Javier Tebas, presidente de LaLiga

Javier Tebas, presidente de LaLiga Diseño: Deportes / EP

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Nueva derrota legal de Tebas: la AN reconoce "la posición de superioridad" de la RFEF sobre LaLiga

La sentencia afirma que "es la RFEF la que coordina a la LFP en la organización de la competición", al ser la "cúspide" del fútbol español. Esta es la última victoria en materia de competencias del equipo jurídico de Rubiales. 

18 octubre, 2023 02:15

El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda impuesta por LaLiga contra la resolución del Consejo Superior de Deportes del pasado 7 de julio de 2022. Además, le ha impuesto a la patronal de Javier Tebas las costas del procedimiento. 

La sentencia reconoce "la superior posición institucional que ostenta la Real Federación Española de Fútbol con respecto a la Liga Nacional de Fútbol Profesional". El juez concluye que "la RFEF es la que coordina a la LaLiga en la organización de la competición y, por tanto, ostenta cierto poder decisorio al respecto y la facultad de limitar el ejercicio de la competencia organizativa". 

Esta es la última victoria del equipo legal de Luis Rubiales sobre Javier Tebas por las competencias en el fútbol. El magistrado afirma que no existe igualdad entre la RFEF y LaLiga, dado que "la primera ostenta una posición de superioridad sobre la segunda que incluye un cierto poder de dirección como órgano coordinador". Asimismo, dice que "la conclusión anterior es lógica" por "la posición institucional que ocupa la RFEF, como cúspide de la organización del fútbol español".

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LaLiga presentó una demanda contra el CSD por aprobar modificaciones en el Reglamento General con un informe negativo de la propia patronal presidida por Javier Tebas. El juez recuerda que dicho informe sólo es preceptivo "en modificaciones que afecten al marco de la competición", "pero no sobre aspectos organizativos o de disciplina deportiva".

Por tanto, este fallo refrenda el papel de la RFEF como máxima institución en la organización de las competiciones, incluidas las profesionales, y recuerda su rol de coordinador por el coordinado que tiene LaLiga.

El magistrado también establece en la sentencia que "no puede sostenerse que LaLiga ostente competencias exclusivas, pues su potestad organizativa estará siempre sujeta a la superior coordinación de la RFEF que, en palabras del propio Tribunal Supremo, implica un cierto poder de dirección y límites al ejercicio efectivo de las competencias de LaLiga".

En cuanto a labor de coordinación de la RFEF sobre LaLiga, concluye que "no puede darse por buena la premisa del demandante (LFP) acerca de que ella es la titular en exclusiva de la competencia de organización y que toda decisión al respecto le corresponde. Y ello, porque la RFEF conserva sus competencias de organización sin perjuicio de que en este caso se ejerzan en forma de coordinación". 

En respaldo de dicha tesis se cita a la sentencia del Tribunal Supremo del 19 de febrero de 2020 recaída en un asunto similar del baloncesto. 

Triunfos ante la Liga-F

De igual forma, otras dos resoluciones judiciales en el mes de septiembre han dado la razón a la RFEF en la Audiencia Nacional ante la Liga Femenina. El primero de ellos es un auto del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 11 tras el recurso de la Liga-F ante la resolución del CSD sobre las "Normas Reguladoras y Bases de la Competición de Primera División Femenina de Fútbol 2022/2023", que fueron aprobadas por la RFEF el 28 de junio de 2022.

Sin embargo, el 11 de septiembre de 2023 la Liga-F desistió del recurso, una vez ya se había tramitado todo el procedimiento. Es decir, la Liga Profesional de Fútbol Femenino sabía que iba a perder, por lo que trató de evitar pagar las costas. 

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La Audiencia Nacional se negó con rotundidad a ello, mediante el auto del 27 de septiembre de 2023 en el que reprocha el actuar procesal de la Liga-F y la condena a pagar las costas. En este escrito se considera esta decisión "necesaria para compensar el resto procesal del resto de las partes, habida cuenta de que el desistimiento se ha presentado justo en el momento en que su completa labor había ya finalizado".

La segunda de las resoluciones judiciales a favor de RFEF fue la sentencia del pasado 27 de septiembre, en la que al igual que en el caso de la demanda de LaLiga, la Audiencia Nacional reconoce la posición de superioridad del ente federativo. 

Las modificaciones del Reglamento General no obligan a tener un informe positivo de las ligas profesionales, ya que, según también esta sentencia, refrenda el rol organizador de la RFEF. Por tanto, el fallo judicial rechaza las tesis de LaLiga y de la Liga-F y apoya lo defendido por la Federación durante los últimos años de batalla judicial.