El último anuncio electoral de Pedro Sánchez vuelve a reciclar una iniciativa que ya estaba en marcha antes del arranque de la campaña. Y revela la preferencia del líder socialista por algunos de los planteamientos más radicales de Unidas Podemos.

Porque fueron sus socios populistas quienes presionaron a Moncloa para ir más lejos con el anteproyecto de la Ley de Representación Paritaria, cuya primera parte fue aprobada en marzo. Sánchez ha adelantado este lunes que el Consejo de Ministros hará hoy extensiva la obligatoriedad de la "presencia equilibrada de hombres y mujeres en órganos de decisión" a los órganos constitucionales del Estado.

Ya resultó cuestionable que el Gobierno fijara por cupo que deba haber un 40% de mujeres en la dirección de cualquier empresa cotizada, en un país donde el 33,7% del conjunto de Consejos de Administración de las empresas del IBEX 35 ya está formado por mujeres.

Tampoco tuvo demasiado sentido establecer listas cremallera con porcentajes equitativos de hombres y mujeres para el poder político, donde esta paridad está ampliamente asentada. Y lo mismo se puede decir del Consejo de Ministros.

Pero en lo que se refiere a la imposición de representación paritaria en el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial, la norma es aún más innecesaria.

Porque la igualdad de género que el Gobierno quiere imponer ya se cumple en la totalidad de los cinco órganos a los que se refiere la ley. En el Consejo General del Poder Judicial, siete de sus diecisiete vocales (41%) son mujeres. Cinco de los once magistrados del Tribunal Constitucional son del género femenino, un 45%. En cuanto al Pleno del Tribunal de Cuentas, seis de los doce miembros son mujeres, el 50%. Y lo mismo sucede en el Consejo Fiscal, donde la mitad de sus doce integrantes son mujeres. También en la Comisión Permanente del Consejo de Estado está vigente, sin necesidad de ley alguna, el equilibrio entre cuatro mujeres y seis hombres.

De ahí la inutilidad de una norma que obligue a la presencia al menos 40% de mujeres en instituciones donde este porcentaje ya se cumple o directamente se supera.

La labor regulatoria tiene su razón de ser en la atención a un déficit, una desproporción o una situación de injusticia que afecta a algún ámbito concreto de la sociedad. Pero en el caso de la representación igualitaria en los principales poderes del Estado, esta situación no se da en absoluto.

En los últimos años, un país cada vez más feminista como lo es España ha incrementado de forma natural el número de juezas, fiscales, magistradas y juristas sin necesidad de imponerlo coactivamente desde el poder político.

La insistencia en imponer cuotas para materias que se regulan por sí solas revela la querencia de este Gobierno por la injerencia estatal sobre realidades que se equilibran de manera espontánea.

Al margen del afán intervencionista del Ejecutivo, cabe decir también que una noción mal entendida de la igualdad tiende a olvidar que una imposición apriorística de cuotas puede ir en detrimento de los principios de mérito y capacidad.

En los órganos constitucionales, mucho más relevante para su correcto funcionamiento es la auctoritas que concede el prestigio curricular y la competencia profesional que los criterios de género o cualquier otra especificidad para la discriminación positiva.