Un motociclista conduce por una carretera

Un motociclista conduce por una carretera Shutterstock

Motor

La DGT avisa a los conductores gallegos: la nueva infracción de 2025 que puede acarrear 6 meses de prisión

Tráfico endurece todavía más las restricciones por el consumo de alcohol al volante e incluye nuevas propuestas para mejorar la seguridad vial

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La Dirección General de Tráfico (DGT) es el organismo encargado de velar por la seguridad en las carreteras gallegas y españolas. Su misión es vigilar y regular el tráfico, además de ocuparse de la formación vial y la investigación de accidentes.

En un intento por mejorar la seguridad vial y reforzar la formación de los conductores, el departamento dirigido por Pere Navarro incorporará en 2025 o a comienzos de 2026 una nueva obligación para quienes deseen conducir motocicletas.

Novedades en la normativa de tráfico española

Dos personas montando en una motocicleta mientras llueve

Dos personas montando en una motocicleta mientras llueve Sandy Galabada / Unsplash Omicrono

El año 2025 llega con novedades en la normativa de tráfico española. Tráfico endurece todavía más las restricciones por el consumo de alcohol al volante e incluye nuevas propuestas para mejorar la seguridad vial.

En España, el carnet de coche B, con más de 3 años de antigüedad, autoriza a conducir motocicletas de hasta 125 cc y triciclos de motor de cualquier cilindrada. No obstante, eso podría cambiar muy pronto.

Entre las propuestas que entrarán en vigor antes de que acabe 2025 o, como muy tarde, a comienzos de 2026, figura la obligatoriedad de realizar un nuevo curso para poder conducir una moto de 125 con el carné de coche.

"Cuando entre en vigor, si no realizas dicho curso y conduces un vehículo de dos o tres ruedas de dicha cilindrada será constitutivo de un delito tipificado en el artículo 384 del Código Penal", avisa el Real Automóvil Club de España (RACE).

Esta infracción podría ser castigada, según la gravedad, con penas de prisión de 3 a 6 meses, una multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

"Si no hay condena por la vía penal, conducir sin carné es una sanción muy grave que conlleva una multa de 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir", agrega el club de automovilistas.

¿Qué se conoce del curso para conducir motos de 125 cc con carnet B?

El departamento de Pere Navarro anunció en abril de 2024 la obligatoriedad del curso para conducir motos de 125 cc con el carnet B. Aunque todavía no se ha anunciado una fecha concreta para su entrada en vigor, de momento se conoce que el curso no tendrá carácter retroactivo.

"Si ya conduces motos de 125 cc con el carnet B podrás seguir haciéndolo sin tener que sacarte el curso. Éste será necesario para aquellos nuevos conductores que tengan 3 años de experiencia del carnet y quieran conducir motos de 125 cc".

El curso tendrá una parte teórica y otra práctica, con una duración aproximada de 7 horas, al igual que el denominado 'La formation de 7 heures' de Francia.

El contenido estará enfocado en las medidas de seguridad adecuadas para el manejo de las motos, mientras que para la formación práctica se exigirá llevar, al menos, cascos y guantes homologados.

Hasta que no entre en vigor la nueva obligación de la DGT, los conductores gallegos podrán seguir conduciendo motos de hasta 125 cc con el carnet B de coche y tres años de experiencia. En concreto, estos son los tipos de motos que podrán conducir:

  • Scooter y triciclos de 125 cc
  • Motos de 125 cc
  • Triciclos homologados de más de 125 cc
  • Cuadriciclos de más de 125 cc