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Absuelto el hombre acusado de abusar sexualmente de la hija de su expareja en Cee (A Coruña)

La sentencia encontró incoherencias y contradicciones en el testimonio de la demandante, que fue la única prueba
El acusado de abusos sexuales a una menor en Cee, en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña.
EP
El acusado de abusos sexuales a una menor en Cee, en la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a un hombre acusado de abusar sexualmente de una menor -hija de su expareja- durante dos años, durante el juicio alegó que lo relatado por la víctima  es "impensable" y que su relación con ella era "muy buena". Así, la sentencia establece que "no consta acreditado que (el acusado) realizara  tocamientos a la menor, ni que le dijera  expresiones de contenido sexual ni que se masturbara en su  presencia durante el tiempo que convivieron".

Los hechos denunciados se produjeron en la localidad de Cee (A Coruña) y se remontan al período comprendido entre enero de 2018 y noviembre de 2019, durante los dos años anteriores a la ruptura de la convivencia entre la madre de la menor y el acusado, que eran pareja en aquel momento. Le menor, presuntamente, sufrió los abusos desde los nueve hasta los once años.

En su declaración, el acusado manifestó que la víctima "da miedo" porque es capaz de "llevar la mentira al límite para conseguir lo que se propone". El hombre ha argumentado que "después de que llegara su hermana" -en referencia al nacimiento de una hija en común de la pareja-- la menor "tenía celos y estaba llamando la atención de su madre".

La víctima, por su parte, declaró que el hombre le daba "palmadas en el culo" y le tocaba "los pechos por encima de la ropa". "Al principio lo interpreté como algo cariñoso", explicó pero cuando se empezó a "sentir incómoda" vio que "no era una broma". "Cuando le dije que parara él nunca dejó de hacerlo, me decía que era muy aburrida", puntualizó la menor durante le juicio.

La sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña señala que la única prueba que aporta la acusación es la declaración de la menor. Una que, por si misma, podría ser "una prueba válida para destruir la presunción de inocencia". Sin embargo, el ente judicial encontró incoherencias y contradicciones en el testimonio de la demandante.

"La coherencia interna o lógica de la declaración de (la menor) ya suscita algunos dilemas interesantes"; dice la sentencia. "También apreciamos contradicciones en las distintas  declaraciones que ha realizado la menor a lo largo del  procedimiento", añade.

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