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Últimos días para pedir en Castilla-La Mancha las ayudas para hijos de mujeres víctimas mortales de violencia machista

28 diciembre, 2020 08:43

Este jueves, 31 de diciembre, termina el plazo para solicitar las ayudas económicas del Gobierno regional destinadas a las hijas e hijos de mujeres víctimas mortales de la violencia machista cuya última vecindad administrativa fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha.

Así consta en la página web del ejecutivo regional que, consultada por Europa Press, informa de que podrán solicitar la concesión o la renovación de la ayuda la persona que ejerza la representación legal, salvo que fuese el progenitor causante de la muerte, o quien ostente la guarda de hecho de las hijas y/o hijos menores.

En el caso de las personas beneficiarias serán menores de edad en situación de orfandad por homicidio o asesinato de su madre como consecuencia de la violencia de género.

Para poder percibir la ayuda económica, como requisito, la hija e hijo menor no habrá cumplido los 18 años. De igual modo, la persona solicitante y la persona beneficiaria de la ayuda tendrán su domicilio y residencia efectiva en Castilla-La Mancha o la última vecindad administrativa de la madre fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha.

La cuantía individual de la ayuda a menores de edad en situación de orfandad, por homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género, asciende por cada hija o hijo de la mujer víctima mortal a causa de la violencia de género, cuando el homicidio o asesinato haya sido cometido por el padre, a 4.000 euros anuales.

De igual modo, por cada hija o hijo de la mujer víctima mortal a causa de la violencia de género, cuando el homicidio o asesinato no haya sido cometido por el progenitor sino por el hombre con el que la madre hubiese mantenido una relación afectiva de pareja, con o sin convivencia, el Ejecutivo concederá una ayuda de 2.000 euros anuales.

Estas ayudas han de solicitarse, preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)

También podrá hacerse mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Familiares con grado de dependencia

El jueves también finaliza el plazo para solicitar las ayudas económicas del Gobierno regional destinadas a familiares en situación de dependencia de mujeres víctimas mortales de la violencia machista cuya última vecindad administrativa fuese en alguno de los municipios de Castilla-La Mancha.

Se podrán beneficiar de esta convocatoria, según informa el Gobierno regional en su página web y recoge Europa Press, los familiares en situación de dependencia que conviviesen en el mismo domicilio de la víctima, estando éste en Castilla-La Mancha.

De igual modo, la personas solicitante ha de ser familiar consanguíneo de la mujer víctima mortal y ha de tener reconocido alguno de los grados de dependencia establecidos en el artículo 26 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, entre otros requisitos.

La cuantía individual de la ayuda asciende a 4.000 euros por cada familiar de grado I en situación de dependencia, que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal; a 9.000 euros, por cada familiar en situación de dependencia que conviviese en el mismo domicilio que la mujer víctima mortal para el grado II. En el caso de grado III, la ayuda alcanzará los 15.000 euros.

La solicitud se presentará preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

También podrá solicitarse la ayuda mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.