Imagen de la Ciudad de la Justicia de Málaga.

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Confirman la absolución de un hombre que fue acusado de matar a su primo en Málaga

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respalda la sentencia dictada tras el veredicto de un jurado popular, que señaló que el acusado no estaba en la casa donde murió la víctima.

10 octubre, 2022 18:43

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución dictada por la Audiencia de Málaga respecto a un hombre, acusado de acabar con la vida de su primo, y también de otro juzgado por encubrimiento.

La sentencia de Málaga se dictó después del veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular respecto de los dos acusados. Ahora, la Sala de apelación rechaza los recursos presentado por el fiscal y la acusación particular.

Los hechos sucedieron en 29 de marzo de 2019. El jurado consideró que el principal acusado no estuvo en la vivienda donde murió la víctima, que sufrió varias heridas punzantes, la más grave una que casi le seccionó la vena yugular. Asimismo, el Tribunal popular entendió que el otro procesado no realizó ningún acto para ocultar nada, por lo que se le absolvió del delito de encubrimiento.

El TSJA considera que "no puede calificarse de error la conclusión del jurado de que no había sido demostrado de forma concluyente" que la huella hallada se marcara en el mismo momento en el que se proyectaron las gotas de sangre de la víctima, y que el posicionamiento telefónico no sitúa la terminal del primo de la víctima en el lugar de los hechos.

En este sentido, la sentencia del alto tribunal andaluz precisa que "la única prueba de cargo (la huella) admite objetivamente explicaciones diferentes a la incriminatoria que no contradicen ninguna pericial ni testifical".

También rechaza los argumentos sobre una supuesta falta de motivación del veredicto o la sentencia, precisando que aunque el jurado "quedó con duda razonable sobre si el acusado (no su terminal móvil) estuvo o no presente en el lugar y momento de los hechos, ello es "una motivación suficiente para emitir el veredicto de no culpabilidad".