Agente de la Policía Nacional en funciones de vigilancia durante la pandemia./

Agente de la Policía Nacional en funciones de vigilancia durante la pandemia./ Efe

Tribunales

Los sindicatos de Policía fracasan en la Audiencia, que avala el "ingente esfuerzo" de Interior

El Ministerio informa a los jueces de que las actuaciones para conseguir equipos de protección empezaron el 25 de enero.

7 abril, 2020 14:46

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado las medidas cautelares solicitadas el pasado 31 de marzo por tres sindicatos de Policía para que el Ministerio del Interior proveyera con carácter "urgente e inmediato" a los agentes de Equipos de Protección Individual (EPIs) frente al Covid-19 y que les dotara de los test de detección de la enfermedad.

En tres resoluciones en las que no constan votos discrepantes, los magistrados rechazan la pretensión de la Confederación Española de Policía, el Sindicato Unificado de Policía y la Unión Federal del Policía, que habían solicitado la adopción de la medida cautelar sin escuchar a la parte contraria (Interior), pero la Sala consideró que se debían estudiar los argumentos del Ministerio que, a través de la Abogacía del Estado, se opuso a la adopción de las medidas.

"Siendo un hecho notorio la insuficiencia de medios, la cuestión jurídica no es la existencia de dicha carencia, que nadie niega, sino si existe una inactividad antijurídica por parte de la Administración", dice la Audiencia Nacional parafraseando al Tribunal Supremo.

La Sala de lo Social, que subraya el “esencial y valioso servicio” que los agentes están prestando a la ciudadanía “en una situación particularmente difícil”, destaca en uno de los autos -el referido a la petición de la UFP- el "ingente esfuerzo" de la Dirección General de la Policía para acopiar el material necesario para la protección de los agentes.

Primeras gestiones

Los autos repasan las actuaciones adoptadas por el Ministerio del Interior de acuerdo con la documentación aportada por la Abogacía del Estado.

Según esa documentación, el Ministerio empezó el 25 de enero los contactos con empresas suministradoras mascarillas y gel hidroalcohólico. Tres días después recibió los primeros presupuestos y el 30 de enero acordó las primeras compras de mascarillas.

Por resolución del director general de la Policía de fecha 27 de febrero se declaró de emergencia la contratación de diversos suministros de protección para el personal de la Policía Nacional por un importe máximo de 300.000 euros, que se amplió dos veces: el 12 de marzo por un importe adicional máximo de 700.000 euros y el 25 de marzo por 500.000 euros más.

En las resoluciones del director general se autorizaba la adquisición de medios de protección individualizada para el personal del Policía Nacional (mascarillas de protección, guantes de protección, gafas protectoras, buzos desechables, envases de gel hidroalcohólico, pulverizadores desinfectantes para vehículos y otras superficies, servicios de desinfección y retirada de residuos).

Según Interior, a fecha de 1 de abril pasado se habían adquirido 625.520 mascarillas, 10.150 gafas, 691.000 guantes, 1.700 buzos, 72.983 unidades de gel y 744 unidades de jabón. Además, se recibieron de organismos públicos o donaciones de empresas, 661.130 mascarillas quirúrgicas, 82.990 mascarillas, 429.000 guantes y 3.852 unidades de gel. 

"Imposible de cumplir"

La Sala explica, siendo un hecho absolutamente notorio la escasez de equipos de protección individual para todos los colectivos sujetos a riesgo de contagio, la eventual estimación de la solicitud de medidas cautelares no tendría la utilidad inmediata a la que legalmente deben estar orientadas ya que “carecería de ejecutividad al convertirse en una 'obligación de hacer' imposible de cumplir en estos momentos” .

En este sentido, la Audiencia considera que la falta de equipos “es un problema muy serio que en este momento desborda con mucho a la Administración demandada e incluso al país” y añade que “ha quedado acreditado que la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad considera que los centros sanitarios ostentan una necesidad de suministro prioritario y/o preferente de EPIs, y se ha probado, igualmente, la sucesión de actuaciones del Ministerio del Interior para intentar conseguir medios para los integrantes del Cuerpo de Policía Nacional, sin que este cauce procesal sea el idóneo para reprochar las circunstancias de escasez y pedir las responsabilidades oportunas”.

“Unas medidas cautelares como las solicitadas nada aportarían en este escenario, porque el Ministerio ya ha dispuesto la entrega de equipos y el cumplimiento de la normativa preventiva, y no cesa en sus actuaciones para intentar conseguir los medios necesarios y hacer efectiva dicha entrega”, afirman los magistrados.

Respecto a otra de las medidas solicitadas, consistente en requerir a la Administración que proceda a evaluar individualizadamente los riesgos que por circunstancias personales asumen quienes prestan funciones durante la pandemia, la Audiencia considera que no se ha dirigido dicha petición previamente al Ministerio el Interior.

Pese a ello, señala que, aun sin pronunciarse sobre la pertinencia de dicha medida, ello llevaría bastante tiempo “alejándose de la inmediatez inherente a lo que procede resolver mediante el cauce procesal que nos ocupa y sin que alcancemos a identificar con claridad qué es exactamente los que se desea asegurar de modo anticipado a la sustanciación ordinaria del procedimiento”.