El coronel Pérez de los Cobos, durante su declaración como testigo en el juicio del 'procés'./

El coronel Pérez de los Cobos, durante su declaración como testigo en el juicio del 'procés'./ Efe

Tribunales

El juez no ve delito en el cese del coronel Pérez de los Cobos y rechaza una querella de Vox

El Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid no aprecia obstrucción a la Justicia ni prevaricación en la decisión de Interior

3 junio, 2020 20:56

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El titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, Juan Javier Pérez, ha inadmitido a trámite la querella interpuesta por Vox contra el secretario de Estado de Interior, Rafael Pérez, y la directora de la Guardia Civil, María Gámez, por el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Benemérita en Madrid.

El magistrado descarta la existencia de los delitos de obstrucción a la Justicia y prevaricación denunciados por Vox. El partido ha anunciado que recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid el rechazo de la querella.

En ella, la formación de Abascal sostenía que la destitución de Pérez de los Cobos no se debió a una cuestión de pérdida de confianza, como afirma el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, sino a que el coronel se negó a recabar de sus subordinados datos sobre un informe que acaban de presentar, como agentes de Policía Judicial, a la jueza Carmen Rodríguez-Medel, tal como le pedían sus superiores.

Rodríguez-Medel tiene abiertas unas diligencias contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por un supuesto delito de prevaricación consistente en no haber prohibido la manifestación del 8-M, además de otras concentración y actos multitudinarios permitidos en los primeros días de marzo pese a la expansión del Covid-19.

El instructor ha tenido clara la falta de relevancia penal de los hechos denunciados por Vox y ha inadmitido la querella sin necesidad de pedir la opinión del fiscal.

El magistrado considera que no puede existir un delito de obstrucción a la Justicia del artículo 464 del Código Penal, que castiga con prisión de uno a cuatro años a quien, con intimidación, intente "influir directa o indirectamente en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento para que modifique su actuación procesal".

Fuentes jurídicas han señalado que este precepto es inaplicable a los hechos porque el coronel Pérez de los Cobos no es ni denunciante ni parte ni perito ni interviene de forma alguna en las diligencias que tramita la jueza Rodríguez-Medel, por lo que sus superiores políticos no pudieron modificar una actuación procesal que, en el caso del exjefe de la Comandancia de Madrid, es inexistente.

El juez tampoco aprecia indicios de prevaricación en el cese propuesto por Gámez y acordado formalmente por el secretario de Estado, ya que Pérez de los Cobos ocupaba un cargo de designación discrecional.