Imagen de Pablo Ródenas y una imagen generada por IA de un trabajador con una incapacidad permanente.

Imagen de Pablo Ródenas y una imagen generada por IA de un trabajador con una incapacidad permanente. ChatGPT

Sociedad

Pablo Ródenas, abogado, alerta: "Si ya tienes una incapacidad permanente, con la nueva normativa puede pasar que..."

El letrado aclaró cómo afecta la nueva ley a aquellos que ya tienen la incapacidad permanente reconocida en España.

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Cuando a una persona trabajadora, tras recibir un tratamiento médico, se le limitan sus capacidades a la hora de cumplir con su trabajo, puede recibir una incapacidad permanente. Como consecuencia, puede recibir una pensión o indemnización a cambio.

No obstante, este año han entrado en vigor una serie de cambios en el ámbito de protección laboral y social para aquellos en situación de incapacidad permanente.

Por ello, el abogado Pablo Ródenas decidió aclarar todos estos cambios y si con estos cambios una persona puede perder el reconocimiento de su incapacidad.

Cambios en la incapacidad permanente

La incapacidad permanente es una situación legalmente reconocida en España cuando una persona trabajadora, tras agotar el tratamiento médico, sufre reducciones físicas o funcionales graves que le impiden continuar con su profesión o con cualquier otra actividad laboral.

Este reconocimiento, gestionado por la Seguridad Social, da derecho a una pensión o indemnización según el grado de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez. Cada uno de estos niveles determina el alcance de la limitación y el tipo de apoyo económico que el trabajador pueda recibir.

La parcial reduce el rendimiento en el trabajo habitual pero permite seguir trabajando; la total impide continuar en la profesión actual pero sí en otra distinta; la absoluta inhabilita para cualquier trabajo; y la gran invalidez implica que además requiere la ayuda de otra persona para las tareas básicas del día a día.

En 2025, la regulación de esta figura ha cambiado de forma significativa con la entrada en vigor de la Ley 2/2025. Esta nueva norma busca fortalecer la protección laboral y social de las personas con incapacidad permanente.

Su principal objetivo es garantizar el derecho a la integración laboral, evitando que la incapacidad sea automáticamente motivo de despido.

Entre las novedades más relevantes, la ley elimina la extinción automática del contrato de trabajo tras la declaración de incapacidad permanente, obligando a las empresas a valorar antes la adaptación o reubicación del puesto.

De tal manera, Pablo Ródenas (@rodenas_abogados) planteaba la gran duda sobre la incapacidad permanente en relación a la nueva Ley: "La pregunta es: Tengo reconocida una incapacidad permanente desde hace 3 años, ¿cómo afecta la nueva ley del 2025?".

Por ello, el abogado lo explicó de forma clara. "Si ya tienes una incapacidad reconocida, no te la van a quitar de golpe por un cambio de ley. Eso es un derecho consolidado", apuntó.

Eso sí, advirtió de la nueva ley. "Ahora bien, sí puede pasar que la nueva normativa del 2025 cambie las reglas en las revisiones o en los criterios médicos, o incluso en cómo se calculan las prestaciones", señaló.

"En tu caso, con una incapacidad absoluta desde hace 3 años, lo importante sería estar atento a qué criterios se aplican cuando te toque la revisión. En resumen, lo que tienes ganado no se pierde, pero no puedes despistarte porque lo que está en juego es cómo aplican la ley en el futuro", afirmó.

De ese modo, aunque la incapacidad se mantiene, se podría perder ya sea por una mejoría médica significativa, por una revisión del Instituto de la Seguridad Social o si se detecta algún tipo de irregularidad o fraude.