Juan Padín, de morado; junto a su sobrino, de blanco.

Juan Padín, de morado; junto a su sobrino, de blanco. Europa Press

Tribunales NAUFRAGIO

El juez prohíbe salir de España al patrón del 'Villa de Pitanxo' investigado por el naufragio del buque

La Audiencia Nacional aún no ha asumido la competencia de este caso, pero sí era la que debía practicar estas diligencias urgentes.

6 junio, 2022 17:00

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El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha retirado el pasaporte y ha prohibido salir de España a Juan Padín, patrón del buque Villa de Pitanxo, barco que naufragó en aguas canadienses el pasado 15 de febrero, dejando más de una veintena de víctimas mortales.

A juicio del magistrado, no existe riesgo de fuga, dado su arraigo en España. Por ello, en línea con el criterio de la Fiscalía, ha denegado su ingreso en prisión provisional.

Este lunes, Padín ha acudido al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional a declarar como imputado. El juez titular, Moreno, le ha interrogado sobre el naufragio, del que es uno de los tres únicos supervivientes, junto a su sobrino y un marinero ghanés.

El magistrado también ha decretado que Padín deberá personarse en el juzgado cada 15 días. Y le recuerda que el incumplimiento de estas medidas puedes acarrear su ingreso en prisión provisional. Dado el caso, deberá comunicar si cambia de domicilio. Así consta todo ello en un auto fechado este lunes, consultado por este periódico. Estas medidas cautelares le impiden, de facto, volver a faenar en alta mar.

El patrón está investigado por 21 delitos de homicidio por imprudencia grave —uno por cada uno de los fallecidos en el suceso— y otro contra los derechos de los trabajadores. Contra este auto de medidas cautelares aún cabe recurso de apelación en los próximos cinco días.

El pesquero 'Villa Pitanxo'.

El pesquero 'Villa Pitanxo'. EP

Fuentes presentes en las declaraciones confirman a EL ESPAÑOL que Padín se ha ratificado en la versión de los hechos, ofrecida hasta ahora a la Guardia Civil. Ha alegado, de nuevo, que el naufragio se debió a un fallo en el motor durante aquella madrugada y ha insistido en que no fue culpa suya, como sí apuntó el marinero ghanés Samuel Kwesi.

Durante su interrogatorio, además, el patrón ha asegurado al juez que todos los miembros de la tripulación pudieron ponerse un traje de salvamento, ya que los marineros según ha dicho Padín tenían permitido hacerlo y había equipos suficientes. Si no lo hicieron, de acuerdo con su relato, fue por el shock que les provocó la situación o por otros impedimentos.

Por su parte, Kwesi también ha declarado este lunes. Lo ha hecho, como testigo, a partir de las 9.30 de la mañana. Y ha confirmado su última declaración ante la Benemérita. En ella aseguró que no hubo tal orden de ponerse los trajes y que tanto Padín como el último de los supervivientes, el sobrino del patrón, eran los únicos que los llevaban puestos.

Éste último, Eduardo Rial, también citado como testigo, ha avalado la versión de su tío, que ha sido el último en ser interrogado, ya pasada la una de la tarde.

22 chalecos salvavidas

El auto del juez Moreno, no obstante, indica que el número de personas para las cuales había equipos de salvamentos era 22. Así consta en un expediente de la Capitanía Marítima de Vigo de la Dirección General de la Marina Mercante, fechado el 26 de enero de 2022.

Sin embargo, el magistrado recuerda que el capitán Padín, en la protesta de mar —acta levantada por el patrón sobre los hechos— dirigida al cónsul de España en Montreal manifestó que la tripulación estaba compuesta por 24 tripulantes.

Por ello, el magistrado explica que este hecho "permite suponer que se carecía de medidas de seguridad y salvamento para tres" de ellos.

El juez reitera que, en este caso, existen indicios de criminalidad contra él. Una de las acusaciones, la ejercida por la defensa de las familias de dos de los fallecidos, había solicitado al juez prisión provisional para el investigado, considerando que existía riesgo de fuga al ejercer Padín su profesión lejos de España.

Presiones del capitán

De los tres únicos supervivientes, el testimonio de Kwesi fue clave para la investigación abierta en paralelo a la judicial por la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim), órgano dependiente del Ministerio de Transportes, que deberá emitir un informe sobre el siniestro en el plazo máximo de un año.

La segunda vez que este marinero declaró ante los investigadores de la Guardia Civil, señaló que el accidente se produjo durante una maniobra de virada del aparejo y apuntó a Padín por no haber atendido las recomendaciones de la tripulación, lo que le impidió corregir la escora del barco para tratar de evitar el naufragio.

Nueve personas fallecieron y sus cuerpos fueron encontrados en los días posteriores al naufragio, ocurrido cerca de Isla de Terranova (Canadá). A ellas, se suman otros 12 desaparecidos que se dan por muertos.

El Villa de Pitanxo también acumulaba varias sanciones por infracciones graves de pesca ilegal; entre ellas, por sus capturas de unos 27.000 kilos de fletán negro sin declarar.

La Audiencia Nacional

Actualmente, el Juzgado Central de Instrucción no ha asumido la competencia de este caso, que podría recaer en un juzgado de Marín (Pontevedra). La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opuso a que fuese ésta la que lo investigase. Pero sí ha sido la encargada de practicar estas diligencias urgentes los interrogatorios y la adopción de medidas cautelares hasta que se dirima la competencia.

El pasado marzo, el Ministerio Público informó que, a su juicio, la Audiencia Nacional no es competente para la instrucción, ya que los posibles delitos se cometieron en territorio español, una condición de la que gozan los buques y aeronaves con bandera de nuestro país.

Por ello, el fiscal cree que el asunto debería ser investigado por el juzgado pontevedrés, al ser éste el puerto de base del pesquero. El juzgado gallego rechazó la inhbición y devolvió la causa a la Audiencia Nacional, que, entre otros asuntos, es competente para conocer de los supuestos delitos cometidos en el extranjero por parte de ciudadanos españoles.