Oriol Junqueras, presidente de ERC, en una de sus salidas de prisión.

Oriol Junqueras, presidente de ERC, en una de sus salidas de prisión. Europa Press

Política

El TJUE rechaza por cuarta vez un recurso de Junqueras para ser eurodiputado

Da la razón al presidente de la Eurocámara, David Sassoli, que rechazó adoptar medidas para reconocer su inmunidad.

20 enero, 2021 20:24
Bruselas

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Es la cuarta vez en poco más de un año que la justicia europea rechaza un recurso del líder de Esquerra Republicana de Catalunya, Oriol Junqueras, para recuperar su escaño de eurodiputado con su correspondiente inmunidad. El Tribunal General de la UE (TJUE) ha declarado este miércoles inadmisible la denuncia de ERC contra el presidente de la Eurocámara, David Sassoli, por no haber adoptado medidas urgentes para confirmar su inmunidad.

El litigio en cuestión se remonta a julio de 2019, cuando la Eurocámara inauguró la legislatura tras las elecciones europeas celebradas en mayo de ese año. Junqueras, candidato electo, no asistió a esa primera sesión. Al estar en prisión provisional por su papel en el procés y no habérsele concedido permiso para acatar la Constitución, su escaño fue declarado vacante por la Junta Electoral Central

El 4 de julio, la eurodiputada de ERC Diana Riba pidió a Sassoli que adoptara medidas urgentes para confirmar la inmunidad de Junqueras. El presidente de la Eurocámara denegó la solicitud argumentando que el líder de ERC no tenía en ese momento la condición de diputado europeo. La obtuvo gracias a una polémica sentencia del TJUE de diciembre de 2019, pero la perdió de inmediato por haber sido condenado a trece años de prisión e inhabilitación por sedición y malversación.

En un auto publicado este miércoles, el Tribunal General declara inadmisible el recurso de Junqueras y le da la razón a Sassoli. "El presidente del Parlamento no está obligado en modo alguno a adoptar la iniciativa de confirmar la inmunidad de un diputado europeo y dispone de una facultad discrecional a este respecto, incluso cuando el diputado esté detenido o vea restringida su libertad de movimiento", señala el auto.

Sassoli tampoco podía adoptar una medida con efectos jurídicos obligatorios frente a las autoridades españolas. "Por consiguiente, debe desestimarse la alegación del señor Junqueras i Vies según la cual una iniciativa en este sentido habría tenido por efecto obligar a las autoridades españolas a tomar nota de su obligación de respetar las inmunidades de que, en su opinión, disfrutaba como diputado europeo", prosigue el escrito.

Por todo ello, el TJUE concluye que la decisión del presidente de la Eurocámara "no constituye un acto impugnable", ya que "no produjo efectos jurídicos obligatorios que pudieran afectar a los intereses del señor Junqueras i Vies, modificando de forma esencial su situación jurídica".

La justicia europea ya ha rechazado tanto en primera como en segunda instancia las medidas cautelares solicitadas por el dirigente de ERC para ser puesto en libertad y recuperar su escaño de eurodiputado. En una tercera resolución publicada el pasado diciembre, el Tribunal General sostiene que Sassoli actuó correctamente al declarar vacante el escaño de Junqueras por haber sido condenado en firme en España por sedición y malversación. La de este miércoles es la cuarta decisión contraria al líder independentista.