Según informes recientes, un 25 % de la población española vive en una vivienda de alquiler

Según informes recientes, un 25 % de la población española vive en una vivienda de alquiler Europa Press

Sociedad

Confirmado por la ley: "El inquilino puede quedarse en la vivienda muchos años sin pagar un euro de forma legal"

Un fallo inicial del propietario puede permitir que un inquilino permanezca años en la vivienda gratis, amparado por la normativa española.

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Las claves

La ley española contempla que un inquilino puede permanecer en una vivienda durante años sin pagar si el propietario no formalizó un contrato de arrendamiento.

La ausencia de un contrato escrito elimina obligaciones formales entre las partes y deja al ocupante protegido por la normativa vigente.

El propietario no puede recurrir a la fuerza para desalojar al inquilino; cualquier intento de desalojo extrajudicial puede ser considerado delito.

La única vía legal para el desalojo es presentar una demanda de desahucio por precario, un proceso que suele prolongarse durante años.

La legislación española contempla situaciones sorprendentes para muchos propietarios, especialmente en casos donde no se cumplen los requisitos básicos al formalizar un alquiler.

Según explica el abogado Ismael Heskouri (@heskouriabogados), existe un escenario en el que, por un error inicial del casero, "el inquilino puede quedarse en la vivienda durante muchos años sin pagar un euro de forma legal".

Esta situación, aunque excepcional y poco conocida, está totalmente respaldada por la normativa vigente.

Un fallo inicial

Todo se origina cuando el propietario no formaliza el contrato de arrendamiento. Como detalla Ismael, este tipo de caso aparece "cuando el casero no cumplió la ley al principio y no le hizo firmar ningún contrato".

Esta omisión es crucial, porque elimina la existencia de obligaciones formales entre ambas partes implicadas en el caso.

Con el paso del tiempo, el ocupante queda protegido por el marco jurídico, incluso aunque deje de pagar la renta.

"Seguramente el inquilino pagaba en billetito, dejó de pagar en billetito y el casero entró en rabia y dijo: 'Pues te voy a sacar de los pelos'", señala con ironía.

Sin embargo, la reacción violenta o cualquier intento de desalojo por cuenta propia resulta ilegal. La ley ampara al ocupante siempre que permanezca en la vivienda de buena fe y prohíbe al propietario actuar por la fuerza.

Tal como aclara el abogado, "si se le cambia la cerradura, el que comete un delito es el casero", igual que ocurre si se intenta sacarlo físicamente de la vivienda o entrar sin permiso: "Si entra dentro de la vivienda por las malas, el que está cometiendo un delito es el casero".

De esta forma, la protección es tan elevada que, como advierte Ismael, "si el casero toca un pelo del inquilino, quien va a prisión es el casero".

Ante este escenario, el propietario no puede recurrir a vías de hecho; solo puede acudir a la justicia interponiendo una demanda específica.

"Lo que el casero debe hacer ahora es presentar una demanda de desahucio por precario. Por lo tanto, no se le puede considerar inquilino y, como no lo es, no hay ningún contrato ni existe obligación de pago", explica con claridad el abogado.

El problema para el propietario es que este procedimiento suele prolongarse durante años. "Mientras viva de buena fe, la ley le va a proteger y le va a amparar", concluye Ismael.