Salvador Illa, en rueda de prensa.

Salvador Illa, en rueda de prensa. E.E.

Fútbol LA LIGA

Salvador Illa confirma que el CSD regulará el acceso de público a los estadios esta temporada

El ministro de Sanidad ha anunciado en la rueda de prensa de este martes las condiciones para vuelta de los aficionados.

9 junio, 2020 13:47

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Salvador Illa ha respondido en rueda de prensa a la pregunta sobre cuándo y cómo será el regreso de los aficionados a las gradas de los estadios de fútbol una vez que La Liga haya comenzado. El ministro de Sanidad ha recalcado que la decisión será competencia del Consejo Superior de Deportes, una vez que se ha aprobado en el Consejo de Ministros ese artículo 15 del decreto que regulará el acceso de público a los espectáculos deportivos.

"La decisión de que haya público en los estadios de La Liga recaerá en el CSD, en coordinación con los organizadores, las Comunidades Autónomas y el ministerio de Sanidad", explicó Illa en la rueda de prensa. De esta forma, se confirma que será este ente, en coordinación con La Liga y el resto de organismos, los encargados de establecer cómo será este regreso de la afición a las gradas.

Este artículo 15 explica que "las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades y competiciones deportivas, de práctica individual o colectiva, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas establezcan".

Además, puntualiza la forma en la que se controlará. "En todo caso, se deberá asegurar que se adoptan las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, así como el debido control para evitar las aglomeraciones. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio", explica el artículo aprobado este martes por el Consejo de Ministros.

"En el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, la administración competente para la aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior será el Consejo Superior de Deportes, previa consulta al organizador de la competición, al Ministerio de Sanidad y a las Comunidades Autónomas. Las decisiones adoptadas por dicho órgano atenderán de manera prioritaria a las circunstancias sanitarias así como a la necesidad de proteger tanto a los deportistas como a los ciudadanos asistentes a las actividades y competiciones deportivas", puntualiza el documento.

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