La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, en una imagen de archivo.

La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, en una imagen de archivo. Europa Press

Tribunales

La Audiencia de Barcelona decidirá si se investigan torturas en el franquismo tras el recurso del fiscal

La fiscal jefe de Barcelona acoge un informe de la fiscal de Sala de Memoria Democrática, Dolores Delgado, e impugna la inadmisión de una querella.

18 octubre, 2023 13:17

La fiscal jefe de Barcelona, Neus Pujal, ha presentado ante la Audiencia Provincial un recurso directo de apelación contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 18 de inadmitir a trámite la querella interpuesta por el sindicalista Carles Vallejo, que denunció que fue torturado en los calabozos de la Comisaría de Vía Laietana tras ser detenido en dos ocasiones, en diciembre de 1970 y noviembre de 1971.

Será, por tanto, la Audiencia de Barcelona la que decidirá si se investigan o no en la jurisdicción penal presuntos delitos cometidos en la etapa franquita que, según el Juzgado, están prescritos y amnistiados y no pueden constituir el delito de lesa humanidad que invocan el querellante y la Fiscalía porque no fue introducido en el Código Penal hasta 2003.

La fiscal jefe de Barcelona ha asumido el informe elaborado por la fiscal de Sala de Memoria Democrática, Dolores Delgado, que sostiene que la nueva ley de 2022 "obliga al Estado, desde el ámbito de la justicia, el deber de investigar las violaciones del Derecho Internacional de los derechos humanos ocurridas durante la guerra civil y la dictadura franquista". A lo que se anuda el correlativo derecho a la justicia de las víctimas.

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La Fiscalía considera que el archivo resulta prematuro, puesto que, tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática, "no cabe el rechazo de plano de la querella, sino que es necesario llevar a cabo una investigación de los hechos y de su contexto para poder adoptar una decisión sobre la continuación del procedimiento".

Considera, en este sentido, que la jurisprudencia utilizada por el Juzgado corresponde a un marco jurídico anterior a la nueva ley. El Tribunal Supremo ha considerado hasta ahora que "los denominados juicios de la verdad, esto es, aquellos que pretenden una indagación judicial sobre unos hechos, con apariencia de delictivos, respecto a los que se sabe que no es posible que el proceso concluya con la declaración de culpabilidad de una persona, al concurrir una causa de extinción de la responsabilidad penal, muerte, prescripción o amnistía".

El recurso pide que se realice una aplicación del principio a favor de la acción penal y del derecho a la justicia integradora de una interpretación con enfoque de derechos humanos y respetuosa con los principios vertebradores del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de los Tratados y Convenios sobre la materia, de acuerdo con el art. 10.2 de la Constitución.