Perros en un balcón.

Perros en un balcón. istock

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Ya ha entrado en vigor: la Ley de Bienestar Animal prohíbe dejar de forma habitual perros y gatos en las terrazas

Dejar al perro o gato en la terraza puede suponer multas que van de los 10.001 a los 50.000 euros.

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En marzo de 2023, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Bienestar Animal, una norma que marcó un antes y un después en la protección de los derechos de los animales.

Conocida por fomentar la tenencia responsable y por establecer sanciones elevadas, esta ley fija una serie de obligaciones que conviene conocer si tienes un perro o un gato en casa o conoces a alguien cercano que lo tenga.

Entre ellas hay una especialmente desconocida para muchos: la prohibición de mantener perros o gatos en terrazas o balcones.

¿Nunca has visto un perro asomado a un balcón? Pues desde la entrada en vigor de esta ley, esa escena tan habitual puede acarrear serios problemas legales al propietario.

Concretamente, la norma fija en su art. 27 que queda terminantemente prohibido "mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos" recoge la norma, entre otras varias negativas como dejar sin supervisión a tu perro por un plazo superior a 24 horas o la prohibición de collares eléctricos o "de impulso", también habituales de ver en las calles.

Con esta norma, lo que pretende la Ley de Bienestar Animal es garantizar que los animales no estén expuestos ante temperaturas extremas, tengan contacto social y dispongan de un entorno seguro, espacioso y tranquilo.

No quiere decir que los perros o gatos no puedan pasearse por el balcón de manera espontánea, sino que persigue que esta zona no sea su espacio principal de vida.

Multas de hasta 50.000

Las multas, en caso de considerarse que efectivamente se incumple esta norma, pueden alcanzar varias decenas de miles.

En concreto, el artículo 74 de la normativa establece que "mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos" es considerado como una infracción grave.

Tales infracciones, según dicta el artículo 76, llevan acarreadas una sanción económica que oscila en multas de 10.001 a 50.000 euros, dependiendo de la gravedad de cada caso.

¿Puede intervenir un tercero y denunciar la situación?

La respuesta corta es un rotundo . Si cualquiera de los vecinos de tu edificio observa cómo, en repetidas ocasiones y durante un plazo de tiempo prolongado, una mascota permanece en el balcón de una vivienda particular, puede dar la voz de alarma y avisar a la policía local, contactar con los servicios municipales de protección animal e, incluso, presentar una denuncia si considera que existe abandono.

En estos casos, la 'pelota' ya estará en el tejado de las autoridades, siendo estas las responsables de decidir si concurren los hechos tipificados en el artículo 27 o no.

En definitiva, lo que antes parecía una práctica común en España ahora puede salir muy caro, por lo que conocer y cumplir la ley es clave para evitar sanciones y garantizar el bienestar de nuestras mascotas.