Nueva señal S991f de la DGT
El aviso de la DGT a Galicia: multas de hasta 500 euros y 6 puntos menos si ignoras esta nueva señal
La DGT explica el significado de una de las nuevas señales implantadas en el Reglamento General de Conducción desde el 1 de julio
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El 1 de julio de 2025 entró en vigor el nuevo Reglamento General de Conducción, que incorpora grandes cambios en la normativa de tráfico. Uno de ellos es la introducción de nuevas señales de tráfico para mejorar la seguridad vial y la gestión del tráfico en las carreteras.
Entre estas nuevas señales está la S991f, la cual controlará la distancia de seguridad con radares. El principal objetivo de su instalación es reducir el número de accidentes por alcance y aumentar la seguridad en aquellos tramos de mayor peligro.
200 euros y retirada de 4 puntos
Recientemente, la DGT compartió en su cuenta de X (antes Twitter) una imagen de la nueva señal que procederán a instalar en diferentes puntos de las carreteras españolas, alarmando a miles de conductores con la noticia.
Tal y como indica la propia Dirección General de Tráfico en su comunicado, "la nueva señal S991f indica la existencia de un dispositivo de control de separación mínima entre vehículos en un punto o tramo de una autopista o autovía".
➡️ La nueva señal S991f indica la existencia de un dispositivo de control de separación mínima entre vehículos en un punto o tramo de una autopista o autovía. Se podrán añadir subcarteles superiores o inferiores con información adicional. #NuevasSeñales pic.twitter.com/VUeqMKkqdg
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) August 27, 2025
Así, es una advertencia de la presencia de un radar que controla la separación mínima obligatoria entre vehículos, principalmente en autopistas y autovías.
"Llega acompañada de sanciones de hasta 200 euros y la retirada de 4 puntos del carné de conducir, ampliables a 500 euros y 6 puntos en los casos más graves", según indican desde Europa Press.
¿Cuándo se considera un caso grave? "En casos serios, cuando se genere un riesgo añadido -por ejemplo, una colisión en cadena- la conducta podría considerarse conducción temeraria, con sanciones de hasta 500 euros y 6 puntos" apuntan en Europa Press.
El artículo 54 del Reglamento General de Conducción cita que "los vehículos con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y los vehículos y conjuntos de vehículos de más de 10 metros de longitud total deberán guardar, a estos efectos, una separación mínima de 50 metros".
Métodos para calcular la distancia entre vehículos
Una de las principales quejas que señalan los conductores es cómo pueden saber la distancia exacta a la que se encuentran de otro o qué hacer si otro vehículo los adelanta y se posiciona delante, reduciendo el espacio.
Todavía queda por ver cómo va a implantar la DGT esta nueva señal, ya que el anuncio en sus redes sociales es muy reciente.
Mientras tanto, estas son algunas fórmulas eficaces para calcular la distancia entre vehículos en aquellos casos en los que no se dispone de los sistemas de asistencia modernos que ajustan de forma automática la separación:
- Regla de los 2 o 3 segundos: cuenta dos segundos desde que el vehículo de delante pasa por un punto fijo hasta que tu coche pasa por ese mismo punto
- Regla del cuadrado: se elimina la última cifra de la velocidad y se multiplica la cifra resultante por sí misma. Por ejemplo: a 90 km/hora la separación recomendada es de 81 metros (9x9). En caso de que la carretera se encuentre mojada, se debe duplicar la cifra