Norwegian Air, en la imagen uno de sus aviones, ofreció 220 euros por ocho billetes a Islandia.

Norwegian Air, en la imagen uno de sus aviones, ofreció 220 euros por ocho billetes a Islandia.

Economía

Condenan a Norwegian Air a devolver el importe de un vuelo cancelado por Covid en Alicante

El juzgado reconoce el derecho del demandante a una compensación mayor que los 220 euros ofrecidos por ocho billetes a Islandia.

18 octubre, 2022 16:08
Alicante

Las reclamaciones judiciales a las compañías aéreas por los viajes suspendidos durante la pandemia en 2020 siguen sumando victorias a favor de los consumidores. La última de ellas tiene su foco de nuevo en Alicante desde donde debería haber salido un vuelo con destino a la capital de Islandia. Norwegian Air ofreció 220 euros por los ocho billetes que había comprado el consumidor. Ahora tendrá que devolver al cliente más de cuatro mil.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil de Murcia y que recoge Efe estima la demanda presentada por el viajero, que pretendía desplazarse hasta la capital islandesa en agosto de 2020 junto con su familia. Este vuelo se canceló como consecuencia de la Covid-19.

Durante la tramitación del proceso judicial, el demandante ha tenido que demostrar que abonó 4.181 euros y que el vuelo fue cancelado. La compañía entonces se limitó a ofrecerle una indemnización de 220 euros.

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El juzgado estima la demanda, que incluía también la solicitud del pago de los intereses legales, y señala que la compañía demandada ha permanecido en situación de rebeldía procesal, al no haber comparecido a las actuaciones.

"Mala fe" en Thai Airways

En otra sentencia, esta vez en Alicante, el Juzgado de lo Mercantil número 1 también señalaba a la compañía aérea por la "mala fe" y conducta "temeraria". En este caso, el tribunal obligaba a Thair Airways a pagar los intereses legales desde que se iniciara la reclamación extrajudicial el 17 de febrero de 2021 y el reintegro de las costas procesales.

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El fallo en este caso no dejaba lugar a recurso de apelación ya que estimaba íntegramente la demanda interpuesta por la mujer. En la sentencia se sostiene que no compensar sin causa justificada a los pasajeros es un "abuso" del sistema judicial y una conducta de "mala fe y temeraria".

"No debemos olvidar el desequilibrio existente entre las partes, de forma que la compañía aérea tiene el deber legal de atender a las solicitudes de compensación o restitución que se realicen por los usuarios de transporte en el marco reglamentario definido en la presente resolución", expresaba el texto del tribunal.

El magistrado-juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante enfatizaba ese punto en su argumentación. "No proceder a la compensación o restitución sin causa justificada provocando que el usuario deba acudir a la vía judicial para su reclamación sin ofrecer razones legítimas que legitimen la oposición al pago de la compensación o restitución debida, constituye un abuso del sistema judicial".