Un ciudadano depositando su voto.

Un ciudadano depositando su voto. EFE

Política

¿Cuántos sobres hay para votar en las elecciones del 28-M y para qué sirve cada una de las papeletas?

Para este 28 de mayo hay diferentes sobres de distinto color en función del tipo de elección que se vaya a realizar. Aquí te lo contamos.

28 mayo, 2023 10:34

Este 28 de mayo, España se enfrenta a las elecciones autonómicas y municipales que decidirán las nuevas figuras políticas de cada comunidad y que, a su vez, tantearán el camino de las generales de diciembre de este año, con Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo a la cabeza. 

Las urnas están abiertas desde las 9:00 de la mañana de este domingo y se cerrarán a las 20:00 horas. Más de 36 millones de personas han sido llamadas para ejercer su derecho de voto en las elecciones. Las comunidades de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Ceuta y Melilla, Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Navarra, La Rioja y Región de Murcia elegirán hoy a sus representantes. 

Este día, los ciudadanos ya deben tener listas sus papeletas y deberán llevar una o varias, dependiendo del lugar de residencia. Te explicamos cuántos sobres debes llevar y para qué sirve cada uno.

Las papeletas de color blanco se asignan a las figuras políticas municipales de cada municipio de España. Los sobres de color sepia son para los líderes autonómicos, es decir, de Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, La Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Comunidad de Madrid y en Ceuta y Melilla.

Sin embargo, hay otras comunidades que, pese a no celebrar las elecciones autonómicas, sí ofician otro tipo de votaciones, como la de los consejos y la de las pedanías.

En las Islas Canarias, sus ciudadanos también deberán elegir a los representantes de los cabildos, los órganos de administración de cada isla. Estos sobres son de color verde.

Este mismo color se adjudica a la papeleta de los concejos de Navarra y a las pedanías de todo el país.

Por otro lado, en las Islas Baleares se ha asignado otro color para las instituciones que gobiernan las islas: el gris o el azul claro.

¿Cómo puedo votar en el colegio electoral?

Las puertas de los colegios electorales se han abierto a las 9:00 horas, por lo que cualquier ciudadano mayor de edad ya puede acudir al establecimiento que figure en su censo electoral.

Primero debe comprobar el lugar que le ha sido asignado, así como la sección y la mesa en la que debe votar. Después, debe acudir a su mesa e identificarse con un documento identificativo, como el DNI, y finalmente podrá depositar su voto en la urna. 

¿Cuánto pagan por estar en la mesa electoral?

La compensación económica que se recibe por formar parte de una mesa electoral tiene el fin de cubrir las dietas de los ciudadanos implicados. Hasta entonces, cada ciudadano que hubiera sido elegido para formar parte de una mesa electoral recibía 65 euros, sin embargo, para estas elecciones del 28-M la cifra será aún mayor.

Si eres una de las personas escogidas por sorteo para constituir una mesa electoral del 28 de mayo, cobrarás 70 euros, cinco euros más que en años anteriores, independientemente de las horas que se desempeñen durante la jornada. El Gobierno ha aclarado que ese dinero es por jornada y no por elecciones celebradas, es decir, que se percibirá la misma cantidad económica con independencia del número de procesos electorales que se celebren ese día.

¿Qué pasa si no me presento?

Todo ciudadano que haya sido elegido para integrar una mesa de un colegio electoral tiene la obligación de acudir a las elecciones autonómicas y municipales. Solo por causas justificadas y con previo aviso podrá librarse de ser uno de los miembros.

Si por el contrario, decide no acudir sin ningún tipo de justificación, estaría cometiendo un delito. El artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que sería un delito "por abandono o incumplimiento en las mesas", el cual sería castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de 6 a 24 meses.