Renueva tu carnet y no te quedes sin la posibilidad de conducir

Renueva tu carnet y no te quedes sin la posibilidad de conducir

¿Cómo hacer... ?

Cómo renovar el carnet de conducir de forma rápida

Renovar el carnet de conducir cuando caduca es obligatorio para poder circular por la vía pública. Te mostramos los pasos que debes seguir.

28 marzo, 2019 13:09

Como sucede con todos los carnet o permisos de conducir, todos tienen una fecha de caducidad. Cuando la fecha de caducidad está próxima, hay que renovarlo para poder seguir conduciendo los coches que tengamos. De lo contrario podríamos exponernos a unas infracciones económicas e incluso a la pérdida de puntos del carnet.

Hay que recordar que la vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido sus puntos. Además, debe mantener los requisitos exigidos para su otorgamiento. En caso de que los puntos del carnet hayan sido retirados por completo, el carnet no podrá utilizarse. El periodo de vigencia de las diferentes clases de permisos podría llegar a verse reducido en casos especiales. Esto sucede si en el tiempo de concesión o prórroga de su vigencia el titular padece una enfermedad o deficiencia.

¿Qué puede impedir la renovación del carnet de conducir?

Dentro de las diferentes causas que pueden llegar a impedir la renovación de los permisos de conducir, se encuentra:

  • La privación por resolución judicial del derecho a poder conducir vehículos a motor y ciclomotores.
  • La intervención. Es una medida cautelar o suspensión del permiso o licencia. No importa si se ha acordado vía judicial o administrativa.

Periodo de vigencia del carnet de conducir

  • El permiso de conducir de clase B cuenta con un periodo de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de esa edad, la vigencia es de 5 años.Los permisos de las clases C1, C1 + E, C + E, D1, D1 + E, D y D + E
  • Cinco años mientras el titular del carnet no cumpla los 65 años de edad.
  • A partir de los 65 años, el periodo de vigencia pasa a ser de solo tres años.

¿Cuándo puede solicitarse la renovación?

La solicitud de prórroga del carnet puede presentarse incluso tres meses antes de la fecha de la perdida de vigencia. Es importante recordar que adelantar la presentación de la solicitud no supone perder días de validez. La prórroga comenzará a contar desde la fecha en que la autorización que quiere renovarse pierde la vigencia.

Algunos trámites se pueden hacer en la web de la DGT, Dirección General de Tráfico, con las claves de acceso pertinentes. 

Si el periodo de vigencia ya ha finalizado, ¿qué sucede?

El titular del carnet cuya vigencia ya haya caducado, podrá conseguir una prórroga. Queda supeditado a la realización de unas pruebas de control de conocimiento, control de aptitudes y comportamientos.

Para solicitar de prórroga de vigencia puede hacerse en un centro médico autorizado o en la DGT Dirección General de Tráfico. La documentación necesaria requerida en un centro médico (no se necesita acudir a la Jefatura de Tráfico) es:

  • Acreditación de identidad y residencia:DNI o pasaporte original en vigor.
  • Autorización de residencia o Documento Nacional de Identidad de su país o Pasaporte. Además, debe ir acompañado del Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Esto es para extranjeros no comunitarios original en vigor.
  • Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios original en vigor.
  • Realizar una exploración médica para la remisión telemática del Informe de Aptitud Psicofísica.
  • Tasa IV.3

En el propio centro se realizará la fotografía y habrá que firmar la solicitud de la prórroga. La renovación también puede hacerse en la Jefatura Provincial de Tráfico. Para ello, se debe contar con la siguiente documentación:

  • Solicitud en impreso oficial. Está disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico.
  • Tasa IV.3
  • Informe de Aptitud Psicofísica telemático, comunicado al Registro de Conductores por un Centro de Reconocimiento de Conductores.
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Fotografía actualizada de 32 x 26 en color.
  • Talón-foto firmado. Este se puede obtener en todas las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.

Si se está en el extranjero y se quiere renovar el carnet, también es posible. Las solicitudes serán cursadas mediante las representaciones diplomáticas o consulares. Para ello, se requerirá la siguiente documentación:

  • Talón-foto correctamente cumplimentado y firmado, junto a una fotografía. El talón puede solicitarse en la representación diplomática o consular.
  • Copia del resguardo del pago de la Tasa IV.3. El pago puede hacerse efectivo a través de Internet.
  • Informe de aptitud psicofísica que será expedido por un medio del país en el que se encuentre el interesado. Debe ser visado por la Misión Diplomática u Oficina Consular de España en ese país. Tiene que estar acompañado por una fotografía reciente del solicitante y debe especificar la aptitud para la conducción.

Los gastos de la transferencia correrán a cuenta del interesado. En ella, debe constar el concepto de la misma así como: DNI, apellidos y nombre y tasa de renovación permiso de conducir. En este caso, las solicitudes deben ser cursadas mediante las diferentes representaciones diplomáticas o consulares en el país donde se encuentre el interesado o interesada.