Fotomontaje del logotipo de HODIO en una fotografía de archivo de Pedro Sánchez

Fotomontaje del logotipo de HODIO en una fotografía de archivo de Pedro Sánchez Omicrono

No hodiarás

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El Gobierno lanza HODIO, una herramienta destinada a medir y evaluar la presencia de los "discursos de odio y polarización" en las redes sociales (Instagram, TikTok, X, YouTube y Facebook). Es una forma abstrusa de anunciar que, con financiación pública, se está dispuesto a investigar a todos los usuarios de las plataformas mencionadas —como antaño hicieron la Stasi o el KGB con micro y lápiz— porque, según Sánchez, es "necesario comprender", con "datos", para poder "evaluar cuál es la dinámica, la orientación y la respuesta en la eficacia, también" —y ahora viene lo inaudito—, "al compromiso político que estamos manifestando desde el Gobierno de España como expresión de la voluntad social de los españoles y españolas".

De este aparente galimatías surgen preguntas. ¿Debe ser el Gobierno de España el receptáculo e intérprete incuestionable de la "voluntad social" de toda la población española tal como él la desee definir? ¿No basta el sistema de monitorización diaria en línea de discursos de odio que ya realiza el Gobierno a través de OBERAXE y la aplicación ALERTODIO, que incluye el "registro y recogida de contenidos" en las redes?

En fin, yendo al grano: ¿debe quedar prohibido "odiar" en un discurso? ¿Quién determinará lo que es odio y lo que es discrepancia radical y vehemente? En nuestro sistema jurídico, gracias a la Constitución de 1978, todos los gobiernos, sin excepción, están obligados a "promover las condiciones para que la libertad e igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales", además de "remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social" (Art. 9.2), tengan la opinión que tengan.

A sensu contrario, lo que le está terminantemente prohibido al Gobierno es crear obstáculos a través de sistemas de vigilancia con efectos objetivamente inhibitorios de la libertad de expresión y subjetivamente amenazantes para los derechos citados. Y ello porque la Constitución garantiza […] "la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos" (Art. 9.3). Con este instrumento nos damos de bruces con una extralimitación abusiva y arbitraria en el ejercicio del poder conferido mediante la soberanía ciudadana al Ejecutivo.

Además, el art. 16.1 "garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades, sin mayor limitación [ni política ni de otra índole] en sus manifestaciones, [más] que la necesaria para el mantenimiento del orden público, protegido por la ley". Sonroja el hecho mismo de tener que recordarlo. Es decir, nada ni nadie faculta al Gobierno como institución de gestión de la res publica para constituirse en dictaminador de lo que es o deja de ser la "voluntad social" de la población —cada cual tendrá en plena libertad la que le parezca—, ni, a mayor abundamiento, a vigilarla, registrarla ni juzgarla.

Para eso están los tribunales siempre que se excedan las manifestaciones de cualquier discurso —de amor u odio—, atentando al "honor, […] la intimidad personal y familiar" o a […] "la propia imagen" (Art. 18.1). Y ese, no otro, es el límite infranqueable. El poder ejecutivo no tiene por qué, ni debe jamás, convertirse en poder judicial ni, desde luego, en faro moral de carácter social; tiempos hubo en que así fue, que por fortuna quedan lejos y no es necesario ni lícito revivir.

Lo que sí debe hacer cualquier Gobierno es dar ejemplo mediante una gestión prudente, virtuosa e inclusiva de todo el arco social nacional, sin excluir ni desacreditar por activa ni por pasiva a ningún ciudadano en función de sus filias o sus fobias. El compromiso político de cualquier Gobierno es y será aquel con el que haya conseguido ganar las elecciones. Y bien está que así sea. El compromiso político de cada ciudadano será el que le convenza en conciencia. Nada tiene el Gobierno que dilucidar, ni orientar, ni responder en ese ámbito de "voluntad".

Pero entonces, siendo esta iniciativa claramente inconstitucional en los lindes de lo aberrante, ¿cómo se explica? ¿Qué aporta HODIO respecto al ya de por sí exorbitante sistema ALERTODIO? Pues aporta un plus importante: el de empoderar al Gobierno para dar "respuesta en eficacia" a la "polarización". Y aquí es donde lo desmesurado de esta iniciativa revela su auténtica intención: incriminar los mensajes políticos de aquellos partidos que difieran de los que ocupan el Gobierno. Es decir, intimidar y constreñir al adversario político culpándole de "polarización" al tiempo que incita a la autocensura de toda la población, y así poder "orientar" cómodamente la "voluntad social" en el sentido que considere conveniente.

Por todo ello hay que rechazar con un "NO" rotundo este HODIO. Cualquiera de nosotros tiene derecho a odiar sin agredir ni violentar los derechos de los demás. Quien no tiene derecho a hodiar es el Gobierno. Ni este ni ninguno venidero.