La reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI) ha sido aprobada este 5 de mayo de 2026.

La reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI) ha sido aprobada este 5 de mayo de 2026. iStock

Historias

La reforma de la LOPIVI blinda a la infancia y veta el síndrome de alienación parental: podrán declarar sin importar la edad

La ampliación de la ley de protección a la infancia refuerza su derecho de ser escuchados, facilita el acceso a atención psicológica y frena la revictimización.

Más información: Al 95,9% de las menores le preocupan los abusos sexuales en la infancia, según UNICEF

Publicada

Los procesos de Juana Rivas, Karen Gutiérrez o Rocío Carrasco han colocado en el centro del debate judicial y social el denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP).

En todos ellos, de una forma u otra, se alegó que el rechazo de los menores hacia uno de los progenitores no respondía a expresiones reales, sino a una supuesta manipulación ejercida por el progenitor en contextos de separaciones conflictivas o disputas por la custodia.

El caso de Juana Rivas fue uno de los más pragmáticos. La justicia italiana llegó a sostener en informes y resoluciones que el hijo estaba "alienado" por la madre, utilizando esa idea para poner en duda el relato de los menores y restar credibilidad a las acusaciones contra el padre.

Ahora, el Gobierno quiere cerrar definitivamente la puerta a este tipo de planteamientos.

La reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), aprobada en primera vuelta por el Consejo de Ministros el pasado 5 de mayo, prohíbe expresamente el SAP y cualquier reformulación pseudocientífica similar, al tiempo que refuerza el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados en todos los procedimientos, independientemente de su edad.

La modificación, impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia, también permitirá acceder a atención psicológica o jurídica con la autorización de un único progenitor y obligará a justificar de forma expresa cómo se aplica el interés superior del menor en cada resolución judicial o administrativa.

"Durante años se ha dudado de la palabra de niños, niñas y adolescentes y se ha criminalizado a las madres protectoras", afirmó la ministra de esta cartera, Sira Rego, tras la aprobación del anteproyecto. "Un maltratador no es un buen padre", subrayó al presentar una reforma que, según defendió, busca "garantizar entornos libres de violencia".

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros la ampliación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia.

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros la ampliación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia. Alejandro Martínez Vélez Europa Press

La adaptación normativa llega cinco años después de la entrada en vigor de la LOPIVI aprobada en 2021 con la intención de combatir todas las formas de violencia contra la infancia.

De hecho, en el Congreso, la exministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, llegó a referirse expresamente a ella como 'ley Rhodes', por el papel del pianista, escritor y filántropo británico nacionalizado español James Rhodes. Pues, tras sufrir abusos sexuales en su infancia, se convirtió en una de las voces más visibles en su impulso público, participando activamente en la campaña para aprobarla.

Desde entonces, organizaciones especializadas reconocen avances, aunque advierten de que gran parte del reto sigue estando en la aplicación práctica de la norma.

Escuchar a los menores

"Lo que incorpora esta reforma es que se tiene que explicitar en base a qué criterios se está tomando una decisión para velar por ese interés superior", señala Lucía Losoviz, responsable de Incidencia Nacional de UNICEF España.

"Antes se decía simplemente que se tenía que tener en cuenta ese interés superior [principio respaldado por la Convención sobre los Derechos del Niño y el Comité de Derechos del Niño]; había que justificarlo, pero ahora se incorpora también la perspectiva del menor en esta toma de decisión", añade la portavoz de la organización.

Este cambio conecta directamente con otra de las grandes novedades de la reforma, y es que el derecho a ser escuchado deja de depender de la edad.

Hasta la fecha, la legislación situaba en los 12 años el umbral habitual para garantizar esa escucha en procedimientos judiciales o administrativos. Sin embargo, la nueva redacción elimina esa limitación y obliga a tener en cuenta su voz independientemente de la edad.

En cualquier caso, escuchar a un niño no consiste únicamente en preguntarle. La clave, insisten las organizaciones, está en cómo se produce esa escucha.

"Es importante que accedan a información de lo que están viviendo, del proceso en el que están participando, de una forma amigable y de acuerdo a esa madurez", sostiene Losoviz. "A veces no necesariamente hay que hablar; si son pequeños se pueden usar dibujos u otras herramientas para que puedan expresar esos sentimientos o emociones".

La reforma incorpora además medidas pensadas para reducir el impacto emocional de los procedimientos sobre menores víctimas de violencia. Entre ellas, la posibilidad de estar acompañados por una persona de confianza y elegir el sexo de quien les entreviste.

"Es fundamental que los menores, sobre todo los que han sufrido violencia sexual, se sientan en un entorno seguro y protector cuando tengan que contar la historia que han vivido", afirma el representante de UNICEF España.

"Poder elegir el sexo de la persona a quien tengan que contar todo lo que han vivido les puede aliviar en ese momento de estrés, generar cercanía, más confianza y más seguridad", añade Losoviz.

Evitar la revictimización

La reforma también busca combatir lo que las organizaciones denominan "revictimización institucional". Es decir, procesos judiciales que obligan a los menores a repetir su relato una y otra vez, comparecer en espacios hostiles o convivir con la presencia del agresor durante los procedimientos.

"Es esencial adaptar la justicia a la infancia para evitar que un niño, niña o adolescente que ha sufrido violencia se tenga que enfrentar a más violencia", explica Julia López, responsable de incidencia política e investigación de Plan Internacional.

En ese sentido, la experta describe situaciones en las que menores tienen que declarar múltiples veces, sin acompañamiento especializado y en procedimientos que se prolongan durante años.

Uno de los instrumentos para evitar esa revictimización son las pruebas preconstituidas o, en otras palabras, grabaciones de la declaración del menor que permiten evitar que tenga que repetir su testimonio en distintas fases del proceso judicial

Francesco Arcuri, el padre de los dos hijos de Juana Rivas, llega al punto de encuentro familiar acordado por la justicia para la recogida del menor de ellos, 22 de julio de 2025.

Francesco Arcuri, el padre de los dos hijos de Juana Rivas, llega al punto de encuentro familiar acordado por la justicia para la recogida del menor de ellos, 22 de julio de 2025. Antonio L Juárez Europa Press

Sin embargo, actualmente solo se aplican de forma generalizada hasta los 14 años y en personas con discapacidad. De ahí que UNICEF considere que ese límite deja fuera a una buena parte de la adolescencia.

"Entendemos que los niños y niñas lo son hasta que cumplen 18 años", defiende Losoviz. "La evidencia muestra que la prueba preconstituida es una forma de evitar la revictimización de estos menores, por lo que cuantos más años pueda abarcar, lo veríamos como una buena práctica".

Otra de las modificaciones consideradas clave permitirá que un menor víctima de violencia acceda a atención psicológica, social o asesoramiento jurídico con el consentimiento de un solo progenitor. Pues, hasta ahora, en muchos casos era necesaria la autorización de ambos, incluso en contextos de conflicto familiar o violencia.

"No se primaba el interés superior", sostiene Losoviz, que considera que la medida ayudará a "quitar barreras y obstáculos" para acceder a servicios de reparación y acompañamiento.

La reforma también incorpora la prohibición expresa del SAP, impidiendo que informes basados en este síndrome puedan utilizarse en procedimientos judiciales o administrativos.

Desigualdad territorial

Para Plan Internacional, este cambio es especialmente relevante en casos de violencia de género y custodia. "Es importante que la reforma busque prohibir expresamente el uso del síndrome de alienación parental o cualquier otro planteamiento que presuma manipulación adulta sin base científica", afirma Julia López.

Y es que la organización considera que este tipo de enfoques han contribuido históricamente a desacreditar el testimonio de menores y madres protectoras.

En cualquier caso, pese a los avances legislativos, las organizaciones advierten de que el gran desafío sigue siendo la implementación desigual de la ley de España. Pues, la protección de un menor, denuncian, todavía depende en gran medida del territorio en el que viva.

"Sigue habiendo diferencias en el ritmo con el que las comunidades autónomas están desarrollando y aplicando la LOPIVI", explica López.

Entre las medidas pendientes, señala la puesta en marcha efectiva de órganos judiciales especializados, protocolos sanitarios homogéneos y figuras como los coordinadores de bienestar en colegios o delegados de protección en actividades deportivas y de ocio.

También continúa pendiente el desarrollo del Registro Central de Información sobre Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, una herramienta considerada clave para conocer la dimensión real del problema.

"Sabemos que la violencia contra la infancia es un fenómeno mayoritariamente oculto, complejo de cuantificar y a menudo normalizado", recuerda la representante de Plan Internacional. Y es que sin un sistema unificado, añade, resulta mucho más difícil evaluar la evolución de la violencia o medir el impacto de las políticas públicas.

Mientras tanto, los datos oficiales siguen reflejando un incremento sostenido de las violencias contra menores. Y, aunque desde UNICEF advierten de que ese aumento no implica necesariamente que haya más casos, revela una mayor detección y concienciación social.

"Estamos preocupados por este incremento, y sabemos que lo que hay que trabajar es la prevención y hacer entornos más seguros y protectores", apunta Losoviz.

Las organizaciones coinciden en que el cambio normativo es solo el primer paso. Reclaman más presupuesto, formación especializada para jueces, policías, sanitarios y docentes, coordinación institucional y una transformación cultural profunda.

"Solo con recursos suficientes, formación para todos los profesionales que trabajan con infancia, coordinación entre todas las administraciones implicadas y un cambio social hacia una tolerancia cero con la violencia contra niños y niñas se podrá garantizar el derecho de la infancia a vivir una vida libre de violencia", concluye Julia López.