Montaje de Roberto Gómez con el interior de una sede de Hacienda.

Montaje de Roberto Gómez con el interior de una sede de Hacienda.

Sociedad

Roberto Gómez, técnico de Hacienda, sobre cómo rescatar el plan de pensiones sin susto: “Hay dos opciones favorables”

Son muchas las personas que a la hora de rescatar su plan de pensiones se llevan un ‘palo’ por parte de Hacienda.

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Las claves

Roberto Gómez, técnico de Hacienda, explica las opciones más favorables para rescatar un plan de pensiones y evitar una alta tributación.

El rescate puede hacerse en forma de capital, renta periódica, mixta o renta vitalicia, cada una con distintas implicaciones fiscales.

Las aportaciones anteriores a 2007 pueden beneficiarse de una reducción fiscal del 40% si se rescatan en forma de capital.

Rescatar el plan en forma de renta permite diferir la tributación a lo largo de varios ejercicios, evitando saltos de tramo en el IRPF.

Un plan de pensiones es un instrumento de ahorro e inversión a largo plazo que permite complementar la pensión pública de jubilación. A lo largo de varios años, la persona puede aportar diferentes cantidades de dinero que, una vez jubilada, retirará con los pertinentes intereses.

Entre sus ventajas, cabe reseñar que dichas aportaciones reducen la base imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Además, las aportaciones no son obligatorias.

Pero, entre sus inconvenientes, y a la hora de rescatarlos, puede venir Hacienda y, como popularmente se dice, te mete ‘un palo’. Para que no sea así, Roberto Gómez, del Cuerpo de Técnicos de Hacienda, explica cuáles son las opciones más favorables en LinkedIn.

Rescatar el plan

Un plan de pensiones se puede recuperar de diferentes maneras. Así, se puede hacer en forma de capital. Es decir, se puede retirar de golpe. También se puede hacer en forma de renta. En este caso, en pagos periódicos.

También se puede hacer de forma mixta, recibiendo una parte en capital y otra como renta periódica. Y, por último, en forma de renta vitalicia.

“La tributación de los planes de pensiones es una cuestión muy desconocida y, a la vez, controvertida y que genera mucho debate”, afirma Roberto Gómez. ¿Por qué?

“En el momento de realizar las aportaciones al plan de pensiones hay una reducción fiscal en la base imponible general, haciendo que la tributación sea menor. Hasta aquí todo perfecto y es el argumento principal que utilizan las aseguradoras y demás entidades a la hora de promocionar estos productos”, apunta Gómez.

Pero, ¿qué ocurre al rescatar el plan de pensiones? Es aquí donde viene el “problema” y la parte desconocida, como la define el experto.

“La calificación de la renta rescatada es de Rendimiento del Trabajo por el importe total rescatado, tanto del capital como de la ganancia financiera que se haya obtenido”, prosigue el técnico de Hacienda.

Y lo traduce de la siguiente manera: “Esto implica un elevado impacto fiscal, ya que se suma a los rendimientos de trabajo obtenidos en el año y puede ocasionar cambios de tramo de IRPF haciendo que la tributación sea muy elevada”.

Por eso, apunta a dos opciones que considera “favorables”. Una que las aportaciones realizadas con carácter previo al año 2007 “pueden llevar una reducción del 40% si se rescata en forma de capital”.

Otra, que se puede diferir la tributación “si se rescata en forma de renta a lo largo de varios ejercicios”.

Por último, Roberto Gómez concluye remarcando que debería darse a conocer esta situación a los contribuyentes a la hora de contratar estos productos. Y propone “que la ganancia financiera obtenida, no el capital invertido, podría no tributar como Rendimiento del Trabajo sino como Ganancia Patrimonial, haciendo más liviana su tributación”.