El padre Raúl de la Rosa con su hija pequeña fallecida

El padre Raúl de la Rosa con su hija pequeña fallecida E.E.

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Raúl sólo recibirá 9.200€ por la "muerte violenta" de su bebé Samara cuando su padrastro la cuidaba

Un cambio en el Código Penal ha beneficiado al acusado que se enfrentaba a 9 años de prisión y que ha sido condenado a pagar una indemnización.

7 septiembre, 2019 02:55

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Después de la muerte de su hija Samara, de solo 18 meses, entró en una profunda depresión, perdió su empleo y su salud se deterioró hasta el punto de que padeció una operación de riñón. “Se me vino el mundo abajo”, rememora entre lágrimas Raúl de la Rosa, padre de la pequeña fallecida. El informe de la autopsia concluyó que el bebé, tras permanecer ingresado 11 días en el Hospital la Fe de Valencia, el 20 de marzo de 2012 “falleció de muerte violenta”. Desde esa fecha, Raúl ha venido librando una batalla legal contra Javier porque el que por aquel entonces era pareja sentimental de la madre de Samara fue la última persona que estuvo al cuidado de la pequeña antes de su trágico ingreso hospitalario. Raúl solicitaba como acusación particular penas de cárcel que sumaban nueve años para Javier, como supuesto responsable de los delitos de lesiones, en concurso con un delito de homicidio imprudente, y de omisión del deber de socorro, pero el Juzgado de lo Penal número 18 de Valencia le ha absuelto de tales hechos.

La magistrada Helea Amorós ha condenado a Javier por una conducta negligente, de tipo leve, por la muerte de Samara. De forma que solo tendrá que afrontar el pago de 9.288,23 euros, en concepto de responsabilidad civil, tal y como reclamaba la acusación particular que ejercía Raúl, el padre de la niña. “Esto me parece muy mal, si hubiese tenido dinero para seguir y si estuviese trabajando: esto no lo zanjo”, subraya el progenitor de la pequeña ante lo agridulce del contenido del fallo. Su situación de parado de larga duración le ha llevado a no recurrir una sentencia que no ha dejado indiferente a nadie en la Comunidad Valenciana, al igual que este proceso judicial que ha venido precedido de tres archivos de la causa, lo que motivó que el padre del bebé organizase en noviembre de 2014 una manifestación a las puertas de los juzgados de Torrent, y un error obligó a retrasar un año la celebración de la vista oral.

Todo ello aderezado con un cruce de denuncias entre los progenitores de Samara. Valga como ejemplo de ello, las dos querellas que recibió Raúl por emplear la imagen de su hija en la pancarta que desplegó en los juzgados o en un grupo de Facebook que puso en marcha para reclamar justicia para su niña. “Solo quería que se sentase Javier en el banquillo de los acusados para que explicase qué pasó aquella mañana con la niña”, defiende Raúl en conversación telefónica con EL ESPAÑOL. “Un hematoma cerebral lo padece un boxeador, no se lo hace sola una niña”. El relato de hechos probados de la sentencia a la que ha tenido acceso este diario expone que el 9 de marzo de 2012, cuando pasaban 10 minutos de las 9 de la mañana, Javier se quedó con la pequeña, mientras que Maribel, la madre de Samara y expareja de Raúl, acudía a realizar unos trámites al INEM.

El padre del bebé organizó una manifestación en noviembre de 2014

El padre del bebé organizó una manifestación en noviembre de 2014 E.E.

“El acusado, Javier D. A., mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 9 de marzo de 2012, sobre las 09.10 horas, cuando se encontraba a solas al cuidado de la niña Samara, de 18 meses de edad, en el domicilio que compartía con la madre de ésta, María Isabel M. P., situado en Torrent, por motivos que se desconocen, cogió a la menor y la zarandeó bruscamente, sin ser consciente de la trascendencia y de las posibles consecuencias de su acción. Como consecuencia, Samara sufrió un traumatismo craneoencefálico que le provocó, inicialmente, y de forma casi inmediata, una crisis convulsiva”, tal y como refleja literalmente la sentencia.

Un vecino de la pareja ante la petición de auxilio de Javier fue el que le ayudó a trasladar al bebé al Hospital General de Valencia: ingresó aquejada de una hipotonía intensa, ausencia de respuesta a estímulos, anisocoria con midriasis derecha no reactiva y movimientos extramiramidales, entre otros.

Después de que se le realizara un TAC craneal, ante la gravedad del diagnóstico y la necesidad de valoración neuroquirúrgica, la menor fue trasladada de urgencia a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) pediátrica del Hospital La Fe. Allí se le practicó una craneoctomía descompresiva, pero todos los esfuerzos del personal médico fueron en vano porque posteriormente el bebé murió. Así lo resume el fallo: “Tras 11 días de ingreso en el Hospital La Fe, la niña falleció el día 20 de marzo de 2012. El informe de la autopsia concluyó que Samara de la Rosa Muñoz falleció de muerte violenta, que la causa inmediata de su fallecimiento fue la destrucción de centros neurológicos vitales, secundaria a un traumatismo craneoencefálico que cursó con hematoma subdural, edema e hipertensión craneal”.

No tenía teléfono móvil ni coche

Durante la vista oral Javier admitió que ese trágico 9 de marzo se quedó al cuidado de la pequeña: “Mi mujer se levantó pronto para irse al INEM, me dio un beso y se marchó. Al cabo de un momento, me levanté y vi que la niña estaba ya despierta y sentada en el parque infantil, donde había dormido, a nuestro lado. Le puse unos juguetes en el parque y comencé a hacer las faenas de casa; en un momento dado, entré en el comedor y vi a la chiquilla boca abajo, en el parque infantil, haciendo como un ronquido, y vi cómo se le movía una pierna, como un espasmo”. Javier trató de reanimarla echándole agua por la nuca: “La niña hizo como un suspiro y dejó de roncar, pero que seguía sin despertarse”. Al ver que no respondía, Javier salió en estado de shock a pedir ayuda a los vecinos porque no tenía teléfono móvil para reclamar una ambulancia ni tampoco contaba con un coche para desplazarse a algún centro médico de Torrent.

La niña falleció el día 20 de marzo de 2012

La niña falleció el día 20 de marzo de 2012 E.E.

“No sabía qué hacer, me asomaba a la ventana, gritaba...; nadie me abrió y cuando iba a salir de nuevo por la puerta del domicilio, llegó mi mujer. En ese momento le di la niña a mi mujer y bajé otra vez a buscar al vecino”. En esa ocasión logró localizar a una persona que se prestó a trasladar con su coche a Javier y Maribel con Samara hasta el hospital. Días después se consumó la tragedia: murió la pequeña.

La madre del bebé apoyó a su pareja

En la vista, Maribel, la madre del bebé, defendió el rol de padrastro que desempeñó su pareja con su hija: “La relación entre Javier y Samara era muy buena”. Maribel también corroboró la versión de los hechos ofrecida por Javier: “Mi marido me dijo que estaba limpiando cuando oyó como un ronquido y al asomarse, vio que la niña estaba convulsionando”. Incluso precisó durante su testimonio que la pequeña, después de pasar la tarde del 8 de marzo con su expareja, Raúl, justo un día antes de su ingreso hospitalario de urgencia, regresó a su casa de Torrent con mocos y cansada. “Cuando me devolvieron a la niña la tarde anterior no estaba bien: los familiares de mi exmarido me dijeron que no había querido merendar”. La batalla judicial de Raúl de la Rosa se ha prolongado durante más de siete años y en ese tiempo jamás ha olvidado las últimas palabras que le dijo su hija el 8 de marzo: “Me cogía de la camiseta y me decía que no se quería ir de mi casa; ese es el último recuerdo que tengo suyo en vida”.

Ese ocho de marzo, de 17 a 20 horas, de acuerdo al régimen de visitas que le correspondía de dos tardes a la semana y fines de semana alternos, Raúl pasó la tarde con Samara en casa de los abuelos en la capital del Turia. Estuvieron jugando juntos, pasaron tiempo con los yayos, entre otros familiares y vieron algunos de los dibujos preferidos de la pequeña, como la serie ‘Dora la explorada’. “Le compré una bolsa de chucherías de un euro y le di de cenar una sopa”. No observó nada extraño en el bebé durante el tiempo que estuvo con ella y así lo expuso en la vista oral. La relación entre Maribel y Raúl había concluido después de cinco años cuando Samara tenía tres meses. El final de su convivencia fue tempestuoso porque el padre de la menor fue denunciado hasta en tres ocasiones por violencia de género, lo que le valió una orden de alejamiento, por lo que los familiares de Raúl se encargaban de recoger al bebé y algunos tuvieron que prestar declaración durante el juicio.

La madre de Raúl y abuela paterna de la menor apuntó que Samara sufrió un golpe en febrero: “Días antes la nena vino con un ojo moradito, al parecer fue porque se había dado un golpe en el parque contra un pianito”. La hermana de Raúl acusó a Maribel de cambiar su versión de los hechos en el juicio: “El día 9 de marzo, Maribel me llamó por teléfono y me dijo que le había dado un ataque a la niña, que estaba durmiendo, se despertó de pronto y que, cuando iba a darle el biberón, la nena dijo ‘mamá’ y empezó a echar espuma por la boca. Eso es lo que me contó, aunque después ella cambió la versión y dijo que no estaba en casa cuando empezó a convulsionar”. En el relato de hechos probados no se atendió a las insinuaciones ni acusaciones de ninguna de las partes.

El fallo expone claramente que la causa de la muerte fue violenta, pero de los testimonios de los siete médicos que declararon, entre ellos cinco de los doctores que atendieron a la menor y los dos forenses, no hubo unanimidad sobre si el traumatismo y las lesiones que sufrió el bebé -comparables con una caída desde cinco metros de altura- fueron accidentales, provocadas o se encuadrarían dentro del Síndrome del Niño Zarandeado. De hecho, Lorena Zanón, la letrada que ha ejercido la acusación particular en el ‘caso Samara’, admite que esta ha sido una de las claves para que el acusado, Javier, no acabe en la cárcel: “Los forenses no estaban de acuerdo en los vestigios que presenta la menor y el modo en el que surge la hemorragia”.

El padre asegura que no buscaba dinero” a la hora de hacer justicia

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“No buscaba dinero”

Para la abogada, más allá de la declaración de los peritos, el factor más determinante para que el acusado no vaya a cumplir ni uno solo de los nueve años de prisión que solicitaba su cliente ha sido la modificación del Código Penal. “Nosotros lo que queríamos era que se reconociera que había existido algún tipo de acción por parte del acusado y al final se le condenó por lo que era una antigua falta imprudente, pero que tuvo un resultado de muerte, y con todo el tema de la modificación del Código Penal solo es responsable civil”. Tal extremo viene subrayado en la sentencia emitida por la magistrada Helena Amorós: “En definitiva, la conducta negligente desplegada por el acusado, anta la falta de prueba acerca de su gravedad, debe calificarse de leve, en aplicación del principio informador del Derecho Penal ‘in dubio, pro reo’ (ante la duda, se favorecerá al acusado). Sentado esto, la conducta del acusado habría tenido encaje, atendiendo a la fecha de los hechos, 9 de marzo de 2012, en la anterior falta del artículo 621 (imprudencia leve)”.

La jueza añade que “dicha falta, sin embargo, quedó despenalizada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se reformó el Código Penal. De este modo, no procede otro pronunciamiento que el absolutorio, sin perjuicio de, a la vista de lo dispuesto en la disposición transitoria (4ª.2) de la Ley Orgánica 1/2015, se proceda emitir un pronunciamiento en materia de responsabilidad civil”. De ahí el sabor tremendamente agridulce que tiene la sentencia para Raúl: ha logrado sentar en el banquillo de los acusados a Javier, pero ha salido absuelto y el juicio no ha aclarado cómo se lesionó Samara, tal y como refleja el fallo: “Acreditada la etiología traumática, se trata de determinar si el traumatismo fue accidental o no, esto es, si tuvo su origen en alguna suerte de mecanismo de zarandeo o sacudida. Ninguno de los familiares de la niña ni el acusado ofrecieron algún tipo de explicación de la que se pudiera inferir de un modo lógico la causa de las lesiones que presentó Samara”.

Javier solo deberá abonar la indemnización que el propio Raúl reclamó de 9.288 euros con 23 céntimos, en concepto de responsabilidad civil, por la muerte de su hija. “No buscaba dinero”, subraya este valenciano, de 32 años, sobre lo reducido de la cifra que reclamaba. Tiempo después de la emisión del fallo, Maribel, la madre de Samara, se ha divorciado de Javier con el que había tenido dos hijos tras el fallecimiento de su niña.

Por su parte, Raúl desde que se le notificó la sentencia no ha tenido fuerzas para cumplir con las dos visitas que realizaba mensualmente a su pequeña al cementerio para dejarle flores, junto a la lápida ilustrada con un dibujo de Hello Kitty. “Todo el mundo me decía que su sonrisa era como la mía”, recuerda con cariño Raúl quien durante casi toda la conversación con este diario no cesa de llorar. “No me salen las palabras, no está mi niña y eso me ha afectado un montón: siempre estaba con la palabra ‘papá’ en la boca, yo me derretía por ella”.