La secretaria general del PSOE-A y candidata a la Presidencia de la Junta, María Jesús Montero, en uno de los actos de las elecciones de este domingo.

La secretaria general del PSOE-A y candidata a la Presidencia de la Junta, María Jesús Montero, en uno de los actos de las elecciones de este domingo. Europa Press

Política

El cribado de cáncer se vuelve contra Montero: condenan con una muerte al SAS cuando ella estaba en el Gobierno andaluz

La evolución del cáncer de una paciente hasta convertirse en metastásico “podría haberse evitado” si no se hubiera omitido una prueba diagnóstica.

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El Servicio Andaluz de Salud ha sido condenado por omitir una prueba diagnóstica recomendada, lo que retrasó el diagnóstico de un cáncer de mama y disminuyó las posibilidades de supervivencia de una paciente.

La paciente, con antecedentes familiares de alto riesgo, fue diagnosticada erróneamente como benigna en varias revisiones, cuando María Jesús Montero era consejera de Salud.

La sentencia considera que la muerte podría haberse evitado si se hubieran realizado mamografías anuales y una mejor coordinación entre servicios sanitarios.

El SAS deberá indemnizar con 178.000 euros a la familia de la fallecida por la falta de pruebas y la deficiente información sobre el seguimiento clínico.

La exministra y candidata socialista a la Junta de Andalucía, María Jesús Montero, ha hecho de los problemas en los cribados del cáncer de mama uno de los ejes de su campaña electoral para arrebatar el Gobierno a Juanma Moreno.

Sin embargo, también hubo fallos en el programa de detección precoz de esta enfermedad mientras ella formaba parte del gobierno socialista.

Según adelanta ABC, la Justicia ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por la "omisión de una pruebas diagnóstica recomendada médicamente" a una paciente que originó un retraso en el diagnóstico de su cáncer de mama que "disminuyó las posibilidades de supervivencia".

Una sentencia de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Primera Instancia de Sevilla, dictada el pasado 8 de mayo y notificada este martes a las partes, consultada por este periódico, concluye que la evolución del cáncer de la afectada hasta convertirse en metastásico “podría haberse evitado”.

La odisea de la afectada

El caso afecta a una mujer de 54 años que en junio de 2011 fue diagnosticada en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla con resultados benignos en ambas mamas -clasificados como Birads 1 y Birads 2-, cuando María Jesús Montero ocupaba la Consejería de Salud.

La paciente acudió en siete ocasiones a consultas oncológicas del hospital mientras Montero era consejera de Salud con el expresidente José Antonio Griñán.

Pese a contar con antecedentes familiares de alto riesgo -una hermana fallecida por cáncer de mama y varios casos más en su entorno familiar-, los especialistas le recomendaron repetidamente volver al año siguiente para revisión.

En junio de 2014, cuando Montero ya era consejera de Hacienda de Susana Díaz, volvió a confirmarse un diagnóstico benigno.

Meses después, recibió una carta en su domicilio indicando que no existían imágenes sospechosas de malignidad y recordándole que debía repetir la prueba cada dos años.

Sin embargo, la mujer continuó sufriendo dolores lumbares y cervicales persistentes. En octubre de 2015 se registraron ya dolores crónicos de larga evolución.

El 9 de abril de 2016 acudió a Urgencias del Hospital Virgen Macarena y fue dada de alta ese mismo día tras ser diagnosticada de dorsalgia, lumbalgia y espondiloartrosis.

Dos días después regresó al hospital debido al agravamiento del dolor y fue trasladada al Hospital Virgen del Rocío. Allí, un TAC torácico y abdominal realizado el 15 de abril reveló signos compatibles con un cáncer de mama derecho con metástasis óseas vertebrales y costales.

Posteriormente se le practicó una biopsia y comenzó tratamiento radioterápico. Tras recibir el alta con cuidados paliativos domiciliarios, su estado físico y psicológico empeoró progresivamente hasta su fallecimiento el 19 de noviembre de 2016.

Una muerte "evitable"

La sentencia subraya que, después de la mamografía incluida en el programa de detección precoz, no se realizó ninguna otra prueba hasta abril de 2016, cuando el cáncer ya se había extendido.

Además, el tribunal considera acreditado que la paciente pertenecía a un grupo de alto riesgo y que, en su caso, la recomendación médica adecuada era realizar mamografías anuales y no bianuales.

El fallo también destaca la falta de coordinación entre los distintos servicios sanitarios. Según recoge la resolución, no consta en la historia clínica que la paciente fuese informada de que dejaría de ser supervisada por la Unidad de Cirugía de Mama del Hospital Virgen Macarena para pasar a seguimiento únicamente desde Atención Primaria en los años intermedios del programa de cribado.

El Tribunal concluye que, de haberse explicado correctamente a la paciente cómo funcionaba el programa de detección precoz y la conveniencia de complementarlo con revisiones mamográficas más frecuentes en los años alternos, habría existido la posibilidad de detectar el tumor de forma anticipada.

Según la sentencia, ello podría haber evitado que la enfermedad evolucionara hasta una fase metastásica que terminó causando el fallecimiento de esta mujer, cuya defensa la ejerció el abogado Eduardo Cadenas Basoa.

Asimismo, la resolución judicial sostiene que la ausencia de una prueba diagnóstica considerada médicamente necesaria provocó un retraso en la detección del cáncer, reduciendo así las opciones de supervivencia de la paciente.

Por todo ello, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha condenado al Servicio Andaluz de Salud a abonar una indemnización de 178.000 euros a la familia de la fallecida.