Dolores Delgado , en una imagen de archivo./.

Dolores Delgado , en una imagen de archivo./. EP

Tribunales

Dolores Delgado acusa al TS de una "arbitraria" diferencia de trato para tumbar su ascenso

Afirma que ha dictado una "resolución específica" para su caso, al margen de la doctrina, para anular su nombramiento como fiscal de Sala de lo militar.

8 enero, 2024 02:52

El Tribunal Supremo ha aplicado una "palmaria diferencia" de criterio "manifiestamente injustificada, injusta y arbitraria" para anular el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de Sala de la Fiscalía Togada, afirma la ex fiscal general en el escrito en el que plantea un incidente de nulidad contra esa sentencia, conocido por EL ESPAÑOL.

La decisión judicial, comunicada el pasado 21 de diciembre y de la que fue ponente el magistrado Luis Díez-Picazo, fue un duro golpe no solo para la propia Delgado -cuyo ascenso a la categoría de Sala también fue anulado-, sino para el fiscal general, Álvaro García Ortiz, porque ha sido la primera vez que se aprecia desviación de poder en la propuesta de nombramiento de un alto cargo de la carrera fiscal.

"La desviación de poder es visible e innegable", declaró la Sala de lo Contencioso-Administrativo en un fallo unánime.

[El Supremo tumba por desviación de poder el ascenso de Dolores Delgado a fiscal de Sala]

El alto tribunal declaró acreditado que la finalidad buscada por el fiscal general fue asegurar la promoción de su antecesora a la máxima categoría de la carrera fiscal, tratando de llenar lo que considera una carencia de la legislación.

Tanto Delgado, ya en 2019, como García Ortiz después han impulsado desde la Fiscalía General, sin éxito, una reforma legal para que quienes hayan ocupado el cargo de fiscal general asciendan automáticamente a la primera categoría de la carrera cuando cesen.

"Yo soy el fiscal general del Estado y lo tengo muy claro: esta cuestión la tengo que resolver. Y la tengo que resolver como honestamente creo. La dignidad de la función de fiscal general del Estado lo mínimo que merece es el máximo reconocimiento de la carrera. Lo mínimo. Y para nosotros, el máximo reconocimiento profesional es ser fiscal de Sala", dijo García Ortiz durante el debate del Consejo Fiscal sobre la cobertura de la vacante de fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo. Fue una de las afirmaciones destacadas por la Sala para apreciar la desviación de poder.

"Indiscutible mérito"

"El hecho de que tanto el fiscal general del Estado como los vocales del Consejo Fiscal que han votado a favor de Delgado reconozcan expresamente que una de las razones del porqué lo hacen es una manera de dar una salida, con el debido reconocimiento profesional, a una persona que ha sido fiscal general ante la existencia de una laguna legal sobre esta cuestión, constituye tan sólo una razón justificativa más. La motivación principal y jurídicamente relevante del nombramiento no es otra que la indiscutible aptitud, mérito, capacidad e idoneidad de la candidata para el puesto", replica el incidente de nulidad.

[Dolores Delgado se queda sin padrino: el Supremo impide que García Ortiz vuelva a favorecerla]

El escrito rechaza que pueda apreciarse desviación de poder en una mera propuesta de nombramiento y sostiene que "en otros casos análogos" resueltos por la misma Sala y Sección "se ha dictaminado justamente lo contrario, declarando taxativamente que, mientras el nombramiento recurrido cumpla la finalidad establecida en el ordenamiento jurídico, no cabe apreciar desviación de poder".

Menciona, en este sentido, los fallos en los que se revocó los ascensos de tres generales de la Guardia Civil, impugnados por el coronel Diego Pérez de los Cobos. La Sala rechazó la alegación de desviación de poder, aunque estimó los recursos por otro tipo de infracciones.

Esa "palmaria" diferencia de criterio con Dolores Delgado "no se justifica en absoluto por la Sala, apareciendo más como una resolución específica para el caso concreto que como una doctrina de carácter general", reprocha la ex fiscal general.

Sostiene que los comentarios e intervenciones verbales de los miembros del Consejo Fiscal "son solamente eso y no pueden ser elevados a la categoría de motivación" de la propuesta, por lo que, a su parecer, el Supremo debió tener en cuenta únicamente la propuesta escrita de García Ortiz.

Haber sido fiscal general

"Es cierto que se tienen en cuenta los méritos de la candidata como fiscal general del Estado (en ningún caso se tiene en cuenta su actividad política, como gratuita e infundadamente dice el demandante, Luis Rueda)", señala.

Ello "no sólo es ajustado a Derecho sino también válido, correcto, lógico, razonable y no arbitrario ni discriminatorio, ya que son méritos de la máxima relevancia que pueden y deben ser objeto de valoración, pues lo contrario sería discriminatorio e injusto", afirma.

"Es palmario que, aunque la sentencia afirme que las circunstancias personales y subjetivas de la trayectoria de la candidata no pueden ser consideradas un demérito ni tampoco un mérito, lo cierto es que la valoración de las mismas en sede judicial ha resultado finalmente desfavorable para ella, siquiera sea de forma indirecta, puesto que están en la base de la anulación del nombramiento por desviación de poder, al derivar esta última de la voluntad declarada del órgano proponente de resolver la situación profesional de la candidata como fiscal general saliente", indica el incidente de nulidad.

De ello deriva que Dolores Delgado se ha visto "perjudicada y discriminada" respecto a otros candidatos por sus circunstancias personales, "cuando no debería haber sido así".

Se ha producido de este forma, sostiene, una vulneración de su derecho fundamental al acceso a las funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad que determinaría la nulidad de la sentencia del alto tribunal.

Camino del TC

El incidente de nulidad es la primera reacción jurídica de Delgado contra una sentencia que, dijo en declaraciones a la Cadena Ser, "voy a pelear y voy a combatir hasta mis últimas fuerzas y hasta las últimas consecuencias porque es, y así lo entiendo yo como perjudicada directa, injusta".

La resolución del incidente de nulidad, en la eventualidad de que sea desestimatoria, abrirá la puerta a la interposición de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que inadmite el 97,17% de las demandas de amparo, según datos de su última memoria (2022).