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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibe el aplauso del grupo socialista durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados Eduardo Parra Europa Press

Sociedad

Es oficial: el Gobierno dará ayudas de hasta 3.000€ a los propietarios que cambien la calefacción en España

El Gobierno ha confirmado la continuidad y algunos ajustes a la mejora de la eficiencia energética en viviendas habituales.

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Las claves

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El Gobierno de España ofrece ayudas de hasta 3.000 euros para cambiar sistemas de calefacción, mejorar aislamiento y renovar ventanas en viviendas habituales.

Las subvenciones cubren hasta el 40% del coste de la obra, con un mínimo de 1.000 euros, y están gestionadas por las comunidades autónomas.

Para acceder a la ayuda, las reformas deben mejorar la eficiencia energética, demostrable mediante un Certificado de Eficiencia Energética.

La normativa se ha actualizado para ampliar plazos, facilitar acceso y priorizar tecnologías limpias como la aerotermia o la biomasa, alineando el programa con las exigencias de la Unión Europea.

El Gobierno de España ha actualizado las normativas para acceder a ayudas de eficiencia energética en el hogar, un programa financiado con los fondos europeos Next Generation EU que permite obtener subvenciones de hasta 3.000 euros para optimizar el uso de viviendas habituales.

Esta medida busca facilitar la renovación de sistemas de calefacción, el cambio de ventanas y la mejora del aislamiento térmico, aliviando la carga económica mientras se avanza hacia objetivos de sostenibilidad.

Estas ayudas son gestionadas por las comunidades autónomas y son una herramienta clave para muchas familias que se enfrentan a costes muy elevados en la factura de la luz.

¿Qué es esta ayuda?

Este incentivo económico forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por los fondos europeos Next Generation EU. Originalmente, estos programas de rehabilitación energética tenían fechas de caducidad más estrictas, pero el Ejecutivo español ha adaptado las normas para dar continuidad a las subvenciones en 2026.

El objetivo principal es doble: por una parte, aliviar el bolsillo de las familias frente a los elevados costes de la energía; por otro lado, acelerar el proceso de descarbonización urbana exigido por la Unión Europea.

La idea de esta actualización de la normativa es dar certidumbre y facilitar el acceso continuo a estas partidas presupuestarias.

Así, aunque las bases generales se dictan a nivel estatal a través del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la modificación de la normativa asegura que los fondos sigan fluyendo hacia las comunidades autónomas.

Lo cierto es que estas ayudas están pensadas para ser un cofinanciamiento, es decir, no cubren el 100% de la obra, sino hasta el 40% del coste total, fijando el límite de la subvención en 3.000 euros. Por otro lado, para que la solicitud sea aceptada el proyecto debe tener un coste mínimo de 1.000 euros.

Las actuaciones subvencionables se centran en tres pilares: el sistema de climatización, el aislamiento térmico y los cerramientos.

En el caso del sistema de climatización se centra en sustituir calderas antiguas de gas o gasóleo por tecnologías limpias y eficientes, como la aerotermia, bombas de calor de alta eficiencia o calderas de biomasa.

El aislamiento térmico hace referencia a intervenciones en fachadas, tejados o paredes interiores buscando evitar fugas de calor. Y con los cerramientos se refiere al cambio de ventanas viejas por otras con doble acristalamiento y rotura de puente térmico.

Así, para evitar fraudes y asegurar que el dinero público se traduce en un beneficio ecológico real, las reformas deben demostrar una mejora matemática de la eficiencia del hogar. Se requiere cumplir una de las tres condiciones establecidas, justificadas con un Certificado de Eficiencia Energética.

La primera condición consiste en reducir la demanda global de calefacción y refrigeración de la vivienda en un mínimo del 7%. En segundo lugar, reducir el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30%.

La tercera condición consiste en modificar de forma integral los elementos constructivos de la fachada cumpliendo los valores límite del Código Técnico de la Edificación.

La ayuda puede ser solicitada por propietarios, usufructuarios o inquilinos que deben asumir el coste de la obra, siempre y cuando el inmueble sea su vivienda habitual y permanente.

En vista de que las comunidades autónomas son las responsables de gestionar, tramitar y pagar las prestaciones, los plazos y plataformas de presentación varían según la región.

Por lo general, se requiere que el ciudadano contrate a un técnico autorizado, realice la obra, pague las facturas correspondientes y presente toda la documentación como facturas, justificantes de pago y los certificados energéticos; en el portal de vivienda de su comunidad.

¿Cuáles son las modificaciones?

La modificación principal de esta normativa radica en la ampliación de los plazos de ejecución y la flexibilización de los criterios para dar continuidad a las ayudas.

Así, en un principio, estas ayudas estaban vinculadas a los Fondos Europeos Next Generation EU y tenían un vencimiento mucho más estricto. Sin embargo, el Gobierno ha introducido una serie de cambios normativos.

En primer lugar, se permite que las obras de mejora de la eficiencia energética, como pueden ser el cambio de calderas o ventanas, se pueden seguir ejecutando y justificando, extendiendo formalmente los plazos para dar cobertura a los proyectos.

Además de esto, la normativa se ha adaptado para alinearse con las exigencias de la Unión Europea, que fija el fin de las calderas de combustibles fósiles.

Por ello, las nuevas directrices priorizan y facilitan la concesión de fondos a quienes sustituyan sistemas antiguos de gas o gasóleo por energías limpias como la aerotermia, las bombas de calor de alta eficiencia o calderas de biomasa.

También, en vista de que la gestión depende de cada región y en convocatorias anteriores el proceso de tramitación y pago llegó a sufrir retrasos, la modificación unifica y simplifica los criterios de justificación técnica para que las comunidades autónomas agilicen la liberación de las partidas presupuestarias.

Así, por último, se consolida el marco para que estas subvenciones directas de hasta 3.000 euros coexistan de forma clara con las deducciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) por obras de rehabilitación energética, facilitando que el ciudadano combine ambos incentivos.