Quique Pina, en su etapa como presidente del Granada CF.

Quique Pina, en su etapa como presidente del Granada CF. Granada CF

Fútbol

Quique Pina, expresidente del Granada, condenado a 2 años y medio de cárcel por defraudar más de 2,8 millones de euros

Además de las penas de cárcel, junto a su hermana -también condenada- deberán abonar la cantidad defraudada y afrontar multas que suman 1,4 M€.

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La Audiencia Nacional ha condenado a dos años y medio de prisión al expresidente del Granada CF Enrique 'Quique' Pina por cinco delitos fiscales.

El tribunal considera probado que dejó de pagar 2.858.215,20 euros en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) entre 2012 y 2016 al ocultar ingresos procedentes de su actividad en el fútbol.

Su hermana Elena Pina ha recibido la misma pena como cooperadora necesaria. La sentencia no es firme y puede recurrirse ante la Sala de Apelación.

qAdemás de las penas de cárcel, ambos deberán abonar de forma solidaria a la Agencia Tributaria la cantidad defraudada y afrontar multas que suman 1,4 millones de euros.

Los magistrados han aplicado a los dos la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido hasta la celebración del juicio. Según la resolución, Pina no presentó la declaración del IRPF correspondiente a ninguno de los ejercicios comprendidos entre 2012 y 2015.

La de 2016 la entregó en marzo de 2018, después de su detención y de los registros practicados en su domicilio y en sus empresas, con datos que el tribunal considera ajenos a sus ingresos reales.

La mayor cuota impagada corresponde a ese último ejercicio, con 1.051.149,73 euros. En los cuatro años anteriores, las cantidades oscilaron entre los 195.656,24 euros de 2013 y los 645.753,36 euros de 2014.

Presidente e intermediario

Pina presidió el Granada desde finales de 2009 hasta junio de 2016. Durante ese periodo también trabajó de forma habitual en la intermediación de contratos de futbolistas profesionales y en la gestión de clubes.

Para los jueces, los ingresos obtenidos por esas actividades y por su relación con el Granada debían figurar en sus declaraciones personales de la renta, en lugar de quedar canalizados a través de sociedades.

El tribunal sostiene que el exdirigente utilizó Calambur Intermediaciones y Quique Sport para ocultar esos rendimientos. Atribuye a Elena Pina un papel necesario en la operativa de Calambur: figuraba como administradora única, aunque, según la sentencia, su hermano controlaba las decisiones de la compañía y ella se ocupaba de tareas administrativas y contables. Esa estructura permitía que él no apareciera formalmente vinculado a la sociedad.

Quique Pina, en una imagen de archivo.

Quique Pina, en una imagen de archivo. EFE

La resolución señala que Calambur recibió ingresos derivados del trabajo de Pina y asumió gastos de carácter privado, entre ellos pagos relacionados con su vivienda, personal de un yate de recreo y compras efectuadas con tarjeta.

También estaban adscritos a la empresa tres vehículos de lujo y una embarcación de casi 24 metros. Ninguno de esos pagos se incorporó a sus declaraciones de IRPF como renta o retribución en especie, según el fallo.

Los magistrados dan por probado, además, que parte del precio de la embarcación se cubrió con 300.000 euros procedentes de una cuenta bancaria del Granada CF. El yate quedó a nombre de Calambur, aunque el tribunal identifica a Pina como su comprador.

La defensa sostuvo que la actividad profesional se desarrollaba para Calambur, sociedad que debía facturar por ella, y negó que Pina hubiera cobrado un salario del Granada. La Audiencia rechaza esa explicación y concluye que se trasladaron a la fiscalidad de las empresas rendimientos que correspondían al IRPF. Al describir el método empleado, la sentencia habla de "una cuidadosa estrategia" para mantener ocultos los ingresos reales del acusado.

El fallo también relaciona la ausencia de declaraciones personales con una deuda tributaria anterior, de unos tres millones de euros, vinculada a la etapa de Pina en el Ciudad de Murcia. Según los jueces, al evitar que constaran ingresos a su nombre buscaba impedir que la Agencia Tributaria pudiera embargarle bienes para cobrar aquella deuda.