Distintos envases de plástico para vender alimentos

Distintos envases de plástico para vender alimentos iStock

Actualidad gastronómica

Europa endurece las normas: en agosto entra en vigor en España la que prohíbe sustancias tóxicas en envases de comida

España, como miembro de la UE, tendrá que acatar una nueva normativa que evitará riesgos para la salud de los consumidores.

Más información: España endurece las normas: ya ha entrado en vigor la prohibición de vender refrescos y bollería en los colegios

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Si alguna vez te has preguntado qué sustancias químicas hay en el envoltorio de tu sándwich, en el cartón de la pizza que has pedido a domicilio o en el recipiente de la sanísima ensalada que has comprado ya preparada en el súper, estás a punto de tener una respuesta mucho más tranquilizadora.

La Unión Europea ya ha aprobado un reglamento que va a cambiar de arriba abajo las reglas del juego del envasado alimentario y su primer gran hito entra en vigor en España y en el resto de los países miembros el 12 de agosto de 2026.

A partir de ese día, los envases para comida que contengan determinadas sustancias tóxicas ya no se podrán vender en ningún país de la UE.

Hablamos del Reglamento (UE) 2025/40, aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 22 de enero de 2025.

Es una norma ambiciosa que no solo pone el foco en la sostenibilidad medioambiental de los envases, sino que, por primera vez de forma tan contundente, se mete de lleno en proteger la salud de los consumidores frente a las sustancias químicas que se esconden en los materiales que tocan nuestra comida.

Adiós a los PFAS en los envases de comida

El cambio más inmediato y el que más nos afecta como consumidores es la prohibición de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, más conocidas como PFAS, en los envases destinados a entrar en contacto con alimentos.

Estas sustancias, un grupo de miles de compuestos químicos sintéticos, se utilizan desde hace décadas para hacer que los envases sean impermeables a la grasa y al agua.

Las encontramos en cajas de comida rápida, bolsas de palomitas para microondas, envoltorios de bollería, recipientes de cartón para alimentos preparados y un largo etcétera.

¿El problema? Son prácticamente indestructibles. Las llaman "sustancias químicas eternas" porque no se degradan en el medio ambiente, se acumulan en nuestro organismo y, según la evidencia científica recogida por la propia UE, un número elevado de PFAS están vinculadas a efectos graves sobre la salud.

Por eso, el nuevo reglamento elige quedarse del lado de la seguridad al afirmar que, dada la ausencia de un umbral seguro, la exposición a las PFAS a través de envases alimentarios "constituye un riesgo inaceptable para la salud humana".

A partir del 12 de agosto de 2026, los límites serán muy estrictos: un máximo de 25 partes por billón (ppb) para PFAS individuales medidas con análisis específicos, 250 ppb para la suma total de PFAS y 50 partes por millón (ppm) cuando se incluyan también las PFAS poliméricas.

Cualquier envase alimentario que supere estos umbrales quedará fuera del mercado europeo.

Los metales pesados también en el punto de mira

Los PFAS no son la única preocupación del nuevo reglamento. La norma mantiene y refuerza la restricción sobre metales pesados en los envases; así pues, la suma de las concentraciones de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no podrá superar los 100 miligramos por kilo en ningún envase ni en sus componentes.

Aunque esta limitación ya existía en la anterior Directiva 94/62/CE, el nuevo reglamento la integra en un marco mucho más exigente y coherente.

El bisfenol A, que ha suscitado diversas polémicas en los últimos años, también está en el radar.

Utilizado frecuentemente como capa protectora en latas de conserva y otros materiales en contacto con alimentos, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) concluyó en 2023 que la exposición al bisfenol A puede suponer un riesgo incluso a niveles bajos.

Lo que vendrá: un calendario repleto de cambios

El 12 de agosto de 2026 es solo la primera parada de un calendario que se extiende durante los próximos tres lustros.

La Comisión deberá elaborar, antes de que acabe 2026, un informe completo sobre la presencia de sustancias preocupantes en los envases, con el apoyo de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas. A partir de ahí, las etapas se suceden:

En 2027 los establecimientos que vendan comida para llevar tendrán que ofrecer la opción al consumidor de llevarse la comida en su propio recipiente. Un año después, el consumidor tendrá que poder llevarse la comida en envases reutilizables.

En 2028 llegará también el etiquetado armonizado obligatorio en toda la UE, con pictogramas claros que indicarán al consumidor de qué material está hecho cada envase y en qué contenedor debe depositarlo.

Ese mismo año se extenderá también el etiquetado a los contenedores de reciclaje, para que haya una correspondencia directa entre lo que dice el envase y lo que indica el cubo de basura.

En 2029 será obligatoria la implantación de sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR) para garantizar la recogida separada de al menos el 90 % de botellas de plástico y recipientes de metal de hasta 3 litros.

Para 2030, los envases de plástico deberán contener un porcentaje mínimo de material reciclado: un 30 % para los envases de PET, un 10 % para los de otros plásticos aptos para contacto alimentario y un 35 % para el resto.

Ese mismo año, todos los envases del mercado europeo tendrán que ser reciclables. Los Estados miembros, además, deberán haber reducido al menos un 5 % per cápita sus residuos de envases respecto a 2018.

En 2035, la reducción de residuos de envases tendrá que alcanzar el 10 %, y en 2040 se elevará al 15 %. Para esa fecha, los objetivos de contenido reciclado en plásticos se endurecerán considerablemente, llegando al 65 % en botellas de bebida y en envases de plástico no aptos para contacto alimentario.

Un cambio de modelo necesario

El Reglamento 2025/40 sustituye a la vieja Directiva 94/62/CE, que tenía ya tres décadas y que, según la propia UE no duda en reconocer, se había quedado obsoleta, imprecisa y difícil de aplicar.

La gran diferencia es que ahora no hablamos de una directiva que cada país puede aplicar a su manera, sino de un reglamento, esto es, una normativa directamente aplicable en los 27 Estados miembros.

Lo que Europa busca con este texto es algo más que prohibir sustancias concretas. Es un cambio de modelo, que los envases se diseñen desde el origen pensando en que no dañen la salud, que se puedan reutilizar o reciclar con eficacia y que reduzcan al mínimo su impacto ambiental a lo largo de todo su ciclo de vida.