Un autobús espera a salir de una parada

Un autobús espera a salir de una parada Enrique Romanos Tardío

Motor

¿Es obligatorio ceder el paso a los autobuses que salen de la parada? La DGT responde a los conductores gallegos

El Reglamento General de Circulación deja claro que, cuando un vehículo se incorpora a la vía, debe ceder el paso al tráfico que ya circula. Pero, ¿esto aplica también a los autobuses?

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Conducir implica responsabilidades como mantener la atención, evitar distracciones y respetar las normas de tráfico. En teoría, el examen de conducir evalúa estos conocimientos a través de pruebas teóricas y prácticas; no obstante, es importante reciclarse y mantenerse al día con las actualizaciones.

En la conducción urbana, una de las dudas más frecuentes entre los conductores es si es obligatorio ceder el paso a los autobuses que salen de una parada. Sobre este asunto, la Dirección General de Tráfico (DGT) lo deja claro y se dirige a los conductores gallegos.

¿Es obligatorio ceder el paso a los autobuses que salen de la parada?

El Reglamento General de Circulación (RGC) deja claro que, cuando un vehículo se incorpora a la vía, debe hacerlo asegurándose de no generar ningún tipo de peligro y cediendo el paso al tráfico que ya circula.

Esto también aplica a los autobuses. No obstante, el artículo 73 introduce un matiz importante: "Los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada".

Por lo tanto, cuando un autobús urbano sale de una parada señalizada, los demás conductores deben esperar a que reanude la marcha antes de continuar conduciendo. Dentro de la ciudad, esta obligación cobra aún más fuerza.

"Los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales", dice el punto 2 del artículo 73.

En el caso de no cumplir con la norma y crear un peligro para la circulación, la multa podría ascender a 200 euros, además de la pérdida de hasta 4 puntos del carnet de conducir, tal y como establece la normativa de tráfico.

¿Se puede adelantar a un autobús en parada y con línea continua?

Otra duda frecuente es si se puede adelantar a un autobús en parada y con línea continua. Pues bien, en el artículo 88 del capítulo VII se menciona qué hacer con los vehículos inmovilizados.

"Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado", indica la norma.

Y añade: "Después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro, se puede adelantar también a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general".

En este tipo de situaciones, la parada de autobús no se considera como una necesidad del tráfico. Por tanto, podrá ser rebasado, siempre y cuando las circunstancias del tráfico sean las idóneas.