Miriam del Prado, de la cuenta Compromiso Legal

Miriam del Prado, de la cuenta Compromiso Legal TikTok

Sociedad

Los abogados coinciden: "Solo si eres mujer puedes cobrar el subsidio para mayores de 52 sin la cotización mínima exigida"

Las mujeres pueden sumar días de cotización por cada hijo y alcanzar así los requisitos del subsidio para mayores de 52 años.

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El subsidio para mayores de 52 años exige, con carácter general, 15 años cotizados y al menos 6 de cotización por desempleo.

Las mujeres pueden computar cotizaciones ficticias por parto para alcanzar los periodos mínimos requeridos.

Por cada hijo, se suman 112 días de cotización, que pueden servir tanto para los 15 años como para los 6 años cotizados por desempleo.

El acceso a la ayuda depende de que se cumplan todos los requisitos aplicables en cada caso concreto.

Hay prestaciones que esconden requisitos y excepciones que pueden marcar la diferencia a la hora de acceder a una ayuda económica.

Una de ellas es el subsidio para mayores de 52 años, una prestación dirigida a desempleados que cumplen una serie de condiciones de cotización.

Sin embargo, existe una circunstancia que puede permitir a algunas mujeres alcanzar los periodos mínimos exigidos aunque, en la práctica, no hayan trabajado durante todo ese tiempo.

Así lo explica Miriam del Prado, de la cuenta Compromiso Legal en TikTok, que pone el foco en las denominadas cotizaciones ficticias por parto y en cómo pueden influir a la hora de acreditar los periodos necesarios para acceder al subsidio.

"¿Sabes que puedes cobrar el subsidio para mayores de 52 años aunque no tengas la cotización mínima exigida? Atento a este vídeo, aunque ya te adelanto que solo lo pueden hacer las mujeres", señala Del Prado.

Para empezar, Del Prado recuerda cuáles son las condiciones generales para acceder a esta ayuda: "Y es que como ya sabemos, para poder acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años deberás tener cotizado un periodo mínimo de 15 años y 6 de los cuales deberás haber cotizado por desempleo".

Pero, a partir de ahí, señala la excepción que centra su explicación: "Sin embargo, las mujeres van a poder cobrarlo aunque no tengan estos periodos cotizados".

La clave, según detalla, está en cómo se pueden computar determinados periodos vinculados al parto: "Esto se debe a la suma de cotizaciones ficticias por parto. Y es que por cada hijo que hayan tenido les sumarán 112 días de cotizaciones".

Es precisamente ese tiempo añadido el que, en determinados casos, puede permitir alcanzar los periodos exigidos: "Por lo que, si con estas sumas llegan a las cotizaciones mínimas exigidas, van a poder cobrar el subsidio por desempleo aunque realmente no hayan trabajado 15 años".

Y hay un segundo aspecto relevante en su explicación, ya que esos días no solo servirían para alcanzar el periodo general de cotización.

La propia Del Prado precisa: "Además, debes saber que estas cotizaciones ficticias sirven tanto para alcanzar el periodo mínimo exigido de 15 años cotizados como también para llegar al periodo de 6 años cotizados por desempleo".

De este modo, estas cotizaciones ficticias pueden resultar determinantes para aquellas mujeres que no alcanzan por sí solas los periodos de cotización exigidos.

En cualquier caso, será necesario comprobar cada situación concreta para determinar si se cumplen todos los requisitos necesarios para acceder al subsidio.