las puertas del Centro Cultural para impedir el acceso de las Fuerzas de Seguridad al lugar de votación.

Los órganos judiciales de Lleida le condenaron a tres meses de inhabilitación para cargo público y una multa de 450 euros, lo que ahora ha ratificado la Sala Penal al desestimar su recurso de casación.

Serra recibió una segunda condena a un año de inhabilitación y multa, confirmada en octubre de 2022 por la Audiencia de Lleida, por otro delito de desobediencia.

Esta vez fue por incumplir de forma reiterada los requerimientos de la Junta Electoral de Zona para que el Ayuntamiento retirase las banderas esteladas y una placa del 1-O colocadas en una plaza de Alcarràs durante la campaña para las elecciones generales de abril de 2019.