Joaquín Perales, letrado experto en tráfico tras 10.000 casos: 'Los seguros rechazan por sistema pagar los golpes por alcance'

Joaquín Perales, letrado experto en tráfico tras 10.000 casos: 'Los seguros rechazan por sistema pagar los golpes por alcance'

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Joaquín Perales, letrado experto en tráfico tras 10.000 casos: 'Los seguros rechazan por sistema pagar los golpes por alcance'

El afamado abogado de Granada lanza un proyecto nacional para seguir luchando por las víctimas de accidentes de tráfico: "La asistencia legal, difícilmente se puede deslindar de una implicación personal".

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El abogado Joaquín Perales está de celebración: suma 10.000 casos desde que se colegió en 1995, tras pasar por las aulas de la Universidad Central de Barcelona, para convertirse en un destacado letrado en materia de accidentes de tráfico. Pero más allá de los récords personales están los objetivos y por ese motivo ha creado una nueva marca para dar el salto desde Andalucía a la palestra nacional con el proyecto: derechoatuindemnizacion.es.

Perales tiene su despacho en Granada y desde allí ha logrado hitos como una indemnización de casi un millón de euros para una chica que quedó parapléjica en 2006 en un siniestro vial, en uno de los primeros casos en España que se saldó con una cantidad tan grande, ya que por aquel entonces se aplicaba el baremo anterior a la ley de 2015 que reformó el sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

"La relación con esa clienta la he mantenido con posterioridad", tal y como subraya desde su bufete en la Gran Vía de Colón de la ciudad nazarí. "Es difícil tirar de memoria de treinta años de carrera con tantos asuntos especialmente destacables, dado que la especialización del despacho se extiende también a la responsabilidad civil, incluida la sanitaria".

- ¿Habrá casos más llamativos que otros en su hemeroteca profesional?

- El asunto de Rubén López, un motorista que trabajaba como repartidor de comida a domicilio y que perdió un riñón en una colisión con un Mercedes y le echaban la culpa, como responsable del accidente, debido a que la Policía Local de Granada hizo un atestado en su contra, tras recoger el testimonio de un supuesto testigo presencial del choque ocurrido en un cruce de calles.

A través de la contratación de un detective, pudimos acreditar que dicho testigo era falso. El detective siguió a ese testigo hasta su domicilio en Canarias y logró que firmara una declaración jurada, reconociendo que no vio el accidente. Gracias a ello Rubén fue indemnizado en casi 150.000 euros.

Croquis del atestado del accidente que sufrió el repartidos Rubén López con un Mercedes en Granada.

Croquis del atestado del accidente que sufrió el repartidos Rubén López con un Mercedes en Granada.

- ¿España es un país de defraudadores y estafadores en pleitos en materia vial para beneficiarse de las indemnizaciones de las aseguradoras?

- Sólo tiene que ver quién encarga dichos estudios: las aseguradoras. Entiendo que con eso estaría contestada la pregunta. Puede haber un porcentaje mínimo de estafadores, y por supuesto que eso debe ser perseguido, como debe ser perseguido el despacho que dé cobertura legal a quien pretenda beneficiarse de tal conducta defraudadora, dado que la defensa de un perjudicado en un accidente de tráfico se basa precisamente en todo lo contrario. Es decir, en la búsqueda de la justicia y del derecho resarcitorio que asiste al lesionado de tráfico.

- ¿Es duro el cuerpo a cuerpo con las compañías de seguros?

- Qué nombre le pondría usted a la conducta reiterada de las entidades aseguradoras en rehusar las reclamaciones de daños personales, en accidentes de tráfico, por el mero hecho de tener pocos daños los vehículos implicados. Todos esos casos terminan en vía judicial, con un altísimo porcentaje de condenas a dichas entidades aseguradoras. Es recurrente la actitud de las aseguradoras que rechazan las reclamaciones por lesiones en tráfico,

Lo hacen en base a informes de biomecánica que niegan la existencia de dichas lesiones en todas las colisiones por alcance donde hay escasos daños materiales en los vehículos, siendo reiterada la jurisprudencia que determina que en modo alguno; dicha afirmación se corresponde con un axioma ni está médicamente acreditada la imposibilidad de que se produzcan lesiones de tipo cervical y no toman en cuenta ni la forma en la que se produce el golpe, ni la edad, ni el estado de salud previo al golpe...

La compañía aseguradora argumenta que no se cumple el criterio de intensidad, un asunto muy alegado desgraciadamente, pero en vía judicial acabo de obtener una indemnización de 40.000 euros, al acreditar que mi clienta tenía una patología en hombro, derivada del accidente sufrido, aunque fuera de poca intensidad.

- ¿Ha cambiado para mejor o para peor la ley en materia vial tras 30 años poniéndose la toga?

- En general ha habido un avance para la protección de las víctimas. Tanto en materia penal, con mayor tipificación de conductas delictivas, como en materia civil, con la promulgación del real decreto que aprobó la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, con las posteriores reformas contempladas en la Ley 35/15 de 23 de septiembre. Y aún más reciente es la Ley 5/2025 de 24 de julio que recoge mejoras en relación con los principios fundamentales del sistema de valoración, como la reparación íntegra del daño y perjuicios padecidos.

- Los médicos de urgencias alertan de que cada vez atienden más usuarios accidentados en patinete. ¿En España se han implantado los vehículos de movilidad personal sin adaptar bien nuestras leyes porque cada ayuntamiento y cada comunidad establece limitaciones distintas?

Con la reciente modificación de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, por fin se ha dado respuesta a esta demanda de la sociedad, ya que obliga a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil. 

Sin perjuicio de lo anterior, habría que avanzar en la concienciación de los conductores con los usuarios de patinetes eléctricos y en estos últimos, con respecto a las normas de circulación. También se debería avanzar en infraestructuras para la circulación de vehículos de movilidad personal [VMP], habilitando espacios para su circulación, para así evitar su circulación, en la medida de lo posible, dentro de carriles habilitados para vehículos a motor.

Iván y Sonia, la madrugada del domingo 25 de agosto, siendo asistidos por los sanitarios tras el accidente de tráfico en la Avenida de la Ñora.

Iván y Sonia, la madrugada del domingo 25 de agosto, siendo asistidos por los sanitarios tras el accidente de tráfico en la Avenida de la Ñora.

- ¿Es partidario de introducir la figura del homicidio vial en el Código Penal, como en Francia, para endurecer las condenas de los conductores que causan siniestros con heridos o fallecidos, por conducir como kamikazes, bebidos o drogados?

- En el caso de fallecidos en accidente de tráfico en los supuestos que indica, ya existe en nuestro Código Penal un delito que tipifica la imprudencia grave con resultado de muerte, castigada con pena de prisión de uno a cuatro años, además de privación del permiso de conducir de uno a seis años.

Por tanto, entiendo que no se trata de que el tipo delictivo se endurezca, sino de que se ejercite la acción penal hasta el final. Me explico. En numerosas ocasiones, durante el procedimiento penal se llega a un acuerdo indemnizatorio, por el concepto de responsabilidad civil, con la aseguradora del vehículo responsable del accidente, y el perjudicado se aparta del procedimiento penal, facilitando una conformidad entre la defensa y la Fiscalía, con la consiguiente reducción de la condena.

De continuarse con la acción penal por parte del perjudicado, estaría vedada una posible conformidad entre defensa y Ministerio Fiscal, y ello conllevaría al dictado de una sentencia condenatoria mayor, y al ingreso en prisión del conductor condenado.

El discurso de Joaquín Perales es una suerte de Wikipedia legal, en temas de tráfico, gracias a que su labor va más allá de su despacho y de los juzgados. Prueba de ello es su participación en la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, desde su creación en 1999, lo que le ha inspirado para crear el Simposio de Derecho de la Circulación, Responsabilidad y Seguro de Andalucía Oriental que se ha celebrado en Granada, Jaén, Antequera...

"La especialización de mi despacho también se extiende a la responsabilidad civil, incluida la sanitaria", advierte Joaquín Perales en su entrevista con EL ESPAÑOL.

El abogado Joaquín Perales, en su despacho, revisando el caso.

El abogado Joaquín Perales, en su despacho, revisando el caso.

- ¿Le cuesta no involucrarse personalmente cuando el cliente es el familiar de una persona muerta por un siniestro vial causado por un conductor bebido o drogado?

- La asistencia legal, difícilmente se puede deslindar de una implicación personal. Cuando acuden al despacho familiares de un fallecido en un accidente provocado por un conductor bebido o que se fugó o no prestó auxilio a la víctima, lo que demandan es que se haga justicia.

El acompañamiento a esos familiares es profesional y personal por la desgracia que han sufrido. Y la implicación del despacho es máxima, para que la justicia que demandan se traduzca en una sentencia que condene penalmente al causante de los hechos, por todos los delitos que le puedan ser imputables, y que la suma de dichas penas impliquen su ingreso en prisión.

Y además de lo anterior, que en la vía civil haya una compensación máxima de los familiares del difunto, en aplicación del baremo contemplado en la ley.

- ¿La Guardia Civil de Tráfico tiene las herramientas suficientes para hacer reconstrucciones de siniestros viales o cree que hay países cuyas Fuerzas de Seguridad están mejor dotadas?

- Cuenta con dos equipos especializados a tal efecto. El Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico [ERAT] y el Departamento de Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tráfico [DIRAT], siendo un referente en la elaboración de informes de reconstrucción de accidentes. Ahora bien, su intervención en un proceso se produce en contadas ocasiones.

Por tanto, lo más común en casos con fallecidos en accidentes de tráfico, es encontrarse con un informe técnico elaborado por el Grupo de Atestados de la Guardia Civil de Tráfico que interviene tras el accidente y que no siempre va a resultar infalible. Para rebatir los mismos, en caso de advertirse algún error, existen empresas con equipos profesionales especializados en la elaboración de informes de reconstrucción de accidentes de tráfico.

Por tanto, una solución a lo anterior; pasaría por dotar de más personal especializado al ERAT o al DIRAT, a fin de que pueda solicitarse su intervención para la elaboración de más informes de reconstrucción de accidentes.