Ursula von der Leyen y Pedro Sánchez.

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Sociedad

Bruselas advierte a España: debe aplicar la norma que permite eximir del IVA a los pequeños autónomos o multa

Desde el pasado 1 de enero de 2025, debía haber traspuesto una directiva. Por no hacerlo, la Comisión Europea ha pedido al TJUE que multe a España.

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Las claves

Bruselas ha pedido al Tribunal de Justicia de la UE que imponga sanciones a España por no aplicar la directiva que permite eximir del IVA a pequeños autónomos.

La directiva europea permite eximir del IVA a empresas y autónomos con facturación anual de hasta 85.000 euros, pero España aún no la ha traspuesto.

Otros países europeos como Alemania, Francia o Italia ya aplican esta exención, beneficiando a sus pequeños autónomos, mientras que España mantiene la medida paralizada.

El Gobierno español alega que la exención supondría una pérdida de entre 3.000 y 5.000 millones de euros en recaudación, aunque Bruselas insiste en la obligatoriedad de trasponer la norma.

Tirón de orejas de Bruselas al Gobierno de Pedro Sánchez ya que ha pedido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, que imponga sanciones financieras a España. ¿Por qué?

Por no aplicar correctamente la directiva europea que permite eximir del IVA a las pequeñas empresas y autónomos con una facturación anual reducida de hasta 85.000 euros.

Recordemos que la directiva 2020/285 para la reforma del IVA, que permite eximir del IVA a los pequeños autónomos debería ser una realidad en España. En concreto, y desde el pasado 1 de enero de 2025, debería haber sido traspuesta. Pero la realidad es otra.

Mientras que otros países de la UE como Alemania, Francia o Italia ya lo han hecho, España la mantiene en el 'baúl de los recuerdos'. Por eso, entre 1,5 y 2 millones de pequeños autónomos, según los cálculos de Navas & Cusi, no se están beneficiando de ello.

¿Por qué? Porque el impacto de trasponer dicha directiva estaría entre 3.000 y 5.000 millones de euros menos de recaudación para las arcas del Estado.

“Puede que el primer impacto sea un recorte en los ingresos por IVA pero la experiencia de otros países de nuestro entorno que ya aplican la directiva es que no han notado recortes sustanciales en los ingresos”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí. ¿Por qué? Porque “probablemente, al simplificar la burocracia, aflore parte de la economía que estaba sumergida”.

Bruselas fija como límite máximo 85.000 euros de facturación, pero cada Estado puede fijar la cifra que quiera. Los estados también pueden optar entre hacer el sistema obligatorio o voluntario y/o excluir o circunscribir a determinados sectores.

Sanción de la UE

Navas anima al Gobierno a trasponer cuanto antes la directiva y evitar la sanción. Sin embargo, España ha indicado a Bruselas que no tiene intención de aplicar la exención del IVA para pymes prevista en la directiva, ya que su puesta en práctica es opcional para los Estados miembros.

Esta es una opción que es posible. Pero el Ejecutivo comunitario replica que España sigue estando obligada a trasponer las disposiciones que permiten a las pymes establecidas en España acogerse al régimen de exención en otros Estados miembros.

"Esto es necesario porque, para que una pyme establecida en España pueda beneficiarse de la exención en otro país de la UE, primero debe registrarse ante las autoridades españolas", ha explicado la Comisión en un comunicado.

Recordemos que la Comisión Europea ya abrió a finales del año pasado expediente sancionador a España porque la directiva debía haber sido traspuesta el 1 de enero del año 2025.

“No es sólo cuestión de evitar la sanción, sino de lealtad institucional y de apoyo al tejido productivo más vulnerable”, añade el experto.

Asimismo, Juan Ignacio Navas remarca que, en un entorno de enorme competitividad internacional, “España no puede quedarse atrás castigando a sus pequeños empresarios”.

¿Qué han hecho otros países? Alemania ya aplica la exención de IVA para aquellos que facturen menos de 22.000 euros anuales; Francia la aplica sólo a los que facturen menos de 33.800 euros en el sector servicios; e Italia es el país más generoso y aplica el máximo permitido por la directiva: exención para todos aquellos que facturen menos de 85.000 euros.

“España es el único país que no ha traspuesto la directiva y eso coloca a nuestros pequeños autónomos en posición de desventaja competitiva”, lamenta Navas que denuncia que el Gobierno se escuda en otras figuras como el régimen especial o el recargo de equivalencia o la exención exclusiva para los que importen o exporten a la UE menos de 100.000€.

“No es que no podamos permitírnoslo; es que el Estado prefiere recaudar fácil a costa de la productividad del microempresario”, concluye el socio-director de Navas & Cusí.