Una mujer pasea con un carrito de bebé.

Una mujer pasea con un carrito de bebé. Jesús Hellín Europa Press

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Estos son los cambios para solicitar el Bono Nacimiento de la Junta de Castilla y León

Las modificaciones entrarán en vigor este miércoles, según ha recogido el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl)

13 febrero, 2024 09:49

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La Junta de Castilla y León ha impulsado modificaciones en las bases reguladoras del Bono Nacimiento para lograr que cuente con una "mayor seguridad jurídica", después de un año aplicándose. Los cambios entrarán en vigor este miércoles, según ha recogido el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha precisado con mayor claridad el supuesto de adopción, además del momento en el que se tendrá derecho a ser beneficiario de la ayuda. También tiene como objetivo acreditar los datos personales de identidad y nacionalidad de los padres "con mayor rigor" además de garantizar que estén empadronados en municipio de la Comunidad, ampliándose esa exigencia al hijo que da el derecho a la ayuda.

Además, se exigirá que los dos padres cumplan con el requisito sobre la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social en materia de subvenciones y se establece de forma más precisa la fecha a partir de la cual deben ser acreditadas esas condiciones para recibir la ayuda, estando, además, las personas solicitantes obligadas a comunicar cualquier modificación.

Por otro lado, se ha clarificado el criterio a valorar en el caso de las familias con hijos no comunes de relaciones previas sumando los hijos de ambos progenitores y se concreta el nivel de renta de los progenitores que será tenido en cuenta a la hora de calcular el importe de la subvención.

También se ha establecido que los solicitantes aceptan el acto de la concesión de la subvención con la simple presentación de la solicitud, sin perjuicio de la opción de recurrir por motivo del importe concedido y, además de su notificación a los interesados, la resolución será publicada también en la Sede Electrónica. El plazo máximo para recurrir se encuentra ligado a la notificación o publicación y se ha regulado, además, la posibilidad de renuncia a las subvenciones que ya hayan sido concedidas.