Montaje de Azahara Ledesma con el simulacro de una compraventa de vivienda.

Montaje de Azahara Ledesma con el simulacro de una compraventa de vivienda.

Sociedad

Soy abogada y así puedes pagar menos impuestos al vender la casa: “Puedes diferir el IRPF si...”

Te contamos el truco que es posible realizar, según la abogada Azahara Ledesma, para pagar menos a la Agencia Tributaria si vendes un inmueble.

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Quien tiene una casa tiene un tesoro. La frase es toda una realidad, ya que al vender la propiedad, quien lo hace obtiene unos ingresos. Pero como sucede en otras facetas de la vida, ahí está Hacienda que quiere su parte. ¿Cuánto?

Aquí entran en juego varios factores. Uno de ellos es el precio de venta del piso; otro, el precio de compra cuando se adquirió dicha vivienda; un tercer factor es la ubicación del inmueble; y un cuarto el valor catastral del suelo.

Hay otros muchos como el tipo de vivienda, si es habitual o no; los gastos de notaría; los gastos del registro; las comisiones... Y, como no podía ser menos, Hacienda. En este caso, el IRPF.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se paga en la declaración de la Renta del año siguiente a la venta de la vivienda. “Hay un truco para pagar menos IRPF cuando vendes una propiedad”, afirma Azahara Ledesma, abogada.

A continuación, te contamos de la mano de la experta cuál es dicho truco que puede hacer más ventajosa la venta de tu propiedad.

¿Cómo pagar menos IRPF en la Renta?

Antes de entrar en detalle, conviene apuntar otro impuesto que forma parte de la compraventa de una vivienda. Es el conocido como plusvalía municipal. O Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Sólo a modo de apunte, dicho impuesto debe abonarse dentro de los 30 días siguientes a la firma de la compraventa. Y el ‘recaudador’ es el ayuntamiento.

Hecha esta salvedad, hay que decir que el IRPF en el caso de la venta de un inmueble se calcula atendiendo a las ganancias patrimoniales derivadas de la ganancia del mismo.

Hacienda lo que hace es usar determinados criterios y exenciones. Una vez hechos estos ajustes, se aplica el IRPF. Hay que tener en cuenta que el porcentaje aplicado será distinto según sea la cuantía de la ganancia.

Por ejemplo, si una persona vende un piso heredado, y la ganancia es de hasta 6.000 euros, tributa al 19%. En el caso de ser la misma de entre 6.000 y 50.000 euros, al 21%. Y si está entre 50.000 y 200.000 euros, al 23%.

Hay más casos: de 200.000 a 300.000 euros, al 27%. Y si se supera esta última cantidad, tributará al 30%.

Con todos estos datos, surge la pregunta: ¿cuál es el truco de la abogada para pagar menos IRPF al vender una propiedad? Según Azahara Ledesma, en una publicación realizada en LinkedIn, “si vendes directamente una propiedad, pagas IRPF por la ganancia patrimonial obtenida”.

Y es entonces cuando pone sobre la mesa el truco: “Pero ¿y si haces un alquiler con opción a compra? Las rentas que cobras como alquiler tributan como rendimiento del capital inmobiliario, no como ganancia patrimonial”.

Por tanto, y según Azahara Ledesma, el resultado es que “puedes diferir el pago del IRPF por la venta, e incluso reducirlo si el precio final es inferior o si se estructura bien el contrato”.

Por último, hace la siguiente matización: “¿Y la entrada que te paga el comprador? Esto dependerá de cómo esté redactado el contrato y si la entrada se descuenta del precio final, o no”.