Lina Smith

Política PARLAMENTO EUROPEO (II)

La UE insta a cambiar la ley para que no prescriban jamás los 379 crímenes de ETA sin resolver

El borrador del informe de la delegación del Parlamento Europeo reclama que España considere todo crimen terrorista como de "lesa humanidad".

12 febrero, 2022 04:33

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La misión de cuatro diputados enviada a España por el Parlamento Europeo los pasados 3, 4 y 5 de noviembre ya cuenta con un borrador preliminar de su informe sobre la "visita informativa en relación con los 379 asesinatos aún sin resolver cometidos por la banda terrorista ETA". EL ESPAÑOL ha tenido acceso a este documento, muy crítico con "la falta de justicia" para las víctimas.

El dictamen, de 39 páginas y redactado en inglés, insta al Gobierno de Pedro Sánchez a considerar las acciones del grupo terrorista como "crímenes de lesa humanidad" y, si es necesario, cambiar el Código Penal para evitar que los 379 crímenes de ETA todavía sin resolver prescriban jamás.

Así se podría reimpulsar la investigación de casos ahora congelados, sin la espada de Damocles que suponen los plazos de prescripción de cada delito. O incluso expedientes ya cerrados precisamente por esa caducidad podrían ser reabiertos al pasar a incluir el terrorismo como uno de los ámbitos imprescriptibles.

Por otro lado, esta interpretación de la ley vigente o incluso "su reforma", tal como sugiere el dictamen, abriría la puerta a la persecución de los responsables indirectos. Es decir, a que ningún crimen quedara sin culpable, se conozca o no al autor material. Siempre habría un responsable previo, intelectual o jerárquico, al que imputar la responsabilidad penal del asesinato, el secuestro o la extorsión: la cúpula de ETA en el momento de perpetrarse el crimen.

La delegación de la Eurocámara estaba formada por un representante de los cuatro principales grupos: la popular francesa Agnès Evren; el socialista maltés Alex Agius Saliba; el liberal rumano Vlad Gheorghe; y el conservador polaco Kosma Złotowski.

"Conforme al derecho internacional"

Una de las recomendaciones del texto para "acciones a nivel nacional" es que "las instituciones competentes agoten las posibilidades interpretativas del derecho penal, incluido el posible reconocimiento de los delitos terroristas de ETA como crímenes de lesa humanidad".

Lo cierto es que España no se adhirió al derecho internacional en este aspecto hasta la promulgación de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que no entró en vigor hasta casi un año después, el 1 de octubre de 2004. 

Atentado del Puente de Vallecas, ocurrido el 11 de diciembre de 1995.

Atentado del Puente de Vallecas, ocurrido el 11 de diciembre de 1995. Covite

Por eso, el dictamen preliminar del Parlamento Europeo insiste en que España, como estado, haga lo posible para que los crímenes terroristas de ETA, "incluso anteriores a 2004" entren en esta definición. Así, pasarían a ser "considerados no prescriptibles ni amnistiables".

De hecho, los eurodiputados recuerdan en el documento que "ya se han presentado varias iniciativas para modificar el Código Penal para que el principio de legalidad se interprete de conformidad con el derecho internacional".

Interpretación a favor del reo

Pero la realidad es que la redacción actual del Código Penal, tras su reforma para incluir los crímenes de lesa humanidad, ampara esa interpretación más laxa y a favor del reo, que deja fuera el terrorismo etarra

Según el texto vigente en la actualidad, "se considerará delito de lesa humanidad" las ofensas penales "por razón de la pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional".

Es decir, que la carga de la prueba no está en el ofensor, sino en el ofendido y en su pertenencia a un colectivo concreto. Con la estrategia explícita de "socializar el sufrimiento" de ETA, en 1994, y sus atentados indiscriminados antes y después, no ha sido posible esa interpretación jurídica.

"Derechos de la víctima olvidados"

Así lo admite, de hecho, el director de Seguridad y Justicia de la Oficina del Defensor del Pueblo, Andrés Jiménez Rodríguez, durante su entrevista del 5 de noviembre ante la delegación. Jiménez apunta que "lo que falta es el agotamiento de las posibilidades interpretativas del derecho penal".

En su interpretación, "el derecho penal ha ido construyendo salvaguardias a lo largo de la historia en beneficio del imputado, pero [...] los legisladores se dan cuenta de que la víctima y sus derechos han sido olvidados".

Por eso mismo, las recomendaciones del dictamen preliminar instan también al Gobierno de España a que se "agoten las posibilidades interpretativas" del artículo 28 del Código Penal en lo referido a "la autoría indirecta" para que los miembros de la dirección de ETA "en el momento en que se cometieron los diversos atentados no resueltos pueden ser procesados como instigadores y responsables de la orden".

De la misma opinión es el jefe de Información de la Guardia Civil, Valentín Díaz Blanco. Durante su entrevista, en la mañana del 4 de noviembre de 2021, el general lamenta el corto "plazo de prescripción de los ataques con resultado de muerte", que es de 20 años en España. Y por eso menciona, como recoge el documento, un "cambio legislativo que reconoce los crímenes de lesa humanidad, para incluir los ataques terroristas".

Es lo que se ha dado en llamar, "justicia restaurativa". Pero el mismo asesor del Defensor del Pueblo admitía que es doctrina en el ordenamiento jurídico español una interpretación más restrictiva. Y que "la teoría de un perpetrador indirecto es extremadamente difícil de aplicar, especialmente a una organización terrorista jerarquizada" como ETA. 

Cómo hacerlo

Junto a los cuatro eurodiputados extranjeros, compartieron visita y entrevistas con todas las fundaciones públicas y privadas, las autoridades policiales, judiciales, administrativas y fiscales -además de con las víctimas del terrorismo agrupadas en distintas asociaciones-, cuatro representantes españoles. 

Además de las impulsoras principales, la eurodiputada de Ciudadanos Maite Pagazaurtundua y la actual presidenta de la Comisión de Peticiones de la Eurocámara (PETI), la popular Dolors Montserrat, formaron parte de la delegación como "miembros de oficio" la socialista Cristina Maestre y el portavoz de Vox, Jorge Buxadé.

Jorge Buxadé (Vox-Esp), Vlad Gheorghe (Ren-Rum), Maite Pagaza (Cs-Esp), Alex Agius Saliba (S&D-Mal), Agnès Evren (EPP-Fra), Cristina Maestre (PSOE-Esp), Dolors Montserrat (PP-Esp) y Kosma Złotowski (ECR-Pol).

Jorge Buxadé (Vox-Esp), Vlad Gheorghe (Ren-Rum), Maite Pagaza (Cs-Esp), Alex Agius Saliba (S&D-Mal), Agnès Evren (EPP-Fra), Cristina Maestre (PSOE-Esp), Dolors Montserrat (PP-Esp) y Kosma Złotowski (ECR-Pol). EP

El eurodiputado rumano Gheorghe, del grupo de los liberales Renew, preguntó si, como magistrados, consideran que se puede mejorar la legislación española para que el sistema judicial funcione mejor y más eficientemente. Y por su parte, la eurodiputada socialista Maestre planteó los "posibles fallos del Estado y de las normas del Estado de derecho".

Así, el magistrado de la Audiencia Nacional Juan Pablo González-Herrero opina lo contrario. En su entrevista, del mismo día, explica cómo tuvo un papel fundamental para determinar si los atentados de ETA, a partir del 1 de octubre de 2004, podían ser considerados como crímenes de lesa humanidad.

En sendos autos del 9 de julio y del 27 de octubre de 2015 -en los que se acusaba a cinco miembros de la cúpula de ETA-, González-Herrero concluyó que "es posible sustentar la constatación de la existencia de un crimen contra la humanidad en el marco del Código Penal español".

Ello se debe a que, en el caso de los delitos de ETA, "los homicidios y traslados forzosos" se cometieron "como parte de un ataque generalizado contra toda o parte de la población civil".

Y él interpreta que estos elementos o circunstancias "concurren prima facie" en los crímenes etarras, "ya que los hechos delictivos se cometen como parte de un ataque sistemático contra una parte de la población civil". Y que ésta está "formada por grupos que son perseguidos por razones políticas e ideológicas, cuya eliminación o expulsión del territorio mediante la coacción o el terror son consideradas por la organización como estratégicamente necesarias para el logro de sus objetivos políticos".

Aun así, el magistrado admite que "esto no parece posible, a día de hoy, para atentados cometidos antes del 1 de octubre de 2004, debido al principio de no retroactividad de la ley penal", dada la fecha en la que España reconoció el delito de lesa humanidad.

En cuanto a la cuestión de la autoría indirecta por control de la organización, el juez parece no ver necesaria una reforma del Código Penal. Según precisó, "en la jurisprudencia española aún no se ha aplicado a los máximos dirigentes de ETA", pero concluyó que "en este caso se dan las condiciones necesarias" para aplicarla.

En su opinión, lo acreditaría "la existencia de una relación efectiva de jerarquía/subordinación en la que el autor indirecto ejerce el poder de mando, la fungibilidad del perpetrador inmediato a disposición de la organización, y la disponibilidad de un gran número de perpetradores [...] que se limitarán a cumplir las órdenes recibidas".

Dignidad y Justicia

La delegación atendía una demanda de la asociación Dignidad y Justicia, cinco años después de ser presentada por uno de sus representantes, el abogado Miguel Ángel Rodríguez Arias.

En su petición (n° 1525/2016), tal como recoge el informe en sus primeras páginas, "el peticionario alega que en España aún quedan 379 asesinatos sin resolver perpetrados por la banda terrorista ETA". El borrador del dictamen destaca que "esto significaría que casi la mitad (más precisamente el 44%) de los asesinatos perpetrados por ETA no han tenido justicia".

Sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia).

Sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia). ADP

El peticionario reclamaba al Parlamento que pidiera al Gobierno español una explicación satisfactoria de por qué hay tantos asesinatos sin resolver perpetrados por ETA. Y solicitaba además a la Eurocámara que formulara recomendaciones al Ejecutivo de Pedro Sánchez instando a las autoridades a tomar todas las medidas que sean necesarias para investigar, enjuiciar, imponer las sanciones apropiadas y para proporcionar verdad y reparación, de conformidad con los estándares internacionales.

En sus comentarios a las entrevistas y diálogos mantenidos con las instituciones con las que se citó la delegación, el eurodiputado polaco Złotowski se apoya en los siguientes argumentos: "No se trata sólo de la víctima del terrorista, sino también de la nación y la sociedad como víctimas".

Y por eso reclama la persecución de todas las ofensas a las víctimas, y lamenta que "cambiar las tornas [como] la forma más efectiva de lograr la paz nacional" es un error "muy típica de las fuerzas de izquierda". Relajar la voluntad política una vez que la banda terrorista dejó de matar en 2011 -etapa en la que solamente "se han producido 11 detenciones relacionadas con delitos de ETA", tal como recoge el informe- "no es eficaz porque no conduce a un resultado positivo".

A la espera de oficializar el dictamen, los eurodiputados siguen trabajando en el informe, que incluye una serie de 28 "acciones recomendadas a las instituciones europeas". Y finalmente, asume la solicitud de que se informe a Dignidad y Justicia de cualquier avance en la investigación, al tiempo que deja abierta la puerta a nuevas iniciativas ante el Gobierno de España, ya que establece que los trabajos de la misión "permanecerán abiertos".