La bicicleta eléctrica Revo-C

La bicicleta eléctrica Revo-C Velo de Ville Omicrono

Omicrono

Entró en vigor: los usuarios de bicicletas eléctricas están obligados a usar el casco y deben tener mínimo 14 años

La DGT endurece la normativa para las bicicletas eléctricas en las ciudades de España con límites de edad, equipamiento obligatorio y nuevas sanciones.

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La movilidad urbana está experimentando una revolución tecnológica en España gracias a la proliferación de las bicicletas eléctricas.

Estos vehículos eficientes no solo ofrecen una alternativa verde al transporte tradicional, sino que obligan a redefinir las reglas del juego en nuestras ciudades.

Ante este panorama, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado estrictamente su normativa para poner orden en las calles.

Las nuevas directrices, que ya han entrado en vigor, marcan un antes y un después para miles de usuarios diarios que ahora deben adaptarse rápidamente para evitar sanciones económicas.

El cambio más destacado de esta renovada legislación es la instauración de un límite de edad innegociable. A partir de ahora, resulta obligatorio tener un mínimo de 14 años para poder conducir legalmente una bicicleta eléctrica.

Esta restricción está directamente vinculada a las especificaciones técnicas de estos vehículos, que deben contar con un motor que no sobrepase los 250 vatios de potencia y cuya asistencia al pedaleo se desconecte al alcanzar los 25 kilómetros por hora.

Además, la normativa exige que los motores solo funcionen mientras el usuario pedalea, prohibiendo la incorporación de aceleradores independientes.

Un hombre en una bicicleta eléctrica de Zaragoza.

Un hombre en una bicicleta eléctrica de Zaragoza. Ayuntamiento de Zaragoza

Toda bicicleta debe contar con su correspondiente certificado de homologación bajo la normativa europea, garantizando así su fiabilidad técnica.

En materia de seguridad personal, la nueva regulación es implacable e introduce obligaciones ineludibles. El uso del casco se convierte en una exigencia fundamental para garantizar la integridad física de los conductores ante el aumento de velocidad en las vías urbanas.

Complementando esta medida, el equipamiento de visibilidad cobra protagonismo. Las bicicletas deben incorporar luces delanteras y traseras que sean perceptibles a una distancia de 150 metros, además de reflectantes obligatorios en los pedales y los laterales.

Para los trayectos nocturnos o en condiciones de baja visibilidad, llevar un chaleco reflectante pasa de ser una simple recomendación a una necesidad absoluta.

La delimitación de los espacios de circulación es otro pilar clave de la normativa de tráfico.

Las autoridades han dejado claro que las bicicletas eléctricas tienen su hábitat privilegiado en los carriles bici y en las calles con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora.

Por el contrario, queda prohibida la circulación por las aceras y las zonas peatonales, espacios donde el viandante mantiene siempre la prioridad absoluta. Todo ciclista debe ceder el paso en intersecciones.

Ignorar estas reglas conlleva consecuencias severas. Las multas por circular por aceras, no utilizar el casco obligatorio o carecer de iluminación adecuada oscilan entre los 50 y 200 euros.

Peor aún, utilizar un vehículo sin la debida homologación puede acarrear multas de hasta 500 euros.

Asimismo, aunque no es obligatorio, Tráfico insiste en la recomendación de contratar un seguro civil, recordando que la movilidad inteligente exige responsabilidad vial.