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Economía

Entró en vigor: ayudas de hasta 75.000 euros para rehabilitar viviendas en municipios de menos de 20.000 habitantes

El plazo estará abierto hasta el 15 de julio. Se dirige a empresas, propietarios y concellos que rehabiliten viviendas para alquilar o ceder a personas contratadas por empresas que cuenten con centros de trabajo en Galicia

Más información: Ya es oficial: nueva ayuda con una dotación de 1,5 millones de euros para rehabilitar viviendas en el rural

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La Xunta de Galicia ha publicado la primera orden para rehabilitar viviendas destinadas a personas trabajadoras con el objetivo de cubrir vacantes y aumentar la población en el rural.

Tras la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG), se abrirá el plazo a partir de mañana, 16 de mayo, hasta el próximo 15 de julio. La medida se destina a que empresas, propietarios y concellos rehabiliten viviendas en municipios de menos de 20.000 habitantes y las alquilen o cedan a trabajadores.

1,5 millones de euros para las anualidades de 2026 y 2027

Se trata de una ayuda dirigida a la rehabilitación de viviendas situadas en municipios de menos de 20.000 habitantes, con el objetivo de que estos inmuebles se destinen al alojamiento de trabajadores vinculados a empresas del entorno.

Por tanto, la convocatoria está dirigida a personas físicas y empresas propietarias de estas viviendas, con el fin de facilitar su acondicionamiento y puesta en uso.

Del presupuesto total, 750.000 se destinarán a empresas y personas físicas que se comprometan a destinar las viviendas que rehabiliten a sus personas trabajadoras. Los otros 750.000 euros irán dirigidos a los ayuntamientos que suscriban con las empresas el correspondiente instrumento jurídico de colaboración.

La financiación se distribuirá en dos anualidades: 600.000 euros en 2026 y 900.000 euros a la de 2027.

Qué viviendas son aptas y quién puede pedir esta subvención

Podrán beneficiarse de estas ayudas los propietarios, usufructuarios o cesionarios del uso de esas viviendas por un plazo mínimo de diez años.

Entre ellos se incluyen las propias empresas contratantes como personas físicas, jurídicas y ayuntamientos que se comprometan a destinar los inmuebles rehabilitados al alojamiento de sus trabajadores por un plazo mínimo de 5 años.

Las subvenciones podrán destinarse a la rehabilitación de viviendas unifamiliares como de edificios residenciales colectivos o inacabados o que se encuentren en situación de esqueleto inmobiliario.

"A vivenda que será obxecto da actuación subvencionable deberá dispor dunha superficie útil mínima de 90 m² se se trata de vivenda unifamiliar e de 70 m² se se trata de vivenda que forme parte dun edificio residencial colectivo inacabado ou que se encontre en situación de esqueleto inmobiliario", se establece en el DOG.

Además de aclarar que, "a vivenda obxecto da actuación subvencionable non poderá estar situada a unha distancia superior a 15 quilómetros do centro de traballo onde estea contratada a persoa traballadora destinataria da vivenda".

Asimismo, serán subvencionables las obras de terminación y/o ampliación de los inmuebles, así como las actuaciones de accesibilidad, conservación, habitabilidad, sostenibilidad o eficiencia energética. Ten en cuenta que no serán subvencionables las actuaciones iniciadas con anterioridad al 1 de enero de 2026.

Además, las ayudas cubrirán la preparación de informes técnicos y los gastos de tramitación. Los interesados también podrán solicitar la contratación del seguro del impago de alquiler o de cesión de uso. Este no puede superar, en ningún caso, los 600 euros anuales.

El importe de la ayuda a recibir

Las ayudas podrán cubrir hasta el 95% del coste subvencionable de las obras.

En el caso de las viviendas unifamiliares, la subvención tendrá un límite máximo de 50.000 euros por inmueble cuando los beneficiarios sean empresas o personas físicas o jurídicas, cantidad que podrá elevarse hasta los 75.000 euros si la solicitud corresponde a un ayuntamiento.

Para los edificios residenciales colectivos, la financiación también podrá alcanzar el 95% del presupuesto protegido. No obstante, la ayuda no podrá superar los 30.000 euros por cada vivienda integrada en el inmueble ni un máximo total de 300.000 euros por edificio.

Si la vivienda se encuentra en un municipio del Área Rexurbe, el límite máximo se incrementará 1.000 euros por vivienda.