Captura del vídeo polémico publicado por Vito Quiles.
La Audiencia corrige al juez y ordena investigar si Vito Quiles coaccionó a Begoña Gómez en un restaurante
El tribunal señala que el episodio, que acabó con Gómez abandonando el local, pudo responder a un encuentro "buscado" por el agitador.
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La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a Begoña Gómez y ha ordenado a un Juzgado que siga investigando si Vito Quiles la coaccionó durante un episodio que ambos protagonizaron en un restaurante de Majadahonda (Madrid).
El tribunal considera que fue "prematura" la decisión del juez instructor de este caso de cerrar el procedimiento el pasado 21 de mayo, una vez descartó que la actuación de Quiles fuese delictiva.
Los vídeos del suceso desmentían que el joven hubiese zarandeado o rodeado con su brazo a la mujer del presidente del Gobierno.
Ahora bien, la Audiencia madrileña, con el apoyo de la Fiscalía, ordena al juez que analice si los hechos denunciados por Gómez pudieron constituir una coacción.
Según expone la resolución, las imágenes de las cámaras de vigilancia del resraurante muestran que Quiles accedió al local y se dirigió directamente a la mujer de Pedro Sánchez, que se encontraba sentada a una mesa con unas amigas.
Tras el enfrentamiento, Begoña Gómez acabó abandonando el restaurante escoltada.
El tribunal señala que "todo parece indicar" que este episodio "podría no responder a un encuentro casual, sino a una actuación buscada deliberadamente", mientras Gómez "desarrollaba una actividad privada en un espacio público".
De hecho, el atestado policial recoge que los escoltas tuvieron que reaccionar ante la llegada de Quiles al restaurante y que evacuaron del mismo a la esposa del presidente del Gobierno.
A partir de estas circunstancias, la Audiencia de Madrid considera que no se ha analizado, y debe investigarse, si la conducta denunciada pudo "limitar la libertad de obrar" de Gómez, "obligándola a realizar algo que no deseaba o impidiéndole continuar con su actividad". Es decir, coaccionándola.
De ahí que, en esta fase preliminar, los magistrados consideren "prematura" la decisión del juez instructor de archivar la causa y descartar la existencia de delito.
Fuentes jurídicas detallan que la resolución de la Audiencia Provincial "no supone una declaración de culpabilidad ni determina que el delito de coacciones se haya cometido, sino que establece la necesidad de agotar la investigación de esa posibilidad".
Ahora, el Juzgado volverá a recibir la causa y deberá proseguir el procedimiento mediante las diligencias que sean necesarias para ello, a fin de llegar a una conclusión sobre si los hechos denunciados pudieron constituir un delito de coacciones.